Visto el expediente de indulto de don José Antonio Nicolás Abellán, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Murcia, en sentencia de fecha 7 de noviembre de 1997, como autor de un delito de apropiación indebida, a la pena de cinco meses de arresto mayor, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1989, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de mayo de 1999,
Vengo en indultar a don José Antonio Nicolás Abellán la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 14 de mayo de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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