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Documento BOE-A-1999-13173

Resolución de 10 de junio de 1999, de la Secretaría General Técnica, por la que se anuncian 36 plazas ofrecidas por los Departamentos de Educación de Bulgaria, Chequia, Eslovaquia, Hungría, Polonia y Rumania a licenciados españoles, que serán contratados como Profesores de Enseñanza Secundaria en secciones españolas de Institutos bilingües para el curso 1999-2000.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 14 de junio de 1999, páginas 22744 a 22748 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-13173

TEXTO ORIGINAL

En virtud de los Convenios de cooperación cultural, educativa y

científica vigentes entre España, por una parte, y Bulgaria, Chequia, Eslovaquia,

Hungría, Polonia y Rumania, por otra, los Departamentos de Educación

de los citados países ofrecen 36 plazas a licenciados españoles, que serán

contratados como Profesores de Enseñanza Secundaria para impartir en

español distintas áreas de educación secundaria en las secciones españolas

de los Institutos bilingües de estos países para el curso

académico 1999-2000.

En dichos Convenios se establece que la Administración educativa

española contribuirá a este programa con una ayuda complementaria de las

retribuciones que los Profesores españoles perciben de las autoridades

educativas competentes de los citados países y con otra en concepto de

gastos de viaje de ida y regreso.

Para dar cumplimiento a lo convenido, y de acuerdo con lo establecido

en el apartado segundo de la Orden de 4 de marzo de 1999, por la que

se establecen las bases reguladoras para la concesión de determinadas

ayudas por la Secretaría General Técnica del Ministerio de Educación y

Cultura, en el artículo 81 de la Ley General Presupuestaria y en el Real

Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento

de Procedimiento para la concesión de subvenciones,

Esta Secretaría General Técnica ha resuelto:

Primero.-1. Anunciar las 36 plazas de Profesores de Enseñanza

Secundaria en las secciones españolas de los Institutos bilingües que se

indican en el anexo I.

2. Las personas seleccionadas serán contratadas como Profesores de

Enseñanza Secundaria en Institutos bilingües de diversos países de Europa

Central y Oriental por las correspondientes autoridades educativas de los

respectivos países, percibiendo unas retribuciones equivalentes a las de

un Profesor de Enseñanza Secundaria de dichos países, con derecho a

alojamiento y asistencia sanitaria.

3. Los Profesores españoles seleccionados deberán impartir las

enseñanzas correspondientes a la plaza adjudicada durante un curso académico

completo, que comenzará el 1 de septiembre de 1999 y concluirá el 30 de

junio de 2000 (excepto en Polonia, donde finalizará el 30 de agosto de 2000).

Segundo.-1. Los solicitantes deberán cumplir los siguientes

requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española.

b) Estar en posesión o encontrarse en condiciones de obtener, antes

de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, la

titulación requerida en la descripción de las plazas que se anuncian en el

anexo I.

c) No padecer enfermedad que imposibilite el ejercicio de la docencia.

d) Acreditar estar al corriente en el pago de sus obligaciones

tributarias.

2. En el supuesto de que los Profesores seleccionados por las

autoridades educativas de los países que se especifican en el anexo I fueran

funcionarios docentes de carrera, deberán solicitar el paso a la situación

administrativa de servicios especiales por participar en un programa de

cooperación internacional.

Tercero.-1. Las solicitudes se presentarán ante la Secretaría General

Técnica, Subdirección General de Cooperación Internacional, en el modelo

que se adjunta en el anexo II/1, junto con la documentación aneja,

preferentemente en el Registro Auxiliar del Ministerio de Educación y Cultura,

paseo del Prado, 28, 28071 Madrid, o en el Registro General, calle Los

Madrazo, 15, 28071 Madrid, pudiendo remitirse también por correo

certificado o presentarse en cualquiera de las dependencias que se relacionan

en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En caso de que se

opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre

abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el funcionario de

Correos antes de ser certificada. El plazo para la presentación de solicitudes

es de quince días naturales, contados a partir de la publicación en el

"Boletín Oficial del Estado" de la presente Resolución.

2. Las solicitudes deberán ir acompañadas de los documentos

(originales o fotocopias compulsadas) acreditativos de que el solicitante

cumple los requisitos establecidos en el apartado segundo de la presente

Resolución. No serán tenidas en cuenta las solicitudes que no aporten la

totalidad de los documentos requeridos, que serán los siguientes:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.

b) Currículum vitae (según el modelo que se adjunta en el anexo II/2).

c) Fotocopia compulsada del título de licenciado requerido para optar

a la plaza solicitada o documento acreditativo de haber efectuado el pago

de los derechos por su expedición.

d) Certificación académica personal, expedida por el centro

universitario correspondiente, en la que consten las calificaciones de todos los

cursos de licenciatura.

e) Certificados acreditativos de la experiencia docente del solicitante,

en el caso de que se alegue.

f) Certificados acreditativos de los demás méritos alegados y de estar

al corriente de pago de sus obligaciones tributarias.

g) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad

que imposibilite el ejercicio de la docencia.

Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la presente

Resolución, se requerirá al interesado para que en un plazo de diez días subsane

la falta o presente los documentos preceptivos, con indicación de que

si no lo hiciera así se le tendrá por desistido de su petición.

3. Se valorarán en especial el expediente académico, los cursos de

formación complementaria realizados, las publicaciones, la experiencia

docente y el conocimiento de idiomas.

4. Los solicitantes que hayan ocupado durante el curso 1998-1999

una plaza de las que se anunciaron por Resolución de 8 de julio de 1998

y soliciten la renovación de su contrato, estarán exentos de presentar

los documentos mencionados en el punto tercero.2.

Cuarto.-1. La selección corresponderá a las autoridades competentes

de los citados países. Una vez aceptadas por éstas las candidaturas, no

se admitirá renuncia a las mismas, salvo en caso de situaciones de gravedad,

debidamente justificadas.

2. Los solicitantes podrán ser convocados a una entrevista personal

y, una vez seleccionados, a una jornada de información en Madrid.

Quinto.-La relación de los candidatos seleccionados y no seleccionados

se expondrá en el tablón de anuncios de la Subdirección General de

Cooperación Internacional (paseo del Prado, 28, 28014 Madrid). Asimismo,

a los candidatos que resulten seleccionados se les notificará

individualmente su selección.

Sexto.-1. El Ministerio de Educación y Cultura contribuirá a este

programa con las siguientes ayudas, que serán abonadas con cargo al

crédito presupuestario 18.02.134A.480:

a) Una ayuda complementaria del sueldo para cada uno de los

licenciados seleccionados, por una cuantía máxima de 900.000 pesetas por

curso académico, correspondiente a doce mensualidades, cuyo importe

se librará, por meses, mediante transferencia a una cuenta bancaria abierta

en España a nombre de los interesados.

b) Una ayuda, en concepto de gastos de viaje de ida y regreso, de

150.000 pesetas, que se librará por transferencia a una cuenta bancaria

de los interesados en España en dos pagos de 75.000 pesetas, que se

realizarán en el último trimestre de 1999 y en el segundo trimestre de 2000,

respectivamente, corriendo a cargo del beneficiario gestionar la adquisición

de los títulos de transporte.

2. Una vez las autoridades y centros educativos de los distintos países

hayan comunicado al Ministerio de Educación y Cultura los Profesores

que han sido seleccionados para ser contratados, se efectuará la concesión

de estas ayudas por Resolución del Secretario general técnico.

3. Las ayudas citadas estarán condicionadas al estricto cumplimiento

de todas las obligaciones que comporte el puesto de trabajo para el que

cada Profesor es contratado.

4. A la finalización del contrato, los centros educativos o autoridades

contratantes remitirán a la Subdirección General de Cooperación

Internacional una certificación, en la que conste que los Profesores han cumplido

las obligaciones estipuladas y, asimismo, el Asesor técnico de Educación

del país correspondiente presentará un informe, en el que se haga constar

que se han logrado los objetivos previstos de promoción del español en

los Institutos bilingües.

Séptimo.-Los Profesores seleccionados tendrán las siguientes

obligaciones generales:

a) Deberán incorporarse a los puestos para los que hayan sido

seleccionados el 1 de septiembre de 1999.

b) Una vez suscrito el oportuno contrato con las autoridades

académicas correspondientes, pasarán a depender, a efectos académicos y

administrativos, de la Dirección del centro al que sean destinados, sin

perjuicio del cumplimiento de las obligaciones que, como beneficiarios

de la ayuda concedida por el Ministerio de Educación y Cultura, se

establecen en esta misma Resolución.

c) Informar al Asesor técnico de Educación de la Embajada de España

en el país correspondiente del desarrollo de su labor y de cualquier otro

extremo relacionado con el desempeño de su puesto de trabajo que le

sea requerido por dicho Asesor.

d) Impartir las enseñanzas que le sean encomendadas por la Dirección

del centro durante el período que conste en el contrato suscrito. El

incumplimiento del plazo temporal del mismo será causa de revocación de las

ayudas otorgadas y conllevará la devolución de las cantidades percibidas

hasta la fecha.

e) Atender las indicaciones del Asesor técnico de Educación

correspondiente, al objeto de justificar adecuadamente la percepción de las

ayudas concedidas, cumplimentando, en su caso, los documentos necesarios

para ello.

f) Someterse a las actuaciones de comprobación que pueda efectuar

el Ministerio de Educación y Cultura y las de control financiero que

corresponden a la Intervención General de la Administración del Estado, en

relación con las subvenciones y ayudas concedidas, y a las previstas en

la legislación del Tribunal de Cuentas.

g) Comunicar, en su caso, la obtención de cualquier otra subvención

o ayuda para la misma finalidad, procedente de cualesquiera

Administraciones o entes públicos, nacionales o internacionales.

Octavo.-Contra la presente Resolución, que entrará en vigor el día

siguiente al de su publicación y que agota la vía administrativa, podrá

interponerse recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo

establecido en los artículos 46 y concordantes de la Ley 29/1988, de 13 de

julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Asimismo,

podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un

mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto

en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13

de enero.

Madrid, 10 de junio de 1999.-El Secretario general técnico, Tomás

González Cueto.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Cooperación Internacional.

ANEXO I

Plazas docentes en secciones españolas de Institutos bilingües en países de Europa Central y Oriental (curso 1999-2000)

Número de plazas Código de las plazas País Localidad Centro Titulación requerida

9910001FH Bulgaria.....Burgas....... I.B.deBurgas.................................Licenciado en Filología Hispánica...................... 1

9910002FH Bulgaria.....Plovdid...... I.B.dePlovdid................................Licenciado en Filología Hispánica...................... 1

9910003FH Bulgaria.....Sofía......... I.B."Miguel de Cervantes"....................Licenciado en Filología Hispánica...................... 1

9910004FH Bulgaria.....Varna........ I.B."F.Joliot Curie"...........................Licenciado en Filología Hispánica...................... 1

9920201FH Chequia......Brno......... I.B."Brno-Bystrc".............................Licenciado en Filología Hispánica...................... 1

9920201MF Chequia......Brno......... I.B."Brno-Bystrc".............................Licenciado en Matemáticas/Física...................... 1

9920201GH Chequia......Brno......... I.B."Brno-Bystrc".............................Licenciado en Geografía/Historia....................... 1

9920202FH Chequia......Praga.........Gymnázium "Budejovická 680"...............Licenciado en Filología Hispánica...................... 2

9920202MA Chequia......Praga.........Gymnázium "Budejovická 680"...............Licenciado en Matemáticas.............................. 1

9920202FQ Chequia......Praga.........Gymnázium "Budejovická 680"...............Licenciado en Física/Química........................... 1

9922801FH Eslovaquia . . . Bratislava . . . I. B. "Federico García Lorca".................Licenciado en Filología Hispánica...................... 1

9922801MF Eslovaquia . . . Bratislava . . . I. B. "Federico García Lorca".................Licenciado en Matemáticas/Física...................... 1

9922801QB Eslovaquia . . . Bratislava . . . I. B. "Federico García Lorca".................Licenciado en Química/Biología........................ 1

9922802FH Eslovaquia . . . KosÏice ........Gymnázium KosÏice-S¨aca ......................Licenciado en Filología Hispánica...................... 2

9922802MX Eslovaquia . . . KosÏice ........Gymnázium KosÏice-S¨aca ......................Licenciado en Matemáticas/Física/Química/Biología . 1

9922803FH Eslovaquia . . . Nitra.........Gymnázium "Párovská ul. 1"..................Licenciado en Filología Hispánica...................... 1

9922803MF Eslovaquia . . . Nitra.........Gymnázium "Párovská ul. 1"..................Licenciado en Matemáticas/Física...................... 1

9922803QB Eslovaquia . . . Nitra.........Gymnázium "Párovská ul. 1"..................Licenciado en Química/Biología........................ 1

9922804FH Eslovaquia . . . Trstená......Gymnázium "Martina Hattalu"...............Licenciado en Filología Hispánica...................... 1

9922804FI Eslovaquia . . . Trstená......Gymnázium "Martina Hattalu"...............Licenciado en Física...................................... 1

9922805FH Eslovaquia . . . Zilina......... I.B.deZilina...................................Licenciado en Filología Hispánica...................... 1

9934801FH Hungría......Budapest.... I.B."Károlyi Miháli"...........................Licenciado en Filología Hispánica...................... 1

9934801GH Hungría......Budapest.... I.B."Károlyi Miháli"...........................Licenciado en Geografía/Historia....................... 2

9934801MA Hungría......Budapest.... I.B."Károlyi Miháli"...........................Licenciado en Matemáticas.............................. 1

9934801FI Hungría......Budapest.... I.B."Károlyi Miháli"...........................Licenciado en Física...................................... 1

9934802FH Hungría......Debrecen.... I.B.deDebrecen..............................Licenciado en Filología Hispánica...................... 1

9961601FH Polonia......Cracovia.....Liceo N. o VI "Adam Mickiewicz".............Licenciado en Filología Hispánica...................... 2

9961602FH Polonia......Varsovia.....Liceo N. o XXXIV "Miguel de Cervantes".....Licenciado en Filología Hispánica...................... 3

9961602BI Polonia......Varsovia.....Liceo N. o XXXIV "Miguel de Cervantes".....Licenciado en Biología................................... 1

9964201FH Rumanía.....Bucarest.....Liceo Bilingüe "Miguel de Cervantes"........Licenciado en Filología Hispánica...................... 1

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