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Documento BOE-A-1999-12447

Orden de 11 de mayo de 1999 de extinción y cancelación de la inscripción en el Registro administrativo de entidades aseguradoras de la entidad denominada Mutualidad de Previsión de Recaudadores de Tributos del Estado en Liquidación (P-2458).

Publicado en:
«BOE» núm. 132, de 3 de junio de 1999, páginas 21113 a 21113 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1999-12447

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 20 de abril de 1994 se acordó la liquidación e intervención de la entidad Mutualidad de Previsión de Recaudadores de Tributos del Estado.

Por Resolución de la Dirección General de Seguros de fecha 21 de julio de 1994 se acordó que la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras asumiese la función de órgano liquidador de la referida entidad, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 2020/1986, de 22 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Funcionamiento de la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras.

Habiéndose acreditado la finalización del proceso liquidatirio, la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras solicita la extinción y subsiguiente cancelación de la inscripción del Registro administrativo de entidades aseguradoras de la Mutualidad de Previsión de Recaudadores de Tributos del Estado en Liquidación.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros, he resuelto:

Declarar la extinción y subsiguiente cancelación en el Registro administrativo, previsto en el artículo 74 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, de la entidad denominada Mutualidad de Previsión de Recaudadores de Tributos del Estado en Liquidación.

Contra la Orden que antecede, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente a la notificación de la misma. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998, según lo establecido en la disposición adicional novena de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 11 de mayo de 1999.‒P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986), el Secretario de Estado de Economía, Cristóbal Montoro Romero.

Ilma. Sra. Directora general de Seguros.

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