Está Vd. en

Documento BOE-A-1999-12344

Orden de 25 de mayo de 1999, del Departamento de Justicia, Trabajo y Seguridad Social, por la que se otorgan destinos correspondientes al concurso de traslados de fecha 15 de febrero de 1999 («Boletín Oficial del Estado» del 24), por el que se ofertaban plazas vacantes de nueva creación de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia en el ámbito de la Comunidad Autónoma vasca.

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 2 de junio de 1999, páginas 20892 a 20894 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma del País Vasco
Referencia:
BOE-A-1999-12344

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido como consecuencia del concurso

de traslados convocado por Orden de 15 de febrero de 1999,

del Departamento de Justicia, Trabajo y Seguridad Social ("Boletín

Oficial del Estado" del 24), para cubrir plazas vacantes en órganos

de nueva creación entre Oficiales, Auxiliares y Agentes de la

Administración de Justicia,

Este Departamento, de conformidad con lo dispuesto en los

artículos 455 y 494 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,

del Poder Judicial, y los artículos 54, 55 y 57 del Real

Decreto 249/1996, de 16 de febrero, por el que se aprueba el

Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes

de la Administración de Justicia, ha dispuesto:

Primero.-Hacer públicos los destinos que con carácter

definitivo han sido adjudicados a los funcionarios que han participado

en el concurso de traslados convocado por Orden de fecha

mencionada anteriormente, que se corresponden con los relacionados

en el anexo I de la Orden de convocatoria.

Segundo.-Excluir del concurso de traslados a los funcionarios

que en anexo II se relacionan.

Tercero.-Declarar caducadas las instancias presentadas por

los participantes en el presente concurso que no han obtenido

destino, por lo que no serán tenidas en cuenta en futuros concursos

de traslados.

Cuarto.-Los funcionarios deberán tomar posesión de su

destino el día 10 de junio de 1999, fecha en la que iniciarán su

actividad los órganos judiciales cuyos puestos de trabajo son

objeto de esta Orden, cesando en sus destinos de origen tres días

antes de la indicada fecha en caso de tratarse de la misma localidad

y a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden

en el "Boletín Oficial del Estado" cuando suponga cambio de

localidad.

Si la Resolución comporta reingreso al servicio activo a la

Administración de Justicia en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y

Agentes, el plazo posesorio deberá cumputarse desde el día

siguiente al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín

Oficial del Estado", pero en el presente caso dicho plazo no resulta

retribuido, ya que se produce antes de formalizarse el reingreso

en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares o Agentes y, por tanto,

no puede ser computado como de servicios efectivos.

En el caso de que los funcionarios reingresados por medio del

presente concurso se encontraran en activo en otro Cuerpo y no

quisieran que se interrumpiera su relación de servicio con la

Administración, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable

para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar al Presidente,

Juez, Fiscal o Jefe del organismo de su actual destino, un permiso

retribuido de un día si no hay cambio de localidad o de dos en

caso contrario, salvo aquellos casos que hayan de desplazarse

a Canarias, Islas Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso

podrá ser de hasta tres días [artículo 66.1.g) del Reglamento

Orgánico], teniéndolos por cesados en su antiguo destino con la fecha

inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva plaza

de reingreso.

Por el ilustrísimo señor Director de Ordenación de Recursos

Humanos, se les concederá la excedencia de oficio en el Cuerpo

de procedencia si ésta se produce en un Cuerpo a servicio de

la Administración de Justicia, en cuyo destino se les tendrá por

cesados con la fecha anterior a la de su posesión en los Cuerpos

de Oficiales, Auxiliares o Agentes al objeto de evitar la interrupción

en la percepción de sus haberes.

Los funcionarios interinos que actualmente ocupen las plazas

que han sido adjudicadas cesarán como consecuencia de la

posesión del titular.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo

Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz en el plazo de dos meses, desde el

día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Vitoria-Gasteiz, 25 de mayo de 1999.-El Consejero, Sabin

Intxaurraga Mendíbil.

ANEXOS (Ver imágenes páginas 20893 y 20894).

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid