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Documento BOE-A-1999-12576

Orden de 7 de mayo de 1999 por la que se modifica la autorización del Centro privado de Educación Secundaria «La Inmaculada Concepción», de San Lorenzo de El Escorial (Madrid), por ampliación de cuatro Unidades en la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria.

Publicado en:
«BOE» núm. 133, de 4 de junio de 1999, páginas 21547 a 21548 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-12576

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente del Centro Docente privado de Educación Secundaria denominado «La Inmaculada Concepción», de San Lorenzo de El Escorial (Madrid), en relación con la modificación de la autorización del mencionado Centro, por ampliación de cuatro Unidades en la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria.

El Ministerio de Educación y Cultura ha dispuesto:

Primero.

Modificar la autorización del Centro privado de Educación Secundaria «La Inmaculada Concepción», de San Lorenzo de El Escorial (Madrid), que queda configurado del modo siguiente:

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: La Inmaculada Concepción.

Titular: Congregación Religiosa Madres Concepcionistas Misioneras de la Enseñanza.

Domicilio: Calle Juan de Toledo, número 18.

Localidad: San Lorenzo de El Escorial.

Municipio: San Lorenzo de El Escorial.

Provincia: Madrid.

Enseñanzas que se autorizan:

a) Educación Secundaria Obligatoria.

Capacidad: 12 unidades y 360 puestos escolares.

b) Bachillerato: Modalidad de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud.

Capacidad: Dos unidades y 70 puestos escolares.

c) Bachillerato: Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales.

Capacidad: Dos unidades y 70 puestos escolares.

d) Bachillerato: Modalidad de Tecnología.

Capacidad: Dos unidades y 70 puestos escolares.

Segundo.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 7 de mayo de 1999.–P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Roberto Mur Montero.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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