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Documento BOE-A-1999-13554

Orden de 8 de junio de 1999 por la que se resuelve convocatoria del concurso específico (referencia FE3/99) para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Departamento.

Publicado en:
«BOE» núm. 146, de 19 de junio de 1999, páginas 23561 a 23564 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1999-13554

TEXTO ORIGINAL

Anunciada por Orden de 23 de marzo de 1999 ("Boletín Oficial

del Estado" de 10 de abril), convocatoria pública para cubrir, por

el sistema de concurso específico (referencia FE3/99), puestos

de trabajo vacantes en el Departamento, de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 20.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según redacción

dada al mismo por el artículo 1 de la Ley 23/1988, de 28 de

julio, de modificación de la anterior, y previo cumplimiento de

las normas establecidas en el título III, capítulo II, del Reglamento

General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración

General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y

Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la

Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo, y de las bases de dicha convocatoria,

Este Ministerio, en uso de las atribuciones conferidas por el

artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización

y Funcionamiento de la Administración General del Estado, ha

resuelto:

Primero.-Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración

de Méritos, adjudicando los puestos de trabajo de la referida

convocatoria, a los funcionarios y en los términos que se expresan

en el anexo a la presente, en el que se han introducido las

modificaciones correspondientes a los puestos de trabajo afectados por

lo dispuesto en la Resolución de 18 de junio de 1998, de la

Secretaría de Estado para la Administración Pública por la que se ordena

la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de

junio de 1998, por el que se aprueba el Acuerdo

Administración-Sindicatos sobre Ordenación de las Retribuciones.

Segundo.-Declarar desiertos los puestos que se especifican

en el anexo, por no alcanzar en los mismos los candidatos las

puntuaciones mínimas a que se refiere la base segunda de la

convocatoria o no haber petición alguna para cubrirlos.

Tercero.-El plazo para tomar posesión del nuevo destino será

de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia del

funcionario, o de un mes, si comporta cambio de residencia o el

reingreso al servicio activo. Dicho plazo comenzará a contarse

a partir del día siguiente al de cese, el cual deberá efectuarse

dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de esta

Orden en el "Boletín Oficial del Estado". Si la resolución comporta

el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá

computarse desde dicha publicación.

Cuarto.-El personal que ha obtenido destino a través de este

concurso no podrá participar en concursos de méritos que

convoque tanto la Administración del Estado como las Comunidades

Autónomas hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma

de posesión del puesto adjudicado, salvo lo prevenido por el

apartado 2 del artículo 41 del citado Reglamento General.

Quinto.-Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo

que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se hubiera

obtenido otro destino, bien por el sistema de libre designación

o por el de concurso, convocados por otros Departamentos o

Comunidades Autónomas. Asimismo, se considerarán de carácter

voluntario y, en consecuencia, no generarán derecho al cobro de

indemnización por concepto alguno.

Sexto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa (disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997,

de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la

Administración General del Estado), cabe recurso

contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del

Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, con

arreglo a lo dispuesto en los artículos 9.a) y 14.2 de la

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados desde

el día siguiente al de su publicación (artículo 46.1 de la precitada

Ley), o, potestativamente y con carácter previo, recurso

administrativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en

el plazo de un mes (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción

dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero).

Madrid, 8 de junio de 1999.-P. D. (Orden de 30 de mayo

de 1996, "Boletín Oficial del Estado" de 1 de junio), el

Subsecretario, Víctor Calvo-Sotelo Ibáñez-Martín.

Subsecretaría del Departamento.

ANEXO (VER IMÁGENES PÁGINAS 23562 A 23564)

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