Contido non dispoñible en galego
Vista la sentencia de 21 de septiembre de 1998, de la Sala
de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, dictada
en el recurso de suplicación número 644/1998 (autos 358/1995),
interpuesto por la demandante doña Rosa Correas Jarreta, en
la que se falla: "... el derecho de la actora a participar en el concurso
de traslados voluntario para plazas de personal facultativo de
Equipos de Atención Primaria dependientes del Instituto Nacional de
la Salud, convocada por Resolución de la Dirección General, de
este último, de 4 de junio de 1993, y a que se valore en dicho
concurso la solicitud formulada en su día",
Esta Dirección General de Recursos Humanos, mediante
Resolución de 4 de noviembre de 1998, hace público en el "Boletín
Oficial del Estado" del día 30 de noviembre de 1998, la valoración
provisional de los méritos aportados por la señora Correas,
otorgando un plazo de quince días para que los posibles afectados
formularan reclamaciones.
Con fecha 4 de diciembre de 1998, doña Rosa Correas Jarreta
formula reclamación contra la valoración provisional efectuada
a sus méritos y, una vez revisada, se comprueba que le
corresponden 212,70 puntos, con arreglo al siguiente desglose, por
apartados:
Por servicios prestados con plaza en propiedad en las
instituciones sanitarias de la Seguridad Social, en la categoría desde
la que se concursa: 208 puntos.
Por servicios prestados en instituciones sanitarias de la
Seguridad Social con carácter temporal, en la misma categoría: 0,5
puntos.
Por servicios prestados en otra Administración Pública,
desempeñando puestos de trabajo de igual contenido funcional que la
plaza objeto de concurso, y reconocidos al amparo de lo previsto
en la Ley 70/1978: 4,2 puntos.
A la vista de la valoración que le corresponde a sus méritos,
la señora Correas tiene derecho a que se le adjudique una plaza
de facultativo de Medicina general en el primer destino que solicitó:
EAP "Universitas", de Zaragoza, por lo que de conformidad con
lo establecido en la base séptima de la convocatoria deberá cesar
en la plaza que desempeña dentro de los tres días hábiles siguientes
a aquel en que se publique la Resolución, no obstante el Gerente
de la Institución, por necesidades del servicio, podrá ampliar este
plazo hasta diez días.
La toma de posesión de la nueva plaza deberá efectuarse en
el plazo de un mes a contar desde la notificación de la presente
Resolución.
Madrid, 16 de abril de 1999.-El Director general, Roberto
Pérez López.
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