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Al amparo de lo dispuesto en el artículo 13.2.N) de la Ley
4/1993, de 10 de marzo, de la Función Pública de Cantabria.
Cumplidos los trámites previstos en la Ley 4/1987, de 17 de
junio, de Órganos de Representación, Determinación de las
condiciones de Trabajo y Participación del Personal al Servicio de
las Administraciones Públicas, modificada por la Ley 7/1990, de
19 de julio, sobre Negociación Colectiva y Participación en la
Determinación de las Condiciones de Trabajo de los Empleados
Públicos, dispongo:
Primero.-Convocar concurso de méritos para la provisión de
los puestos de trabajo que figuran en el anexo I de la presente
convocatoria, y cuya provisión se ajustará a lo dispuesto en la
Orden de la Consejería de Presidencia de 29 de agosto de 1996
por la que se aprueban las bases generales que regirán los
concursos de méritos para la provisión de puestos de trabajo de la
Diputación Regional de Cantabria, reservados a funcionarios de
carrera, publicada en el "Boletín Oficial de Cantabria" número
182, de 10 de septiembre de 1996.
Segundo.-Podrán participar en la presente convocatoria los
funcionarios de carrera que reúnan los requisitos de participación
establecidos en la base primera de la Orden de la Consejería de
Presidencia de 29 de agosto de 1996, y los establecidos para
el desempeño del puesto de trabajo relacionado en el anexo I
de la presente convocatoria.
Tercero.-La valoración de los méritos para la adjudicación
de plazas se efectuará de acuerdo con lo establecido en la base
segunda de la Orden de la Consejería de Presidencia de 29 de
agosto de 1996, modificada por Orden de 7 de noviembre
de 1996. Se valorarán los cursos que figuran recogidos en el
anexo I a esta convocatoria.
Cuarto.-Las instancias se dirigirán al excelentísimo señor
Consejero de Presidencia de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Cantabria, de acuerdo con el modelo que como
anexo II se adjunta a la presente convocatoria, en el plazo de
quince días contados desde el siguiente a la publicación de la
presente Orden, en el Registro General, sito en la calle Casimiro
Sainz, número 4, 39003 de Santander, o en los lugares previstos
en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Junto al anexo II, solicitud de participación, deberá presentarse
anexo III, certificación de méritos. El citado anexo deberá ser
solicitado por los concursantes pertenecientes a la Administración
de la Comunidad Autónoma de Cantabria, mediante escrito
dirigido a la Dirección General de la Función Pública.
Quinto.-La Comisión de Valoración tendrá la composición
prevista en la base quinta de la Orden de 29 de agosto de 1996,
modificada por Orden de 7 de noviembre de 1996.
La presente convocatoria entrará en vigor al día siguiente de
su publicación y contra la misma y los actos de ella derivados
podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de
Cantabria, en el plazo de un mes a contar desde su publicación.
Santander, 5 de mayo de 1999.-El Consejero, Emilio del Valle
Rodríguez.
(Publicada en el "Boletín Oficial de Cantabria" de 1 de junio
de 1999)
ANEXOS (Ver imágenes páginas 20733 y 20734).
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