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Documento BOE-A-1999-13455

Resolución de 8 de junio de 1999, de la Dirección General de Cooperación y Comunicación Cultural, por la que se convocan las «becas del Ministerio de Educación y Cultura (Secretaría de Estado de Cultura) para la ampliación de estudios artísticos en los Estados Unidos de América (curso 2000-2001)».

Publicado en:
«BOE» núm. 144, de 17 de junio de 1999, páginas 23300 a 23302 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-13455

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y Cultura (Secretaría de Estado de Cultura)

desarrolla una política de promoción cultural, a través de actuaciones

y programas concretos de cooperación con los diversos ámbitos de la

cultura, con especial atención a la proyección internacional.

Una parte de estas actividades -la formación y ampliación de estudios

en elexterior es prioridad de esta Secretaría de Estado, y cobra especial

relevancia, por cuanto incide directamente en la creación, difusión y

producción de obras culturales.

Consciente de la importancia de esas actividades y con el propósito

de estimular la cooperación cultural y educativa entre España y los Estados

Unidos de América, el Ministerio de Cultura suscribió un Acuerdo con

la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España

y los Estados Unidos de América, en virtud del cual el Ministerio de

Educación y Cultura (Secretaría de Estado de Cultura) financiará un programa

de becas para la ampliación de estudios artísticos en ese país.

En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el punto sexto

de la Orden de 6 de febrero de 1992 ("Boletín Oficial del Estado"

del 21), dispongo:

Primero.-Convocar por quinto año y en régimen de concurrencia

competitiva, en colaboración con la Comisión de Intercambio Cultural,

Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América, las

becas del Ministerio de Educación y Cultura (Secretaría de Estado de

Cultura) para la ampliación de estudios artísticos en los Estados Unidos

de América, con arreglo a las bases que se especifican en el anexo de

la presente Resolución.

Segundo.-La financiación de estas becas, por un importe total de

45.000.000 de pesetas (270.455,45 euros), se realizará con cargo al crédito

18.15.134B.488 de los vigentes Presupuestos Generales del Estado.

Tercero.-La presente convocatoria estará sujeta a lo dispuesto en los

artículos 81 y 82 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria,

en el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, y en la Orden de 6

de febrero de 1992.

Cuarto.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al

de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 8 de junio de 1999.-El Director general, Rafael Rodríguez-Ponga

y Salamanca.

ANEXO

Bases de la convocatoria de becas del Ministerio de Educación y Cultura

(Secretaría de Estado de Cultura) para la ampliación de estudios

artísticos en los Estados Unidos de América (curso 2000-2001)

I. Objetivo y gestión de las becas

1. La finalidad de las "becas del Ministerio de Educación y Cultura

(Secretaría de Estado de Cultura) para la ampliación de estudios artísticos

en los Estados Unidos de América" es contribuir a la formación de los

españoles que deseen ampliar estudios artísticos en universidades y

centros de dicho país y especializarse en uno de los siguientes campos: Artes

Audiovisuales, Escénicas y Plásticas; Música y Musicología; Museología,

y Conservación del Patrimonio.

2. La Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre

España y los Estados Unidos de América (en adelante "la Comisión") se

encargará de la gestión de las becas.

II. Requisitos de los solicitantes

Los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española. No podrán participar en esta

convocatoria las personas que sean residentes permanentes en los Estados

Unidos de América, o sean beneficiarios de la doble nacionalidad,

estadounidense y española.

b) Poseer título de Licenciado o Doctor expedido por una universidad

española. Excepcionalmente, y sólo en el caso de algunas especialidades

de creación artística y de proyectos sin objetivo de titulación en los Estados

Unidos de América, el Comité de selección valorará otros niveles de

formación académica en sustitución del título superior.

En el caso de los títulos otorgados por centros españoles no estatales,

deberán estar homologados o reconocidos oficialmente o en trámite de

homologación en el momento del cierre de la convocatoria.

c) Poseer un excelente conocimiento del idioma inglés -hablado y

escrito en el momento de formalizar la solicitud.

III. Formalización y plazo de presentación de solicitudes

1. Los impresos de solicitud se facilitarán en:

Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España

y los Estados Unidos de América, paseo General Martínez Campos, 24

bis, 28010 Madrid, teléfonos (91) 308 24 36 ó 319 11 26, fax (91) 308

57 04 (e-mail: adviser U comisión-fulbright.org.)

(http://www.fulbright.es/comisión/becas).

2. El plazo de presentación de solicitudes dará comienzo el día

siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado"

y finalizará el día 16 de julio de 1999.

Los candidatos deberán presentar su solicitud con toda la

documentación aneja, en la Comisión, o enviarla con fecha de matasellos no posterior

al 16 de julio de 1999. El horario de la Comisión para la entrega de

documentación es de lunes a viernes, de ocho treinta a catorce horas.

3. La solicitud deberá presentarse, por cuadruplicado, con la

documentación que se detalla a continuación, ordenada e identificada de la

manera siguiente:

a) Proyecto de estudios que quiere desarrollar en los Estados Unidos

(5 folios como máximo o 4.000 palabras como máximo). La explicación

debe seguir el esquema siguiente:

Objetivo: Descripción del proyecto y de la especialidad elegida, así

como la titulación académica que quiere conseguir, si procede.

Importancia: Explicación de la importancia del proyecto para su campo,

su propio desarrollo académico y profesional, y para España.

Motivación: Motivo que le induce a estudiar en los Estados Unidos

de América. En orden de preferencia, indique tres universidades en las

que podría realizar su proyecto y la razón de su elección.

b) "Currículum vitae" en español y fotocopia del documento nacional

de identidad.

c) Cuatro informes confidenciales en impresos facilitados con la

solicitud. De acuerdo con las instrucciones que figuran en los mismos, los

firmantes, bien sean profesores universitarios o personas elegidas por su

relación académica o profesional, deberán proporcionar los originales

directamente al solicitante en un sobre cerrado.

d) Copia compulsada del certificado académico de estudios. Los

solicitantes que estén en su último año de carrera deberán presentar dicho

certificado antes de las 14 horas del 6 de septiembre de 1999.

e) Copia compulsada del título. En su defecto, se deberán aportar,

antes de las catorce horas del 6 de septiembre de 1999, fotocopia del

justificante de haberlo solicitado.

f) Una fotografía reciente grapada a la copia original de la solicitud.

g) Material de apoyo (una copia o juego):

Carpetas, fotografías, transparencias, cintas de vídeo (sistemas PAL

y VHS) y/o casetes.

Ejemplares de libros, guiones, manuscritos, etc.

Ejemplares de programas, catálogos y reseñas críticas.

No se admitirán discos, CDs, películas cinematográficas o diapositivas

de 35 mm. La Comisión no se responsabilizará del material de apoyo

presentado.

Documentación adicional (opcional):

h) Test of English as a Foreign Language (TOEFL). Fotocopia de los

resultados con una puntuación mínima de 250 en el Computer-based Test

(CBT) o de 600 (sistema antiguo).

Los candidatos, una vez seleccionados, deberán solicitar el envío directo

a la Comisión de los resultados de los siguientes exámenes obligatorios:

a) Test of English as a Foreign Language (TOEFL). Código:

Commission for Educational Exchange U.S./Spain, Madrid (9214).

b) Test of Written English (TWE): sólo guionistas. Código: Commission

for Educational Exchange U.S./Spain, Madrid (9214).

c) Graduate Record Examination (GRE) General. Código: United

States Educational Conm. Spain (R9214, Dpto. 0000).

d) Graduate Record Examination (GRE) Subject Test in Music, caso

de ser aplicable. Código: United States Educational Conm. Spain (R9214,

Dpto. 0000).

Los resultados de estos exámenes deberán estar en la Comisión antes

del 30 de diciembre de 1999.

IV. Dotación de las becas

1. Las becas estarán dotadas por los siguientes conceptos:

a) Viaje de ida y vuelta, incluyendo el trayecto para asistir a un curso

preacadémico de verano, según proceda.

b) Asignación mensual hasta un máximo de 1.500 dólares en concepto

de alojamiento, manutención y gastos adicionales durante el período

autorizado de estancia en los Estados Unidos de América.

c) Un máximo de 20.000 dólares para gastos de matrícula y tasas

obligatorias de la universidad o centro especializado de destino. La

cantidad se fijará en función del calendario académico de la universidad de

destino, curso 2000-2001, de acuerdo con los objetivos académicos

autorizados al becario antes de su salida de España.

d) Asignación única de 1.500 dólares, como máximo, para la compra

de libros, material y gastos de primer establecimiento.

2. Adicionalmente, las dotaciones de las becas comprenderán los

siguientes servicios prestados por las instituciones gestoras

estadounidenses:

a) Tramitación de acceso a las universidades norteamericanas, gestión

y administración posterior de la beca.

b) Servicios de apoyo y asesoría a través de una red de oficinas

regionales en los Estados Unidos de América durante el período de la beca.

c) Participación en seminarios e invitaciones a actividades culturales,

científicas y de otra índole, organizados por el programa Fulbright, según

disponibilidad de fondos del Gobierno de los Estados Unidos de América.

d) Orientación antes de la salida de España, así como un posible

curso preacadémico de verano en una universidad norteamericana.

e) Suscripción de una póliza de seguro de enfermedad y accidentes

para el becario, con una cobertura máxima de 50.000 dólares, quedando

excluido el tratamiento de enfermedades preexistentes y servicios de

odontología.

f) Emisión de la documentación necesaria para la obtención de un

visado "Exchange visitor (J-1)" para el becario y los correspondientes para

los familiares acompañantes a su cargo.

V. Período de disfrute, pagos y renuncias

1. El período de disfrute de estas becas se establecerá según el

calendario de la universidad o centro especializado de destino. La duración

mínima es de seis meses y la máxima de doce. Dicho período deberá estar

comprendido entre el verano u otoño del año 2000 y el verano del 2001,

no podrá posponerse a otro curso académico sin la autorización previa

de la Comisión.

2. Las posibilidades de obtener renovación para un segundo año son

limitadas. Los interesados han de presentar una petición a la Comisión

antes del 15 de enero del año 2001.

3. El pago de la beca se hará por trimestres adelantados.

4. La Comisión se reserva el derecho de solicitar al becario los

informes oportunos.

5. La renuncia a la beca, sin causa justificada, o el regreso a España

antes del término de la misma, obliga al becario a reembolsar la cantidad

recibida correspondiente. La Comisión determinará la validez de la

renuncia.

VI. Proceso de selección

1. El proceso de preselección se realizará en virtud de la

documentación presentada por el solicitante de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Proyecto de estudios.

b) Conocimientos y méritos del aspirante.

c) Experiencia profesional.

d) Capacidad creativa según material de apoyo.

e) Relevancia académica y artística de los centros de preferencia del

solicitante.

f) Interés del proyecto para España y los Estados Unidos de América

y sus instituciones, en su caso.

g) Informes confidenciales.

Se dará preferencia a aquellos candidatos que no hayan realizado

previamente estudios universitarios en los Estados Unidos de América.

2. Posteriormente, en el otoño de 1999, a los solicitantes

preseleccionados se les convocará a las siguientes pruebas eliminatorias:

a) Examen de inglés: Sólo en el caso de no haber presentado un

resultado de TOEFL -mínimo 237 en el Computer-based Test (CBT) ó 580 (sistema

antiguo).

b) Entrevista personal. Los solicitantes preseleccionados y con el nivel

de inglés exigido deberán mantener una entrevista personal con el Comité

de Evaluación formado por un representante del Ministerio de Educación

y Cultura (Secretaría de Estado de Cultura) y dos de la Comisión.

El Comité valorará no sólo el interés intrínseco del proyecto, sino la

defensa que el solicitante haga del mismo, así como su madurez, motivación,

iniciativa, capacidad creativa y experiencia profesional, si procede.

3. El Comité de Evaluación elevará una relación de candidatos

seleccionados y suplentes, si los hubiere, a la ComisiónyalaSecretaría de

Estado de Cultura para su resolución definitiva antes del 30 de noviembre

de 1999 y su posterior publicación en el "Boletín Oficial del Estado". La

Comisión, en su caso, presentará la Resolución definitiva al "J. William

Fulbright Foreign Scholarship Board" de los Estados Unidos de América.

4. La Comisión conservará las solicitudes denegadas sólo durante un

período de tres meses a partir de la fecha de comunicación de la denegación.

5. Las solicitudes de esta convocatoria podrán ser transferidas a otros

programas de becas que administra la Comisión; a los interesados se les

comunicaría si así se determinase.

VII. Gestión de acceso a las universidades y centros norteamericanos

A los candidatos finalistas se les facilitará un impreso de solicitud

que deberán rellenar en inglés y que se utilizará para gestionar el acceso

a las universidades o centros de los Estados Unidos de América. Los

solicitantes que no rellenen este impreso en el plazo y forma requeridos

perderán su condición de finalista. Asimismo, la Comisión solicitará cuatro

copias de trabajos escritos, grabaciones en vídeo (sistema NTSC) o casete,

según proceda, y/o cualquier documentación adicional que estime

necesario o que exijan las instituciones estadounidenses.

VIII. Obligaciones de los becarios

1. Presentar el documento que acredite el acceso a una universidad

o centro especializado en los Estados Unidos de América.

2. Responder con dedicación y aprovechamiento a las exigencias

académicas y/o profesionales de la institución estadounidense y a las

condiciones del programa Fulbright.

3. Enviar los informes requeridos por la agencia colaboradora del

programa Fulbright en los Estados Unidos de América.

4. Permanecer en el centro donde desarrolle su proyecto de estudios.

Cualquier petición para ausentarse del centro o cambiar temporal o

permanentemente del mismo, modificar el proyecto de estudios, trasladarse

temporalmente a España o regresar antes del término del período

autorizado, deberá plantearse a la Comisión para su aprobación.

5. Hacer constar que tiene una beca patrocinada por el Ministerio

de Educación y Cultura (Secretaría de Estado de Cultura) de España,

administrada por la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y

Científico entre España y los Estados Unidos de América, en cualquier

publicación, proyecto u obra realizada durante su estancia en los Estados Unidos

de América o como consecuencia de ésta.

6. Regresar al país de origen una vez finalizado su programa de

estudios, de acuerdo con las exigencias del visado J-1, comprometiéndose a

no fijar residencia permanente en los Estados Unidos durante los dos

años siguientes. La exención de esta norma sólo es posible con la

aprobación explícita de los Gobiernos de España y de los Estados Unidos de

América y se concede excepcionalmente.

7. Suscribir para cada familiar que le acompañe un seguro

complementario, con una cobertura mínima de 50.000 dólares por enfermedad

y/o accidente.

IX. Incompatibilidades

1. Disfrutar de cualquier otro tipo de beca o de ayuda económica

concedida por iguales o similares conceptos sin la autorización previa

de la Comisión.

2. No podrán disfrutar de las becas que se incluyen en esta

convocatoria aquellas personas que en la fecha de su publicación, por razón

de su cargo o función, puedan influir directa o indirectamente en el proceso

de selección. Sólo después de transcurrido un año desde el cese en el

cargo, estarán exentas de esta restricción.

3. Haber sido becario de un programa Fulbright en los últimos tres

años.

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