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Documento BOE-A-1999-12943

Resolución 432/38320/1999, de 2 de junio, de la Dirección General de Personal, por la que se acuerda la exclusión de don Antonio José Bernal Vázquez de las pruebas selectivas para el acceso por promoción interna al Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada.

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 10 de junio de 1999, páginas 22327 a 22327 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1999-12943

TEXTO ORIGINAL

Por Orden 432/39031/1998, de 11 de diciembre ("Boletín

Oficial del Estado" del 15) se convocaron pruebas selectivas para

el acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Ingenieros

Técnicos de Arsenales de la Armada. En la base 8.5 de la convocatoria

se indicaba que el Tribunal debería proponer al Director general

de Personal la exclusión de aquel aspirante que no reuniera alguno

de los requisitos exigidos en la misma.

Dado que dicho Tribunal ha propuesto la exclusión de don

Antonio José Bernal Vázquez, documento nacional de identidad

32.859.365, por no tener una antigüedad de al menos dos años

de servicios prestados en Cuerpos o Escalas del grupo C incluidos

en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes,

requisito señalado en la base segunda de la citada convocatoria,

y una vez comprobado este extremo, de conformidad con lo

dispuesto en la base 8.5 mencionada.

Se acuerda la exclusión de don Antonio José Bernal Vázquez,

documento nacional de identidad 32.859.365, de las pruebas

selectivas para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo de

Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa,

podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo

de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación,

ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal

Superior de Justicia de Madrid o de la Comunidad Autónoma donde

tenga su domicilio el interesado, a elección del mismo, de

conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de

julio, del Poder Judicial, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Igualmente, será potestativo del interesado interponer recurso

de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo

órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes, de conformidad

con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, según

redacción dada por el artículo primero números 31 y 32 de la

Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 2 de junio de 1999.-El Director general, Joaquín Pita

da Veiga Jáudanes.

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