Visto el expediente de indulto de don José Jorge González Fernández,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
condenado por el Juzgado de lo Penal número 4 de Oviedo, en sentencia
de fecha 19 de enero de 1994, como autor de un delito de robo con fuerza
en las cosas, a la pena de dos meses y un día de arresto mayor, con
las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio
durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1992,
a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo
de Ministros en su reunión del día 21 de mayo de 1999,
Vengo en conmutar a don José Jorge González Fernández la pena
privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de ochenta
días-multa, a satisfacer en cuotas diarias de 1.000 pesetas, cuyo inicio y forma
de cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador, a
condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años,
desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 21 de mayo de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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