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Documento BOE-A-1999-12760

Resolución de 13 de mayo de 1999, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca a concurso de méritos plazas de profesorado de los Cuerpos Docentes Universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 8 de junio de 1999, páginas 21922 a 21927 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1999-12760

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 39.2 de

la Ley de Reforma Universitaria, y en el 2.4 del Real

Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, por el que se regulan los

concursos para la provisión de plazas de los Cuerpos Docentes

Universitarios, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 110.4 del

Real Decreto 1280/1985, de 5 de junio, por el que se aprueban

los Estatutos de la Universidad de Alcalá,

Este Rectorado ha resuelto:

Convocar a concurso de méritos plazas de profesorado de los

Cuerpos Docentes Universitarios, que se relacionan en el anexo I

de la presente Resolución.

Primero.-Dichos concursos se regirán por lo dispuesto en la

Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto ("Boletín Oficial del

Estado" de 1 de septiembre); Real Decreto 1888/1984, de 26 de

septiembre ("Boletín Oficial del Estado" de 26 de octubre); Real

Decreto 1427/1986, de 13 de junio ("Boletín Oficial del Estado" de 11

de julio); Real Decreto 1280/1985, de 5 de junio ("Boletín Oficial

del Estado" de 30 de julio), y en lo previsto en la legislación general

de funcionarios civiles del Estado y se tramitarán

independientemente para cada una de las plazas convocadas.

Segundo.-Para ser admitido a los citados concursos se

requieren los siguientes requisitos generales:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión

Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de

tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea

y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación

de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en

el tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado

la edad de jubilación legalmente establecida.

c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario,

del servicio de la Administración del Estado o de la Administración

autónoma, institucional o local, ni hallarse inhabilitado para el

ejercicio de funciones públicas.

d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico, que

impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor

de Universidad.

Tercero.-Deberán reunir las condiciones específicas que se

señalan en el artículo 4.1 ó 2 del Real Decreto 1888/1984, de 26

de septiembre, según la categoría de la plaza y clase de concurso.

Cuarto. Quienes deseen tomar parte en el concurso, remitirán

la correspondiente solicitud al Rector de la Universidad de Alcalá,

por cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días hábiles

a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria,

mediante instancia -según modelo anexo II-, debidamente

cumplimentada, junto con los documentos que acrediten reunir los

requisitos para participar en el concurso.

Los aspirantes a deberán justificar haber abonado en el Banco

Santander, a la cuenta número 0085/0675/49/0000022900

(Universidad de Alcalá), calle Libreros, 19, Alcalá de Henares,

la cantidad de 5.040 pesetas (30 euros), en concepto de derechos

de examen, bien directamente o mediante transferencia bancaria,

haciendo constar los siguientes datos: Nombre y apellidos del

interesado y plaza a la que concursa. Asimismo, deberá adjuntar a

la solicitud copia de dicho justificante.

Quinto.-Finalizado el plazo de presentación de instancias, el

Rector de la Universidad de Alcalá, remitirá a todos los aspirantes

(por cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común) relación completa de admitidos

y excluidos, con indicación de las causas de exclusión. Contra

dicha Resolución, aprobando la lista de admitidos y excluidos,

los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector, en

el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente

al de la notificación de la relación de admitidos y excluidos.

Sexto.-Dentro del plazo habilitado reglamentariamente para

la constitución de la Comisión, el Presidente -previa consulta

a los restantes miembros de la misma-, dictará una Resolución

que deberá ser notificada a todos los interesados (tanto miembros

titulares de la Comisión -y, en su caso, a los suplentes

necesarios-, como a los aspirantes admitidos a participar en el

concurso), con una antelación mínima de quince días naturales,

respecto a la fecha del acto para el que se le cita.

Séptimo.-En el acto de presentación, los concursantes

entregarán al Presidente de la Comisión, la documentación señalada

en los artículos9y10delReal Decreto 1427/1986, de 13 de

junio, en su caso, según se trate de concurso o concurso de méritos.

Octavo.-Las candidatos propuestos para la provisión de plazas

deberán presentar en la Secretaría General de la Universidad, en

el plazo de quince días hábiles siguientes al de concluir la actuación

de la Comisión, por cualquiera de los medios señalados en el

artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes

documentos:

A) Documento nacional de identidad y fotocopia de éste para

su compulsa.

B) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni

defecto físico o psíquico para el desempeño de las funciones

correspondientes a Profesor de Universidad, expedida por la Dirección

Provincial o Consejería, según proceda, competentes en materia

de sanidad.

C) Declaración jurada de no haber sido separado de la

Administración del Estado, institucional o local, ni de las

Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente

disciplinario y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la

función pública.

Los que tuvieren la condición de funcionarios públicos de

carrera estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos,

debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del

que dependan, acreditativa de su condición de funcionarios y

cuantas circunstancias consten en la hoja de servicios.

Alcalá de Henares, 13 de mayo de 1999.-El Rector, Manuel

Gala Muñoz.

ANEXO I

1. Cuerpo al que pertenece la plaza: Profesores Titulares de

Universidad. Área de conocimiento: "Composición

Arquitectónica". Departamento al que está adscrita: Arquitectura (en

constitución). Perfil: Teoría e Historia de la Arquitectura. Número de

plazas: Una. Clase de convocatoria: Concurso de méritos. Código

de la plaza: Z040/DCP201.

2. Cuerpo al que pertenece la plaza: Profesores Titulares de

Escuela Universitaria. Área de conocimiento: "Teoría de la Señal

y Comunicaciones". Departamento al que está adscrita: Teoría

de la Señal y Comunicaciones. Perfil: Teoría de las

Comunicaciones. Número de plazas: Una. Clase de convocatoria: Concurso

de méritos. Código de la plaza: Z031/DTS413.

3. Cuerpo al que pertenece la plaza: Profesores Titulares de

Escuela Universitaria. Área de conocimiento: "Teoría de la Señal

y Comunicaciones". Departamento al que está adscrita: Teoría

de la Señal y Comunicaciones. Perfil: Análisis de Circuitos I,

Análisis de Circuitos II, y Sistemas Lineales. Número de plazas: Una.

Clase de convocatoria: Concurso de méritos. Código de la plaza:

Z031/DTS414.

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