Visto el expediente de indulto de doña Leonor das Naves Malojo Valente,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
condenada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo,
en sentencia de fecha 12 de julio de 1997, como autora de un delito contra
la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 200.000
pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho
de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en
el año 1996, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación
del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de mayo de 1999,
Vengo en conmutar a doña Leonor das Naves Malojo Valente la pena
privativa de libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a condición
de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años,
desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 14 de mayo de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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