En virtud de los Convenios de cooperación cultural, educativa y
científica vigentes entre España, por una parte, y Bulgaria, Chequia, Eslovaquia,
Hungría, Polonia y Rumania, por otra, los Departamentos de Educación
de los citados países ofrecen 36 plazas a licenciados españoles, que serán
contratados como Profesores de Enseñanza Secundaria para impartir en
español distintas áreas de educación secundaria en las secciones españolas
de los Institutos bilingües de estos países para el curso
académico 1999-2000.
En dichos Convenios se establece que la Administración educativa
española contribuirá a este programa con una ayuda complementaria de las
retribuciones que los Profesores españoles perciben de las autoridades
educativas competentes de los citados países y con otra en concepto de
gastos de viaje de ida y regreso.
Para dar cumplimiento a lo convenido, y de acuerdo con lo establecido
en el apartado segundo de la Orden de 4 de marzo de 1999, por la que
se establecen las bases reguladoras para la concesión de determinadas
ayudas por la Secretaría General Técnica del Ministerio de Educación y
Cultura, en el artículo 81 de la Ley General Presupuestaria y en el Real
Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento
de Procedimiento para la concesión de subvenciones,
Esta Secretaría General Técnica ha resuelto:
Primero.-1. Anunciar las 36 plazas de Profesores de Enseñanza
Secundaria en las secciones españolas de los Institutos bilingües que se
indican en el anexo I.
2. Las personas seleccionadas serán contratadas como Profesores de
Enseñanza Secundaria en Institutos bilingües de diversos países de Europa
Central y Oriental por las correspondientes autoridades educativas de los
respectivos países, percibiendo unas retribuciones equivalentes a las de
un Profesor de Enseñanza Secundaria de dichos países, con derecho a
alojamiento y asistencia sanitaria.
3. Los Profesores españoles seleccionados deberán impartir las
enseñanzas correspondientes a la plaza adjudicada durante un curso académico
completo, que comenzará el 1 de septiembre de 1999 y concluirá el 30 de
junio de 2000 (excepto en Polonia, donde finalizará el 30 de agosto de 2000).
Segundo.-1. Los solicitantes deberán cumplir los siguientes
requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española.
b) Estar en posesión o encontrarse en condiciones de obtener, antes
de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, la
titulación requerida en la descripción de las plazas que se anuncian en el
anexo I.
c) No padecer enfermedad que imposibilite el ejercicio de la docencia.
d) Acreditar estar al corriente en el pago de sus obligaciones
tributarias.
2. En el supuesto de que los Profesores seleccionados por las
autoridades educativas de los países que se especifican en el anexo I fueran
funcionarios docentes de carrera, deberán solicitar el paso a la situación
administrativa de servicios especiales por participar en un programa de
cooperación internacional.
Tercero.-1. Las solicitudes se presentarán ante la Secretaría General
Técnica, Subdirección General de Cooperación Internacional, en el modelo
que se adjunta en el anexo II/1, junto con la documentación aneja,
preferentemente en el Registro Auxiliar del Ministerio de Educación y Cultura,
paseo del Prado, 28, 28071 Madrid, o en el Registro General, calle Los
Madrazo, 15, 28071 Madrid, pudiendo remitirse también por correo
certificado o presentarse en cualquiera de las dependencias que se relacionan
en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En caso de que se
opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre
abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el funcionario de
Correos antes de ser certificada. El plazo para la presentación de solicitudes
es de quince días naturales, contados a partir de la publicación en el
"Boletín Oficial del Estado" de la presente Resolución.
2. Las solicitudes deberán ir acompañadas de los documentos
(originales o fotocopias compulsadas) acreditativos de que el solicitante
cumple los requisitos establecidos en el apartado segundo de la presente
Resolución. No serán tenidas en cuenta las solicitudes que no aporten la
totalidad de los documentos requeridos, que serán los siguientes:
a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.
b) Currículum vitae (según el modelo que se adjunta en el anexo II/2).
c) Fotocopia compulsada del título de licenciado requerido para optar
a la plaza solicitada o documento acreditativo de haber efectuado el pago
de los derechos por su expedición.
d) Certificación académica personal, expedida por el centro
universitario correspondiente, en la que consten las calificaciones de todos los
cursos de licenciatura.
e) Certificados acreditativos de la experiencia docente del solicitante,
en el caso de que se alegue.
f) Certificados acreditativos de los demás méritos alegados y de estar
al corriente de pago de sus obligaciones tributarias.
g) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad
que imposibilite el ejercicio de la docencia.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la presente
Resolución, se requerirá al interesado para que en un plazo de diez días subsane
la falta o presente los documentos preceptivos, con indicación de que
si no lo hiciera así se le tendrá por desistido de su petición.
3. Se valorarán en especial el expediente académico, los cursos de
formación complementaria realizados, las publicaciones, la experiencia
docente y el conocimiento de idiomas.
4. Los solicitantes que hayan ocupado durante el curso 1998-1999
una plaza de las que se anunciaron por Resolución de 8 de julio de 1998
y soliciten la renovación de su contrato, estarán exentos de presentar
los documentos mencionados en el punto tercero.2.
Cuarto.-1. La selección corresponderá a las autoridades competentes
de los citados países. Una vez aceptadas por éstas las candidaturas, no
se admitirá renuncia a las mismas, salvo en caso de situaciones de gravedad,
debidamente justificadas.
2. Los solicitantes podrán ser convocados a una entrevista personal
y, una vez seleccionados, a una jornada de información en Madrid.
Quinto.-La relación de los candidatos seleccionados y no seleccionados
se expondrá en el tablón de anuncios de la Subdirección General de
Cooperación Internacional (paseo del Prado, 28, 28014 Madrid). Asimismo,
a los candidatos que resulten seleccionados se les notificará
individualmente su selección.
Sexto.-1. El Ministerio de Educación y Cultura contribuirá a este
programa con las siguientes ayudas, que serán abonadas con cargo al
crédito presupuestario 18.02.134A.480:
a) Una ayuda complementaria del sueldo para cada uno de los
licenciados seleccionados, por una cuantía máxima de 900.000 pesetas por
curso académico, correspondiente a doce mensualidades, cuyo importe
se librará, por meses, mediante transferencia a una cuenta bancaria abierta
en España a nombre de los interesados.
b) Una ayuda, en concepto de gastos de viaje de ida y regreso, de
150.000 pesetas, que se librará por transferencia a una cuenta bancaria
de los interesados en España en dos pagos de 75.000 pesetas, que se
realizarán en el último trimestre de 1999 y en el segundo trimestre de 2000,
respectivamente, corriendo a cargo del beneficiario gestionar la adquisición
de los títulos de transporte.
2. Una vez las autoridades y centros educativos de los distintos países
hayan comunicado al Ministerio de Educación y Cultura los Profesores
que han sido seleccionados para ser contratados, se efectuará la concesión
de estas ayudas por Resolución del Secretario general técnico.
3. Las ayudas citadas estarán condicionadas al estricto cumplimiento
de todas las obligaciones que comporte el puesto de trabajo para el que
cada Profesor es contratado.
4. A la finalización del contrato, los centros educativos o autoridades
contratantes remitirán a la Subdirección General de Cooperación
Internacional una certificación, en la que conste que los Profesores han cumplido
las obligaciones estipuladas y, asimismo, el Asesor técnico de Educación
del país correspondiente presentará un informe, en el que se haga constar
que se han logrado los objetivos previstos de promoción del español en
los Institutos bilingües.
Séptimo.-Los Profesores seleccionados tendrán las siguientes
obligaciones generales:
a) Deberán incorporarse a los puestos para los que hayan sido
seleccionados el 1 de septiembre de 1999.
b) Una vez suscrito el oportuno contrato con las autoridades
académicas correspondientes, pasarán a depender, a efectos académicos y
administrativos, de la Dirección del centro al que sean destinados, sin
perjuicio del cumplimiento de las obligaciones que, como beneficiarios
de la ayuda concedida por el Ministerio de Educación y Cultura, se
establecen en esta misma Resolución.
c) Informar al Asesor técnico de Educación de la Embajada de España
en el país correspondiente del desarrollo de su labor y de cualquier otro
extremo relacionado con el desempeño de su puesto de trabajo que le
sea requerido por dicho Asesor.
d) Impartir las enseñanzas que le sean encomendadas por la Dirección
del centro durante el período que conste en el contrato suscrito. El
incumplimiento del plazo temporal del mismo será causa de revocación de las
ayudas otorgadas y conllevará la devolución de las cantidades percibidas
hasta la fecha.
e) Atender las indicaciones del Asesor técnico de Educación
correspondiente, al objeto de justificar adecuadamente la percepción de las
ayudas concedidas, cumplimentando, en su caso, los documentos necesarios
para ello.
f) Someterse a las actuaciones de comprobación que pueda efectuar
el Ministerio de Educación y Cultura y las de control financiero que
corresponden a la Intervención General de la Administración del Estado, en
relación con las subvenciones y ayudas concedidas, y a las previstas en
la legislación del Tribunal de Cuentas.
g) Comunicar, en su caso, la obtención de cualquier otra subvención
o ayuda para la misma finalidad, procedente de cualesquiera
Administraciones o entes públicos, nacionales o internacionales.
Octavo.-Contra la presente Resolución, que entrará en vigor el día
siguiente al de su publicación y que agota la vía administrativa, podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo
establecido en los artículos 46 y concordantes de la Ley 29/1988, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Asimismo,
podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un
mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto
en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13
de enero.
Madrid, 10 de junio de 1999.-El Secretario general técnico, Tomás
González Cueto.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Cooperación Internacional.
ANEXO I
Plazas docentes en secciones españolas de Institutos bilingües en países de Europa Central y Oriental (curso 1999-2000)
Número de plazas Código de las plazas País Localidad Centro Titulación requerida
9910001FH Bulgaria.....Burgas....... I.B.deBurgas.................................Licenciado en Filología Hispánica...................... 1
9910002FH Bulgaria.....Plovdid...... I.B.dePlovdid................................Licenciado en Filología Hispánica...................... 1
9910003FH Bulgaria.....Sofía......... I.B."Miguel de Cervantes"....................Licenciado en Filología Hispánica...................... 1
9910004FH Bulgaria.....Varna........ I.B."F.Joliot Curie"...........................Licenciado en Filología Hispánica...................... 1
9920201FH Chequia......Brno......... I.B."Brno-Bystrc".............................Licenciado en Filología Hispánica...................... 1
9920201MF Chequia......Brno......... I.B."Brno-Bystrc".............................Licenciado en Matemáticas/Física...................... 1
9920201GH Chequia......Brno......... I.B."Brno-Bystrc".............................Licenciado en Geografía/Historia....................... 1
9920202FH Chequia......Praga.........Gymnázium "Budejovická 680"...............Licenciado en Filología Hispánica...................... 2
9920202MA Chequia......Praga.........Gymnázium "Budejovická 680"...............Licenciado en Matemáticas.............................. 1
9920202FQ Chequia......Praga.........Gymnázium "Budejovická 680"...............Licenciado en Física/Química........................... 1
9922801FH Eslovaquia . . . Bratislava . . . I. B. "Federico García Lorca".................Licenciado en Filología Hispánica...................... 1
9922801MF Eslovaquia . . . Bratislava . . . I. B. "Federico García Lorca".................Licenciado en Matemáticas/Física...................... 1
9922801QB Eslovaquia . . . Bratislava . . . I. B. "Federico García Lorca".................Licenciado en Química/Biología........................ 1
9922802FH Eslovaquia . . . KosÏice ........Gymnázium KosÏice-S¨aca ......................Licenciado en Filología Hispánica...................... 2
9922802MX Eslovaquia . . . KosÏice ........Gymnázium KosÏice-S¨aca ......................Licenciado en Matemáticas/Física/Química/Biología . 1
9922803FH Eslovaquia . . . Nitra.........Gymnázium "Párovská ul. 1"..................Licenciado en Filología Hispánica...................... 1
9922803MF Eslovaquia . . . Nitra.........Gymnázium "Párovská ul. 1"..................Licenciado en Matemáticas/Física...................... 1
9922803QB Eslovaquia . . . Nitra.........Gymnázium "Párovská ul. 1"..................Licenciado en Química/Biología........................ 1
9922804FH Eslovaquia . . . Trstená......Gymnázium "Martina Hattalu"...............Licenciado en Filología Hispánica...................... 1
9922804FI Eslovaquia . . . Trstená......Gymnázium "Martina Hattalu"...............Licenciado en Física...................................... 1
9922805FH Eslovaquia . . . Zilina......... I.B.deZilina...................................Licenciado en Filología Hispánica...................... 1
9934801FH Hungría......Budapest.... I.B."Károlyi Miháli"...........................Licenciado en Filología Hispánica...................... 1
9934801GH Hungría......Budapest.... I.B."Károlyi Miháli"...........................Licenciado en Geografía/Historia....................... 2
9934801MA Hungría......Budapest.... I.B."Károlyi Miháli"...........................Licenciado en Matemáticas.............................. 1
9934801FI Hungría......Budapest.... I.B."Károlyi Miháli"...........................Licenciado en Física...................................... 1
9934802FH Hungría......Debrecen.... I.B.deDebrecen..............................Licenciado en Filología Hispánica...................... 1
9961601FH Polonia......Cracovia.....Liceo N. o VI "Adam Mickiewicz".............Licenciado en Filología Hispánica...................... 2
9961602FH Polonia......Varsovia.....Liceo N. o XXXIV "Miguel de Cervantes".....Licenciado en Filología Hispánica...................... 3
9961602BI Polonia......Varsovia.....Liceo N. o XXXIV "Miguel de Cervantes".....Licenciado en Biología................................... 1
9964201FH Rumanía.....Bucarest.....Liceo Bilingüe "Miguel de Cervantes"........Licenciado en Filología Hispánica...................... 1
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid