En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta
Universidad, aprobados por acuerdo del Consejo de Gobierno de la
Junta de Andalucía, de 15 de mayo de 1985. y publicados por
Decreto 162/1985, de 17 de julio ("Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" número 74, del 26), y con el fin de atender las
necesidades de personal de Administración y Servicios,
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 18 de la Ley de Reforma Universitaria, en
relación con el artículo 3.2.e), de la misma norma, así como en
los artículos 183 y siguientes de los Estatutos de esta Universidad,
resuelve convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala
Administrativa de la Universidad de Granada (Especialidad
Informática), con arreglo a las siguientes
Bases de convocatoria
I. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 9 plazas de
funcionarios de la Escala Administrativa de la Universidad de
Granada (Especialidad Informática), con la siguiente distribución:
a) Siete plazas por el sistema de promoción interna.
b) Dos plazas mediante el sistema general de acceso libre.
1.1.1 Las plazas sin cubrir de las reservadas a la promoción
interna se acumularán a las del sistema general de acceso libre.
En este sentido, la fase de oposición del sistema de promoción
interna finalizará antes que la correspondiente al sistema general
de acceso libre.
1.1.2 Los aspirantes que ingresen por el sistema de
promoción interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78 del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado",
de 10 de abril), tendrán, en todo caso, preferencia para cubrir
los puestos vacantes sobre los aspirantes que no procedan de
este turno.
1.1.3 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los
dos sistemas de ingreso citado.
1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28
de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado; los Estatutos de
la Universidad de Granada, el Reglamento del Personal de
Administración y Servicios de esta Universidad y lo dispuesto en la
presente convocatoria.
1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que se acompaña como anexo II a esta convocatoria.
1.4 Para los aspirantes que participen por el turno de
promoción interna el procedimiento de selección será el de
concurso-oposición, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y
materias que se especifican como anexo I de esta convocatoria. En
ningún caso, la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá
aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.
Para los aspirantes que participen por el sistema general de
acceso libre el procedimiento de selección será el de oposición,
con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se
especifican como anexo I de esta convocatoria.
Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a
la fecha en que dé comienzo el ejercicio de la primera prueba
del proceso selectivo, la Gerencia hará pública la lista de los
aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso. Dicha
lista deberá ser expuesta, en todo caso, en el tablón de anuncios
del Rectorado.
1.5 La adjudicación de las plazas a aquellos aspirantes que
superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la
puntuación total obtenida por estos a lo largo de todo el proceso.
Para ello se aplicará lo dispuesto en la base 1.1.2 de esta
convocatoria.
1.6 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al
siguiente calendario:
El primer ejercicio se iniciará a partir del 1 de julio de 1999.
La fecha, hora y lugar del mismo, se fijará en la Resolución del
Rectorado en que se aprueben las listas de admitidos y excluidos.
1.7 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
2. Requisitos de los aspirantes
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español o ser nacional de uno de los Estados miembros
de la Unión Europea, o nacional de aquellos Estados a los que,
en virtud de los Tratados internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de los trabajadores, en los términos en que ésta se halle
definida en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.
b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber cumplido los
sesenta y cinco.
c) Estar en posesión de la titulación exigida para el ingreso
en Cuerpos o Escalas del grupo C en el artículo 25 de la Ley
30/1984, de 2 de agosto (título de Bachiller Superior, Bachillerato
Unificado Polivalente, título de Bachiller-LOGSE, Formación
Profesional de segundo grado o equivalente, o tener aprobadas
pruebas de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años).
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes
funciones.
2.2 Para aquellos aspirantes que concurran por el turno de
promoción interna, además de reunir los requisitos generales de
acceso a la función pública, en particular: a) Estar en posesión
de la titulación exigida para el ingreso en Cuerpos o Escalas del
grupo C en el artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto
(título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente,
título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de segundo
grado o equivalente, o tener aprobadas pruebas de acceso a la
Universidad para mayores de veinticinco años), o, alternativamente,
poseer una antigüedad de diez años en los Cuerpos o Escalas
del grupo D incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley
30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la
Función Pública, o de cinco años y haber superado el curso específico
a que se refiere la disposición adicional novena del Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo. b) Los aspirantes que concurran
a estas plazas deberán estar en situación administrativa de servicio
activo, pertenecer a Cuerpos o Escalas de Administración General
o de Administración Universitaria del grupoDoC,establecidos
en el artículo 25 de la Ley 30/1984, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, tener destino en propiedad en la Universidad
de Granada, poseer una antigüedad de dos años en el Cuerpo
o Escala a que pertenezcan y reunir los demás requisitos.
2.3 Todos los requisitos deberán poseerse en el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse
hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de
carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en instancia que se acompaña como
anexo IV a esta convocatoria y que será facilitada gratuitamente en
el Servicio de Personal de la Universidad de Granada, Edificio
Santa Lucía, calle Santa Lucía, número 2 (Granada).
A la instancia se acompañarán dos fotocopias del documento
nacional de identidad, pasaporte u otro documento de
identificación suficiente; en caso de no ostentar la nacionalidad española,
presentará fotocopia simple del documento identificativo del país
al que pertenece el solicitante. Los aspirantes que concurran por
el turno de promoción interna estarán exentos de este requisito.
3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro
General de la Universidad, o en la forma establecida en el artículo
38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a
partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria
en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirán al excelentísimo
señor Rector magnífico de la Universidad de Granada.
3.3 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad podrán
indicarlo en el recuadro correspondiente de la solicitud y, en su
caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la
realización del ejercicio en el que esta adaptación sea necesaria.
3.4 Los derechos de examen para los aspirantes que
participen en las pruebas selectivas mediante el sistema general de
acceso libre serán de 3.000 pesetas y se ingresarán en la cuenta
corriente número 0101745629 de la Caja General de Ahorros
de Granada (código 2031), oficina principal, abierta a nombre
de "Pruebas selectivas de acceso a la Universidad de Granada"
bien directamente o mediante transferencia bancaria a dicha
cuenta. En la solicitud deberá figurar el sello del mencionado banco,
acreditativo del pago de los derechos, o ir acompañada del
resguardo acreditativo de la transferencia, cuya falta determinará la
exclusión del aspirante.
Los aspirantes que participen en el proceso por el turno de
promoción interna estarán exentos del pago de la tasa por derechos
de examen.
En ningún caso la presentación y pago en el banco supondrá
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de
la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.
3.5 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan
hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido
para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no
se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector
de la Universidad de Granada dictará resolución en el plazo
máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
y en la que además de declarar aprobada la lista de admitidos
y excluidos, se recogerá el lugar y la fecha de comienzo de los
ejercicios, así como la relación de los aspirantes excluidos con
indicación de las causas de exclusión. En la lista deberá constar,
en todo caso, los apellidos, nombre y número de documento
nacional de identidad.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la resolución en el "Boletín Oficial del Estado", para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.
5. Tribunal calificador
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas estará constituido
por los miembros que se especifican en el anexo III.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran
en ellos algunas de las circunstancias previstas en el artículo 28.2
de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes
a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación
de la convocatoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias
previstas en el art. 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de
los Tribunales cuando concurran las circunstancias previstas en
el párrafo anterior.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del
Estado", Resolución por la que se nombra a los nuevos miembros
del Tribunal que habrán de sustituir a los que hayan perdido su
condición por alguna de las causas previstas en la base anterior.
5.4 Previa convocatoria del Presidente se constituirá el
Tribunal con la asistencia del Presidente y del Secretario o, en su
caso, de quienes los sustituyan, y la de la mitad, al menos, de
sus miembros. Celebrarán su sesión de constitución con una
antelación mínima de diez días antes de la celebración del primer
ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones
que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus
miembros, titulares o suplentes.
5.6 Durante el desarrollo de las pruebas, el Tribunal resolverá
todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas
normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos
asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.
La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector
de la Universidad.
Igualmente, y cuando, por el número de aspirantes, en el
proceso de desarrollo de ejercicios lo requiera, el Tribunal podrá
designar colaboradores en número suficiente para garantizar el
correcto y normal desarrollo de los ejercicios.
5.8 El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulten necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes,
en este sentido se establecerá, para las personas con minusvalía
que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones
posibles en tiempo y medios para su realización.
5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la oposición, sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Servicio de Personal, edificio "Santa
Lucía" (calle Santa Lucía, número 2), teléfono 958 24 43 27.
El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría tercera de las recogidas en el anexo V del Real Decreto
54/1989, de 21 de marzo ("Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía" de 21 de abril).
5.12 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar
que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno
derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los
opositores para que acrediten su identidad.
6.2 El orden de actuación de los opositores se iniciará, en
su caso, por sorteo efectuado por el Tribunal. El resultado del
sorteo se publicará en el tablón de anuncios del Rectorado con
anterioridad al inicio de las pruebas.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y
libremente apreciados por el Tribunal.
6.4 Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos
anuncios de la celebración de las restantes pruebas deberán
hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado
las pruebas anteriores y por cualquier otro medio si se juzga
conveniente, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo
de las mismas si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro
horas, si es nuevo ejercicio.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee
la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria,
previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al
Rector de la Universidad de Granada, comunicándole asimismo
las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la
solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes.
Contra la exclusión, el aspirante podrá interponer recurso
ordinario ante la misma autoridad indicada en el párrafo anterior.
7. Listas de aprobados
7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará
pública en el Rectorado y en aquellos lugares que estime oportuno
la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación
alcanzada, con indicación de su Documento Nacional de Identidad.
Dicha relación contendrá la puntuación obtenida en fase de
concurso y de oposición, desglosando esta última en cada uno de
los ejercicios celebrados.
Dicha relación será elevada al Rector de la Universidad de
Granada para su conformidad, remitiéndose para su publicación en
el "Boletín Oficial del Estado".
El número de aprobados en las pruebas selectivas no podrá
ser superior al de plazas convocadas.
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde la
publicación en el Rectorado de la Universidad de las relaciones
de aprobados a que se refiere la base anterior, los opositores
que figuren en las mismas, deberán presentar en el Servicio de
Personal copia compulsada de aquellos documentos que acrediten
las condiciones y requisitos exigidos para el acceso a la Escala
Administrativa de la Universidad de Granada (Especialidad
Informática), a excepción de aquellos que obren ya en poder del citado
Servicio como consecuencia de la aportación realizada para su
anterior nombramiento como funcionario de carrera.
8.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presentaran la documentación o, del examen de la
misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados,
no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán
anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que
hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.3 Por el Rectorado (Gerencia) se ofertarán los destinos a
quienes acrediten los requisitos antedichos, a los efectos de que
formulen la correspondiente petición, que será resuelta conforme
se establece en la base 1.5 de esta convocatoria.
8.4 Por la autoridad convocante, vista la propuesta del
Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios
de carrera, mediante resolución que se publicará en el "Boletín
Oficial del Estado", con indicación de los destinos adjudicados.
9. Norma final
9.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes
pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria
y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin
perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla
facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto
en las bases, así como para la adopción de los acuerdos necesarios
para el buen orden de las pruebas selectivas.
9.2 Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, los interesados podrán interponer recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Granada en el plazo de dos meses a contar de la fecha
de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Contra los actos administrativos que se deriven de la presente
convocatoria, así como de las actuaciones del Tribunal Calificador,
podrá interponerse recurso ordinario ante el Rector.
9.3 Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder
a la revisión de las Resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto
en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 14 de enero.
Granada, 6 de mayo de 1999.-El Rector, Lorenzo Morillas
Cuevas.
ANEXO I
Proceso selectivo
El proceso selectivo constará de fase de oposición y fase de
concurso. Los puntos de la fase de concurso no podrán aplicarse
para superar la fase de oposición.
Fase de oposición
La fase de oposición estará formada por los siguientes
ejercicios, siendo estos eliminatorios:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de
preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas
correcta, basado en el contenido del apartado I "Organización
del Estado, las Administraciones Públicas y Procedimiento
Administrativo, Gestión de Personal y Gestión Universitaria", del
programa que figura como anexo II a esta convocatoria.
Se calificará de0a10puntos, siendo necesario obtener una
puntuación mínima de 5 puntos para superarlo.
Los aspirantes por promoción interna estarán exentos de
realizar este ejercicio.
Segundo ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de
preguntas con respuestas alternativas, basado en el contenido
de los apartados II, III, IV y V del programa que figura como
anexo II a esta convocatoria. Este cuestionario estará compuesto
de dos bloques: El bloque A estará basado en el apartado II
"Módulo General" y el bloque B contendrá tres cuestionarios, uno
por cada uno de los apartados III "Módulo 1", IV "Módulo 2"
y V "Módulo 3" del programa contenido en el anexo II. Los
aspirantes deberán contestar el cuestionario del
bloqueAyuncuestionario a elegir de entre los tres propuestos del bloque B.
Cada cuestionario estará compuesto de preguntas con
respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta.
Se calificará de0a10puntos, siendo necesario obtener una
puntuación mínima de 5 puntos para superarlo.
Tercer ejercicio: Consistirá en desarrollar un supuesto práctico
basado en el contenido del apartado II "Módulo General", del
programa que figura como anexo II a esta convocatoria.
Se calificará de0a10puntos, siendo necesario obtener una
puntuación mínima de 5 puntos para superarlo.
Cuarto ejercicio: Consistirá en desarrollar un supuesto práctico
de entre tres propuestos por el Tribunal, uno por cada apartado,
relacionados con los apartados III "Módulo 1", IV "Módulo 2"
y V "Módulo 3" del programa que figura como anexo II a esta
convocatoria.
Se calificará de0a10puntos, siendo necesario obtener una
puntuación mínima de 5 puntos para superarlo.
Fase de concurso
Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso.
Tan sólo participarán en esta fase aquellos aspirantes por
promoción interna que hayan superado la fase de oposición.
Para que el Tribunal valore los méritos, será requisito necesario
que los aspirantes aporten la justificación documental de los
méritos que quieran hacer valer en la fase de concurso en el plazo
de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la
publicación de las puntuaciones del tercer ejercicio, en instancia
que será facilitada por el Servicio de Personal de la Universidad.
La valoración de los méritos se realizará de la siguiente forma:
a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario se valorará
hasta un máximo de 5,62 puntos, teniéndose en cuenta a estos efectos
los servicios prestados hasta la fecha de publicación de esta
convocatoria, con arreglo al siguiente baremo:
Servicios prestados en la Universidad de Granada en Cuerpos
o Escalas del grupoCoDaqueserefiere la base 2.2 de la
convocatoria, asignándose 0,4/365 puntos día.
Servicios prestados en la Universidad de Granada en otros
Cuerpos o Escalas de los incluidos en el artículo 25 de la Ley 30/1984,
asignándose 0,20/365 puntos día.
Servicios prestados en otras Administraciones Públicas en
Cuerpos o Escalas de los incluidos en el artículo 25 de la Ley
30/1984, asignándose 0,10/365 puntos día.
b) Grado personal consolidado: Se valorará hasta un máximo
de 4,82 puntos, el grado personal consolidado al día de
publicación de esta convocatoria, asignándose las siguientes
puntuaciones:
Grado 27-26: 4,82 puntos.
Grado 25-24: 4,41 puntos.
Grado 23-22: 4,00 puntos.
Grado 21-20: 3,59 puntos.
Grado 19-18: 3,18 puntos.
Grado 17 o menor: 2,77 puntos.
c) Titulación: Se valorará la máxima titulación que posea el
concursante de acuerdo con el siguiente baremo:
Diplomado: 0,80 puntos.
Licenciado: 1,60 puntos.
Doctor: 2,40 puntos.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a
la puntuación final de la fase de oposición, a efectos de establecer
el orden definitivo de aspirantes aprobados. La puntuación de
esta fase no podrá ser aplicada para superar los ejercicios de la
fase de oposición.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. Si persistiese
el empate, se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida
en la fase de concurso y, de no resolverse, a la mayor antigüedad
en la Universidad de Granada.
ANEXO II
Programa
I. Organización del Estado, las Administraciones Públicas,
Procedimiento Administrativo, Gestión de Personal y Gestión
Universitaria
Tema 1. La Constitución Española de 1978: Estructura y
contenido. Derechos y deberes fundamentales: Su garantía y
suspensión. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión
y regencia. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo.
Las Cortes Generales.
Tema 2. El Gobierno y la Administración: Relaciones entre
el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno.
La organización administrativa española: Ministros y Secretarios
de Estado. La organización territorial del Estado en la
Constitución: Las Comunidades Autónomas. El Estatuto de Autonomía
para Andalucía.
Tema 3. El procedimiento administrativo: Idea general de la
iniciación, ordenación, instrucción y terminación. La Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Tema 4. El personal funcionario al servicio de las
Administraciones Públicas. El funcionario público. Adquisición y pérdida
de la condición de funcionario. Derechos, deberes e
incompatibilidades. La representación de los funcionarios: Juntas de
Personal.
Tema 5. El personal laboral al servicio de las
Administraciones Públicas. Derechos y deberes e incompatibilidades. El
contrato laboral: Contenido, duración y suspensión. Negociación
laboral. Conflicto y Convenios Colectivos.
Tema 6. La Ley de Reforma Universitaria. La Ley de
Coordinación del Sistema Universitario Andaluz. Consejo Andaluz de
Universidades.
Tema 7. La Universidad de Granada. Los Estatutos de la
Universidad de Granada. Organización académica.
Tema 8. Clases y régimen jurídico del Profesorado
Universitario.
Tema 9. Clases y régimen jurídico del personal de
Administración y Servicios.
Tema 10. La Universidad de Granada. Régimen económico
y financiero. Patrimonio. Presupuesto. Financiación y control.
II. Módulo General
Tema 11. Arquitectura del PC. Estructura y funcionamiento.
Memoria y procesadores. Evolución y generaciones.
Tema 12. La periferia del ordenador. Soportes de
información. Unidades de entrada y salida. Dispositivos de
almacenamiento: Discos, particiones, RAID, CD ROM, cintas.
Tema 13. Programación estructurada. Estructura de
programas. Algoritmos y datos. Diagramas de flujo.
Tema 14. Características básicas de los lenguajes de
programación: entrada/salida. Estructuras de control. Estructuras de
datos. Generaciones de lenguajes de programación.
Tema 15. Lenguaje de programación C.
Tema 16. Sistema operativo UNIX. Estructura. Comandos de
usuario.
Tema 17. Sistemas operativos: Windows-9X y Windows NT.
Tema 18. Internet e Intranet: Organización y servicios.
Tema 19. Difusión de la información: Sistemas de la
información WWW. Correo electrónico y listas de distribución.
Tema 20. Seguridad informática: Sistemas de acceso seguros.
Tema 21. Redes de ordenadores. Clasificación por tipología
y por tecnología. Modelo de referencia OSI.
Tema 22. Teleinformática: Conceptos generales sobre
transmisión de datos.
Tema 23. Tecnologías de adquisición y reproducción de
gráficos, imágenes, vídeo digital y audio digital.
Tema 24. Desarrollo multimedia. Distintas metodologías del
"software" multimedia. Formatos y técnicas de publicación de un
proyecto multimedia. CD ROMs, presentaciones en vídeo,
publicación por internet, etc.
III. Módulo 1
Tema 25. Los sistemas operativos. Conceptos, estructuras y
clasificación.
Tema 26. Gestión de ficheros y sistemas de ficheros. Gestión
de la memoria. Paginación. Segmentación. Memoria virtual.
Tema 27. Herramientas de desarrollo del Sistema operativo
UNIX.
Tema 28. Conceptos y operaciones básicas en administración
de sistemas UNIX.
Tema 29. Conceptos y operaciones básicas en administración
de sistemas Windows-9X y Windows NT.
Tema 30. Configuración de redes de área local: Protocolos
TCP/IP, Netbeui, IPX.
Tema 31. Aplicaciones distribuidas: DNS, X500, SMTP,
WWW.
Tema 32. Interconexión de sistemas en red: NFS, NETBIOS.
Tema 33. Seguridad en sistemas y en el acceso a la
información. Sistemas de autenticación.
Tema 34. Conceptos de proyecto multimedia. Formatos y
técnicas de publicación de un proyecto multimedia.
Tema 35. Multimedia basada en CD ROMs. Arquitecturas
para sistemas multimedia bajo demanda.
IV. Módulo 2
Tema 36. Bases de datos. Nivel conceptual, lógico y físico.
Tema 37. Bases de datos: Conceptos básicos de integridad,
seguridad e independencia.
Tema 38. Bases de datos: Conceptos. Modelos relacional y
dirigidos a objetos.
Tema 39. El gestor de las bases de datos. Diccionario de
datos. Conexiones con los lenguajes de programación.
Mecanismos de consulta.
Tema 40. Conceptos y operaciones básicas en administración
de bases de datos.
Tema 41. El gestor de bases de datos Oracle. Estructura física
y lógica. Mecanismos de seguridad e integridad.
Tema 42. Lenguajes orientados a la informática de gestión.
SQL. Código SQL encajado. Precompiladores. Herramientas de
cuarta generación.
Tema 43. Programación orientada a objetos. Características
principales.
Tema 44. Programación en sistemas de bases de datos
cliente/servidor y 3 niveles.
Tema 45. Programación de módulos Applets, Servlet y
Cgi-bin.
Tema 46. Programación de módulos Active-X.
V. Módulo 3
Tema 47. Características y tipos de líneas de transmisión y
codificación de datos.
Tema 48. Protocolos de control de enlace. Técnicas de
conmutación.
Tema 49. Protocolos de nivel de red. Tema 50. Redes de
área extensa. Servicios públicos de comunicación: RTC, RDSI,
ATM.
Tema 51. Diseño y modelos de redes institucionales:
Transporte Ethernet, FDDI y ATM.
Tema 52. Elementos activos y pasivos de una red.
Tema 53. Conexión de sistemas en red. Gestión y control
de redes.
Tema 54. Protocolos y análisis de tráfico.
Tema 55. Seguridad en la red.
Tema 56. Transmisión de señales multimedia: Protocolos.
Tema 57. Redes virtuales: Protocolos de interconexión para
servicios LAN.
ANEXO III
Tribunal calificador
El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas estará
constituido por los siguientes miembros:
Titulares:
Presidente: Don Esteban Alvarez-Manzaneda Roldán, Gerente
de la Universidad de Granada.
Vocales: Don Antonio Ruiz Moya, funcionario de la Escala
Técnica de Gestión de la Universidad de Granada (Especialidad
Informática), que actuará como Secretario; don José Guerrero
Peregrina, funcionario de la Escala Administrativa de la Universidad
de Granada (Especialidad Informática); don Juan M. Garrido
Torres-Puchol, Titulado Superior Facultativo (Especialidad
Informática) de la Delegación de Hacienda de Granada, y don José
Luis Cruz Soto, Catedrático de la Universidad de Córdoba.
Suplentes:
Presidente: Don Miguel Delgado Calvo-Flores, Vicerrector de
Servicios a la Comunidad Universitaria.
Vocales: Don José Ruiz González, funcionario de la Escala de
Gestión de la Universidad de Granada (Especialidad Informática),
que actuará como Secretario; doña Yolanda Múñoz Medina,
funcionaria de la Escala Administrativa de la Universidad de Granada
(Especialidad Informática); don Rafael Medina Carnicer, Profesor
Titular de la Universidad de Córdoba, y doña Carmen Peña Yáñez,
Técnico de Función Administrativa (Rama Informática), del
Hospital Clínico.
ANEXO IV (Ver imagen página 20922)
ANEXO V
Declaración jurada
Don ..............................................................,
con domicilio en....................................................,
y documento nacional de identidad número..............,declara
bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario
de carrera de la Escala Auxiliar de la Universidad de Granada,
que no ha sido separado del servicio de ninguna de las
Administraciones Públicas y que no se haya inhabilitado para el ejercicio
de las correspondientes funciones.
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