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Documento BOE-A-1999-1355

Resolución de 11 de diciembre de 1998, del Departamento de Cultura, de incoación de expediente para la delimitación del entorno de protección del castillo de «La Sala de Comalats», en Passanant (Conca de Barberà).

Publicado en:
«BOE» núm. 17, de 20 de enero de 1999, páginas 2799 a 2800 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1999-1355

TEXTO ORIGINAL

El castillo de «La Sala de Comalats» se considera bien cultural de interés nacional en virtud de la disposición adicional primera de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán.

Visto el informe de la Dirección General del Patrimonio Cultural favorable a la incoación del expediente para la delimitación del entorno de protección de este monumento;

Considerando lo que dispone la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, resuelvo:

Primero.

Incoar expediente de delimitación del entorno de protección del castillo de «La Sala de Comalats». Este entorno consta grafiado en el plano que figura en el expediente administrativo.

Segundo.

Notificar esta Resolución a los interesados, dar traslado de la misma al Alcalde de Passanant y hacerle saber que de acuerdo con lo que establece el artículo 9.3 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, esta incoación comporta la suspensión de la tramitación de las licencias de parcelación, edificación o derribo en la zona afectada y también la suspensión de los efectos de las licencias ya concedidas. No obstante, el Departamento de Cultura puede autorizar la realización de las obras que sea manifiesto que no perjudiquen los valores culturales del bien. Esta autorización debe ser previa a la concesión de la licencia municipal, excluyendo que se trate de licencias concedidas antes de la publicación de la presente Resolución.

Tercero.

Abrir un período de información pública, de acuerdo con lo que prevén el artículo 8.2 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, y el artículo 7.2 del Decreto 267/1991, de 25 de noviembre, sobre la declaración de bienes de interés cultural y el inventario del patrimonio cultural mueble de Cataluña.

Durante el plazo de un mes a contar desde la publicación de esta Resolución en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña», el expediente estará a disposición de todos aquellos que lo quieran examinar en la sede de los Servicios Territoriales del Departamento de Cultura en Tarragona, calle Major, 14, 43003 Tarragona. Durante este plazo se podrá alegar lo que se considere conveniente sobre dicho expediente.

Cuarto.

Comunicar esta Resolución al Registro de Bienes Culturales de Interés Nacional de Cataluña para su anotación preventiva y dar traslado de la misma al Registro General de Bienes de Interés Cultural de la Administración del Estado.

Barcelona, 11 de diciembre de 1998.‒El Consejero, Joan M. Pujals i Vallvè.

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