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Documento BOE-A-1999-13040

Resolución de 20 de mayo de 1999, del Departamento de Justicia, por la que se convoca concurso de traslado de funcionarios del Cuerpo a extinguir de Secretarios de Juzgados de Paz de Poblaciones de más de 7.000 habitantes, del Cuerpo de Oficiales y del Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia, para la provisión de plazas vacantes de Juzgados de Paz de Cataluña.

Publicado en:
«BOE» núm. 139, de 11 de junio de 1999, páginas 22482 a 22492 (11 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1999-13040

TEXTO ORIGINAL

Dado que hay plazas vacantes en los puestos de trabajo del

Cuerpo a extinguir de Secretarios de Juzgados de Paz de

poblaciones de más de 7.000 habitantes, del Cuerpo de Oficiales y

del Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia, dotadas

presupuestariamente, cuya provisión se estima conveniente en

atención a las necesidades del servicio, procede convocar concurso

de traslados de conformidad con lo establecido en los artículos

455, 481 y 494 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del

Poder Judicial; el Reglamento Orgánico de Secretarios de la

Justicia Municipal, aprobado por Decreto de 12 de junio de 1970,

y el capítulo III del título IV del Reglamento Orgánico del Cuerpo

de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia,

aprobado por Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero.

Por todo ello, este Departamento ha dispuesto convocar

concurso de traslado para la provisión de los puestos de trabajo que

se indican en el anexo 1 con arreglo a las siguientes

Bases

1. Puestos de trabajo que se pueden solicitar

1.1 Podrán tomar parte en el presente concurso y solicitar

las vacantes de los puestos de trabajo de Juzgados de Paz de

Cataluña los funcionarios pertenecientes al Cuerpo a extinguir

de Secretarios de Juzgados de Paz, los Oficiales y los Agentes

de la Administración de Justicia, cualquiera que sea su situación

administrativa, excepto los suspensos que no hubieran finalizado

el período de suspensión.

1.2 Dado que todas las plazas de Secretaría convocadas lo

son de Juzgados de municipios de más de 7.000 habitantes o

de Agrupaciones de Secretarías que superan igualmente esta cifra,

los funcionarios del Cuerpo de Secretarios de Paz tendrán

preferencia sobre los integrantes del Cuerpo de Oficiales de la

Administración de Justicia en todas las plazas convocadas mediante

esta Resolución.

1.3 La adjudicación de las plazas de Secretarías de Juzgados

de Paz a Oficiales de la Administración de Justicia no supondrá

en ningún caso ascenso, cambio de Cuerpo o categoría de los

adjudicatarios.

1.4 Podrán solicitar cualquiera de las plazas vacantes

incluidas en el anexo 1 de esta convocatoria y de las que

simultáneamente a ésta se publiquen, siempre que en la fecha de finalización

del plazo de presentación de solicitudes reúnan los requisitos

generales exigidos. Dichas vacantes se identificarán por el código del

centro de destino, relación de puestos de trabajo y número de

orden del puesto de trabajo.

2. Requisitos y condiciones de participación

2.1 Los funcionarios del Cuerpo a extinguir de Secretarios

de Juzgados de Paz de poblaciones de más de 7.000 habitantes

y los del Cuerpo de Oficiales y de Agentes de la Administración

de Justicia sólo podrán participar si en la fecha de finalización

del plazo de presentación de instancias ha transcurrido un año

desde la toma de posesión en su actual puesto de trabajo definitivo

[artículo 57.c) del Real Decreto 249/1996], excepto en el supuesto

del artículo 52.c) del Real Decreto citado.

2.2 Los funcionarios en servicio activo con destino provisional

en plazas que se ofrecen en esta convocatoria estarán obligados

a participar en el presente concurso. En caso de que no obtuvieran

destino en el concurso, se les atribuirá el desempeño provisional

de un puesto correspondiente a su Cuerpo.

2.3 Los funcionarios que se encuentren en las situaciones

de excedencia voluntaria establecidas en el artículo 34.b) y c)

del Real Decreto 249/1996 (excedencias por agrupación familiar

y por interés particular) sólo podrán participar en el concurso

si en la fecha de finalización del plazo de presentación de

solicitudes han transcurrido dos años como mínimo desde que fueron

declarados en tal situación.

2.4 Los funcionarios en situación de excedencia para el

cuidado de hijos al amparo de lo dispuesto en el artículo 35 del

Real Decreto 249/1996 sólo podrán concursar si ha transcurrido

más de un año desde la toma de posesión del último destino

definitivo.

2.5 Los excedentes forzosos tendrán obligación de participar

en el presente concurso, con objeto de obtener un puesto de

trabajo definitivo. De no participar en este concurso o no obtener

puesto de trabajo, se les destinará a cualquiera de los no

adjudicados a los demás concursantes.

Los excedentes forzosos, los suspensos definitivos que hubieran

perdido su puesto de trabajo y los excedentes voluntarios del

artículo 34.a) del Reglamento Orgánico, aprobado por Real Decreto

249/1996, gozarán, por este orden, la primera vez que se anuncie

a concurso una vacante del Cuerpo en la misma localidad donde

servían cuando se produjo su cese en el servicio activo, de derecho

preferente para ocuparla.

3. Baremos

3.1 La valoración de méritos para la adjudicación de los

puestos de trabajo de las Secretarías o Agrupaciones de Secretarias

se hará de acuerdo con el baremo siguiente:

3.1.1 Los funcionarios del Cuerpo a extinguir de Secretarios

de Paz de más de 7.000 habitantes tendrán preferencia sobre

los Oficiales de la Administración de Justicia, valorándose entre

ellos la antigüedad por los servicios efectivos prestados en el

Cuerpo, otorgándose un punto por cada año completo de servicios

y computándose proporcionalmente los períodos inferiores

(0,0027777 por día), estableciéndose los meses como de treinta

días.

3.1.2 Los funcionarios del Cuerpo de Oficiales de la

Administración de Justicia optarán a estas plazas con posterioridad

a los Secretarios de Paz mencionados en el punto anterior. Entre

los Oficiales se tendrán en cuenta las siguientes preferencias:

1.ª Oficiales que estuvieran en posesión del título de

Licenciado en Derecho.

2.ª Oficiales titulares de una Secretaría de Paz.

3.ª Demás Oficiales.

Dentro de cada uno de los tres grupos relacionados, la

valoración de méritos se llevará a cabo de acuerdo con el siguiente

baremo:

a) Antigüedad: Por los servicios efectivos en el Cuerpo se

otorgará un punto por cada año completo de servicios y computándose

proporcionalmente los períodos inferiores (0,0027777 por día),

estableciéndose los meses como de treinta días.

b) Conocimiento oral y escrito del catalán: De conformidad

con lo que se establece en el Acuerdo de la Comisión para la

Normalización Lingüística de 19 de junio de 1991, los funcionarios

que lo acrediten, mediante certificación oficial u homologación

del título aportado emitido por un órgano competente, el

conocimiento oral y escrito del catalán supondrá sólo a estos efectos

el reconocimiento de hasta seis puntos según el nivel de

conocimiento acreditado, en los términos de la disposición adicional

segunda del Reglamento Orgánico aprobado por Real Decreto

249/1996, de 16 de febrero, de la forma siguiente:

1.º Certificado de nivel B: Dos puntos.

2.º Certificado de nivel C: Cuatro puntos.

3.º Certificado de nivel D: Seis puntos.

3.2 Para las plazas de Agente Judicial de las Secretarías y

Agrupaciones de Secretarías convocadas la valoración de los

méritos se hará de acuerdo con el baremo establecido para valorar

la antigüedad y el conocimiento de la lengua catalana:

a) Antigüedad: Por los servicios efectivos en el Cuerpo se

otorgará un punto por cada año completo de servicios, computándose

proporcionalmente los períodos inferiores (0,0027777 por día),

y estableciéndose los meses como de treinta días.

b) Conocimiento oral y escrito del catalán: De conformidad

con lo que se establece en el Acuerdo de la Comisión para la

Normalización Lingüística de 19 de junio de 1991, los funcionarios

que lo acrediten, mediante certificación oficial u homologación

del título aportado emitido por un órgano competente, el

conocimiento oral y escrito del catalán supondrá sólo a estos efectos

el reconocimiento de hasta seis puntos según el nivel de

conocimiento acreditado, en los términos de la disposición adicional

segunda del Reglamento Orgánico aprobado por Real Decreto

249/1996, de 16 de febrero, de la forma siguiente:

1.º Certificado de nivel B: Dos puntos.

2.º Certificado de nivel C: Cuatro puntos.

3.º Certificado de nivel D: Seis puntos.

4. Modelos y plazos de presentación de solicitudes

4.1 Los funcionarios destinados definitivamente en puestos

de las relaciones de puestos de trabajo del Cuerpo a extinguir

de Secretarios de Paz y los del Cuerpo de Oficiales y de

Agentes de la Administración de Justicia correspondientes a Cataluña,

así como los que se encuentren en situación de servicios especiales

y excedentes por cuidado de hijo durante el primer año de

excedencia que tienen reservado su puesto de trabajo en Cataluña,

presentarán su solicitud ajustada al modelo V.1 publicado en el

anexo 2 de esta Resolución, en el plazo de diez días naturales

siguientes al de la publicación de la presente convocatoria en

el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña", o contados a

partir del día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado"

en el caso de que la publicación de esta convocatoria no se haga

simultáneamente en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Diario

Oficial de la Generalidad de Cataluña", dirigida al Director general

de Relaciones con la Administración de Justicia del Departamento

de Justicia de la Generalidad de Cataluña, calle Pau Claris, 81,

08010 Barcelona.

4.2 Los funcionarios destinados en puestos de las relaciones

de puestos de trabajo de otros Cuerpos de la Administración de

Justicia o de otras Administraciones, que se encuentren en la

situación de excedencia prevista en el artículo 34.a) del Real Decreto

249/1996, de 16 de febrero, en el Cuerpo de Secretarios de Paz

o en el de Oficiales o Agentes de la Administración de Justicia,

que hagan constar como primer destino cualquiera de los

publicados en esta convocatoria, utilizarán el modelo V.2 publicado

en el anexo 2 de esta Resolución, en el plazo de diez días naturales

siguientes al de la publicación de la presente convocatoria en

el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña", o contados a

partir del día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado"

en el caso de que la publicación de esta convocatoria no se haga

simultáneamente en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Diario

Oficial de la Generalidad de Cataluña", dirigida al Director general

de Relaciones con la Administración de Justicia del Departamento

de Justicia de la Generalidad de Cataluña, calle Pau Claris, 81,

08010 Barcelona.

4.3 El resto de solicitantes que deseen participar en el

presente concurso, como los excedentes forzosos aunque tuvieran

un destino provisional, los suspensos definitivos que hubieran

perdido su puesto de trabajo, los participantes con destino provisional

por haber reingresado al servicio activo, así como el resto de

excedentes voluntarios por agrupación familiar o por interés particular,

o los excedentes por cuidado de hijo a partir del primer año que

han perdido la reserva del puesto de trabajo, y que hagan constar

como primer destino cualquiera de las plazas convocadas mediante

esta Resolución radicadas en Cataluña, utilizarán el modelo V.3

publicado en el anexo 2 de esta Resolución, en el plazo de diez

días naturales siguientes al de la publicación de la presente

convocatoria en el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña",

o contados a partir del día de su publicación en el "Boletín Oficial

del Estado" en el caso de que la publicación de esta convocatoria

no se produzca simultáneamente en el "Boletín Oficial del Estado"

y en el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña", dirigida

al Director general de Relaciones con la Administración de Justicia

del Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña, calle

Pau Claris, 81, 08010 Barcelona.

4.4 Las solicitudes podrán remitirse también en la forma

prevista en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las que se presenten en las oficinas de Correos se enviarán

en cualquiera de las modalidades siguientes:

a) Por correo ordinario: En este caso tendrán entrada en el

Registro General del Departamento de Justicia de la Generalidad

de Cataluña, calle Pau Claris, 81, 08010 Barcelona, antes de

la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

b) Por correo certificado: En este caso se presentarán en las

oficinas de Correos en sobre abierto para que el funcionario de

Correos ponga la fecha y las selle antes de enviarlas. Los

participantes en el concurso deberán enviar la solicitud que contenga

el sello de la oficina de correos, sin que pueda admitirse

pasado el plazo de presentación de solicitudes aquella que no cumpla

este requisito, aunque posteriormente pueda acreditar este

extremo.

4.5 Los excedentes voluntarios por interés particular

acompañarán a la solicitud la declaración de no haber sido separados

de alguna de las Administraciones Públicas.

4.6 La solicitud para tomar parte en este concurso será única

para cada funcionario participante, aunque se soliciten plazas

radicadas fuera de Cataluña, que por tanto figuran en las convocatorias

que simultáneamente a ésta se publiquen.

Del mismo modo, mediante una única instancia deberán optar

por participar desde el Cuerpo en que el funcionario se encuentre

en activo, o reingresar al servicio activo en otro Cuerpo del que

formen parte como excedentes.

Al resultar irrenunciables los destinos obtenidos a instancia

del funcionario, en caso de obtener destino el reingresado al

servicio mediante concurso de traslado quedará automáticamente en

excedencia en el Cuerpo en el que se encontraba en activo, por

lo que su destino actual se ofrecerá como plaza vacante en

ulteriores concursos de traslado.

4.7 La solicitud formulada será vinculante para el solicitante

una vez transcurrido el período de presentación de solicitudes.

4.8 Los modelos de solicitud podrán ser recogidos por las

personas interesadas en los Servicios Centrales del Departamento

de Justicia (calle Pau Claris, 81, 08010 Barcelona), en la Gerencia

de Apoyo Judicial de Barcelona-Ciudad (calle Pau Claris, 158,

ático, 08009 Barcelona), en la Gerencia de Apoyo Judicial de

Barcelona-Comarcas (avenida Josep Tarradellas, 179, 08901

L'Hospitalet de Llobregat) y en las Delegaciones Territoriales del

Departamento de Justicia de Girona (calle Güell, 89, 17005

Girona), de Lleida (calle Sant Martí, 1, 25004 Lleida) y de Tarragona

(calle Sant Antoni Maria Claret, 17, 43002 Tarragona).

5. Peticiones condicionadas

Caso de estar interesados en las vacantes que se anuncian

para una misma provincia dos funcionarios pertenecientes a los

Cuerpos de funcionarios a extinguir de Secretarías de Juzgados

de Paz de más de 7.000 habitantes, de Oficiales y Agentes, podrán

condicionar su petición al hecho de que ambos obtengan destino

en la misma provincia, entendiéndose en caso contrario anuladas

las peticiones condicionadas efectuadas por ambos. Los

funcionarios que se acojan a esta petición condicional deberán

concretarlo en su instancia y acompañar fotocopia de la petición del

otro funcionario.

En caso de que no se aportara la fotocopia de la instancia

del segundo concursante, se entenderá anulada la petición

condicionada efectuada por ambos.

Los funcionarios que se acojan a esta base deberán agrupar

los puestos que condicionan en los primeros números de orden

de preferencia de la solicitud, poniendo el resto de los no

condicionados a continuación.

6. Adjudicaciones

6.1 El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos

de trabajo vendrá dado por la puntuación total obtenida, según

los baremos de la base tercera.

6.2 En caso de empate en la puntuación total, se acudirá

para dirimirlo al orden del escalafón del funcionario.

7. Carácter de los destinos adjudicados

7.1 Los traslados que se deriven de la resolución de este

concurso tendrán la consideración de voluntarios, a los efectos

previstos en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre

indemnizaciones por razón de servicio.

7.2 Los destinos adjudicados serán irrenunciables.

8. Resolución y plazo posesorio

8.1 Por Resolución de la Consejera de Justicia, y de manera

coordinada con los órganos que hayan convocado concurso de

traslado, se hará pública la adjudicación provisional de los destinos

resultantes de las convocatorias publicadas en el "Diario Oficial

de la Generalidad de Cataluña" y en el "Boletín Oficial del Estado"

mediante la inserción en los tablones de anuncios del

Departamento de Justicia, de las Gerencias Territoriales y Delegaciones

Territoriales del Departamento de Justicia, del Ministerio de

Justicia, así como en los Tribunales Superiores de Justicia y en las

Audiencias Provinciales.

8.2 La resolución de adjudicación provisional expresará el

puesto de trabajo de origen de los interesados a quien se adjudique

destino y también la localidad, así como la situación

administrativa, si es diferente de la de activo, y el puesto de trabajo

adjudicado a cada funcionario con la referencia del centro de trabajo

y la localidad.

8.3 Las personas interesadas disponen de un plazo de diez

días desde la exposición en los tablones de anuncios mencionados

para formular las alegaciones oportunas ante el órgano al que

se dirigió la petición de participación en el presente concurso,

y a tal efecto utilizarán el modelo que se adjunta a esta Resolución

como anexo 3.

8.4 Una vez analizadas las alegaciones presentadas, y en

coordinación con los órganos que hayan convocado concurso de

traslado, la Consejera de Justicia dictará la Resolución por la que

se resolverá definitivamente el concurso. Esta Resolución, que se

publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en el "Diario Oficial

de la Generalidad de Cataluña", se deberá dictar en el plazo de

seis meses, a contar desde el día siguiente al último de

presentación de solicitudes para participar en esta convocatoria.

Transcurrido este plazo sin que se haya dictado la Resolución, se

entenderá desestimada la solicitud de participación en la convocatoria.

No obstante, la falta de resolución expresa en el plazo citado no

exime de la obligación de dictar resolución expresa en los términos

previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero.

En el supuesto de que la simultaneidad de publicación en el

"Boletín Oficial del Estado" y en el "Diario Oficial de la Generalidad

de Cataluña" de la Resolución definitiva del concurso no fuese

posible, los plazos para la interposición de recursos se computarán

a partir del día siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial

del Estado".

8.5 El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido

se encontrará dentro del establecido en el artículo 55 del

Reglamento Orgánico aprobado por Real Decreto 249/1996, de 16

de febrero; pero cuando tenga lugar dentro de la misma población,

deberá efectuarse en los ocho días naturales siguientes al cese.

8.6 El plazo para la toma de posesión se contará a partir

del día siguiente al cese.

8.7 Si la resolución comporta reingreso al servicio activo,

el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha

publicación.

8.8 Si no se lograra la simultaneidad de publicación de la

Resolución entre el "Boletín Oficial del Estado" y el "Diario Oficial

de la Generalidad de Cataluña", los plazos se computarán desde

el día siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial del

Estado".

8.9 El cómputo de los plazos para la toma de posesión se

iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que se

encuentran disfrutando los funcionarios, salvo que por circunstancias

excepcionales debidamente motivadas se suspenda o revoque su

disfrute.

9. Recursos

9.1 Contra la presente Resolución, que agota la vía

administrativa, los interesados podrán interponer con carácter

potestativo recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un

mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el último

diario oficial ("Boletín Oficial del Estado" o "Diario Oficial de la

Generalidad de Cataluña") en que esta Resolución se haga pública,

o bien podrán impugnar esta Resolución directamente mediante

recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a

contar desde el día siguiente a su publicación en el último diario

oficial ("Boletín Oficial del Estado" o "Diario Oficial de la

Generalidad de Cataluña") en que esta Resolución se haya publicado,

ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo competente de

Barcelona, de conformidad con lo establecido en los artículos 14

y 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o cualquier otro recurso que

consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

9.2 De acuerdo con los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín

Oficial del Estado" del 27), modificada por la Ley 4/1999, de 13

de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 14), y el artículo 49

de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, la interposición de los recursos

contenciosos administrativos que se tengan que notificar a los

interesados se notificarán mediante su publicación en el "Diario Oficial

de la Generalidad de Cataluña" y su exposición en los tablones

de anuncios de los siguientes órganos: Servicios Centrales del

Departamento de Justicia (calle Pau Claris, 81, 08010 Barcelona),

Gerencia de Apoyo Judicial de Barcelona-Ciudad (calle Pau Claris,

158, ático, 08009 Barcelona), en la Gerencia de Apoyo Judicial

de Barcelona-Comarcas (avenida Josep Tarradellas, 179, 08901

L'Hospitalet de Llobregat) y en las Delegaciones Territoriales del

Departamento de Justicia de Girona (calle Güell, 89, 17005

Girona), de Lleida (calle Sant Martí, 1, 25004 Lleida) y de Tarragona

(calle Sant Antoni Maria Claret, 17, 43002 Tarragona); en el

Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (paseo Lluís Companys,

sin número, 08018 Barcelona), en las Audiencias Provinciales

de Barcelona (paseo Lluís Companys, sin número, 08018

Barcelona), de Girona (plaza Catedral, sin número, 17004 Girona),

de Lleida (rambla Ferran, sin número, 25001 Lleida) y de

Tarragona (avenida Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona), en los

Decanatos de Barcelona (paseo Lluís Companys, 15, 08003

Barcelona), de Girona (avenida Ramon Folch, 46, 17001 Girona),

de Lleida (edificio "Canyeret", calle La Parra, 21, 25007 Lleida)

y de Tarragona (avenida Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona),

en la Clínica Medico Forense (ronda Sant Pere, 35, 08010

Barcelona), en el Instituto Anatómico-Forense (calle Enric Casanovas,

143, 08036 Barcelona) y en las Fiscalías de Barcelona (calle Pau

Claris, 160, 08009 Barcelona), de Girona (plaza Catedral, sin

número, 17004 Girona), de Lleida (edificio "Canyeret", calle La

Parra, 21, 25007 Lleida) y de Tarragona (avenida Lluís Companys,

10, 43005 Tarragona).

Barcelona, 20 de mayo de 1999.-La Consejera, Núria de

Gispert i Català.

ANEXO 1

PLAZAS DE SECRETARÍAS DE JUZGADOS DE PAZ

Entidad: Administración de Justicia

RLT: 26 J USTICIA G ENERALIDAD, PERSONAL AL SERVICIO

Concurso: 09199903

Comunidad: Cataluña

Vacantes de puestos de trabajo:

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008003.

Denominación: Paz. Abrera. Número orden: 1. Número vacantes:

Una. Idioma: S. Informática: N.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008009.

Denominación: Paz. Alella. Número orden: 1. Número vacantes:

Una. Idioma: S. Informática: N.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008046.

Denominación: Paz. Badia del Vallès. Número orden: 1. Número

vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008213.

Denominación: Paz. Corbera. Número orden: 1. Número vacantes:

Una. Idioma: S. Informática: N.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008480.

Denominación: Paz. Piera. Número orden: 1. Número vacantes:

Una. Idioma: S. Informática: N.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008882.

Denominación: Paz. Vallirana. Número orden: 1. Número

vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008923.

Denominación: Paz. Vilassar de Dalt. Número orden: 1. Número

vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008925.

Denominación: Paz. Premià de Dalt. Número orden: 1. Número

vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 923300008021.

Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Arenys de Munt. Número

orden: 1. Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 923300008108.

Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Calldetenes. Número

orden: 1. Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 923300008922.

Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Llinars del Vallès. Número

orden: 1. Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9233000008546.

Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Roda de Ter. Número

orden: 1. Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 923300008741.

Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Santa Coloma de Cervelló.

Número orden: 1. Número vacantes: Una. Idioma: S.

Informática: N.

Provincia: Girona. Centro de destino: 9233000017516.

Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Porqueres. Número orden: 1.

Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.

Provincia: Girona. Centro de destino: 9233000017616.

Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Sant Gregori. Número

orden: 1. Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.

Provincia: Lleida. Centro de destino: 9233000025180.

Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Bell-lloc d'Urgell. Número

orden: 1. Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.

Provincia: Tarragona. Centro de destino: 9232900043755.

Denominación: Paz. Torredembarra. Número orden: 1. Número

vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.

Provincia: Tarragona. Centro de destino: 9233000043080.

Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) L'Arboç. Número orden:

Una. Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.

Provincia: Tarragona. Centro de destino: 9233000043255.

Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Cunit. Número orden: 1.

Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.

PLAZAS DE AGENTES DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Entidad: Administración de Justicia

RLT: 26 J USTICIA G ENERALIDAD, PERSONAL AL SERVICIO

Concurso: 09199903

Comunidad: Cataluña

Vacantes de puestos de trabajo:

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 923300008021.

Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Arenys de Munt. Número

orden: 1. Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 923300008108.

Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Calldetenes. Número

orden: 1. Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 923300008922.

Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Llinars del Vallès. Número

orden: 1. Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 9232900008546.

Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Roda de Ter. Número

orden: 1. Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.

Provincia: Barcelona. Centro de destino: 923300008741.

Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Santa Coloma de Cervelló.

Número orden: 1. Número vacantes: Una. Idioma: S.

Informática: N.

Provincia: Girona. Centro de destino: 9233000017516.

Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Porqueres. Número orden: 1.

Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.

Provincia: Girona. Centro de destino: 9233000017616.

Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Sant Gregori. Número

orden: 1. Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.

Provincia: Lleida. Centro de destino: 9233000025180.

Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Bell-lloc d'Urgell. Número

orden: 1. Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.

Provincia: Tarragona. Centro de destino: 9233000043080.

Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) L'Arboç. Número

orden: 1. Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.

Provincia: Tarragona. Centro de destino: 9233000043255.

Denominación: Paz. (Agrup. Municipal) Cunit. Número orden: 1.

Número vacantes: Una. Idioma: S. Informática: N.

MODELOS: (Ver imágenes páginas 22486 a 22492).

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