Anunciada por Orden de 23 de marzo de 1999 ("Boletín Oficial
del Estado" de 10 de abril), convocatoria pública para cubrir, por
el sistema de concurso específico (referencia FE3/99), puestos
de trabajo vacantes en el Departamento, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 20.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,
de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según redacción
dada al mismo por el artículo 1 de la Ley 23/1988, de 28 de
julio, de modificación de la anterior, y previo cumplimiento de
las normas establecidas en el título III, capítulo II, del Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, y de las bases de dicha convocatoria,
Este Ministerio, en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización
y Funcionamiento de la Administración General del Estado, ha
resuelto:
Primero.-Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración
de Méritos, adjudicando los puestos de trabajo de la referida
convocatoria, a los funcionarios y en los términos que se expresan
en el anexo a la presente, en el que se han introducido las
modificaciones correspondientes a los puestos de trabajo afectados por
lo dispuesto en la Resolución de 18 de junio de 1998, de la
Secretaría de Estado para la Administración Pública por la que se ordena
la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de
junio de 1998, por el que se aprueba el Acuerdo
Administración-Sindicatos sobre Ordenación de las Retribuciones.
Segundo.-Declarar desiertos los puestos que se especifican
en el anexo, por no alcanzar en los mismos los candidatos las
puntuaciones mínimas a que se refiere la base segunda de la
convocatoria o no haber petición alguna para cubrirlos.
Tercero.-El plazo para tomar posesión del nuevo destino será
de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia del
funcionario, o de un mes, si comporta cambio de residencia o el
reingreso al servicio activo. Dicho plazo comenzará a contarse
a partir del día siguiente al de cese, el cual deberá efectuarse
dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de esta
Orden en el "Boletín Oficial del Estado". Si la resolución comporta
el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá
computarse desde dicha publicación.
Cuarto.-El personal que ha obtenido destino a través de este
concurso no podrá participar en concursos de méritos que
convoque tanto la Administración del Estado como las Comunidades
Autónomas hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma
de posesión del puesto adjudicado, salvo lo prevenido por el
apartado 2 del artículo 41 del citado Reglamento General.
Quinto.-Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo
que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se hubiera
obtenido otro destino, bien por el sistema de libre designación
o por el de concurso, convocados por otros Departamentos o
Comunidades Autónomas. Asimismo, se considerarán de carácter
voluntario y, en consecuencia, no generarán derecho al cobro de
indemnización por concepto alguno.
Sexto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía
administrativa (disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997,
de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la
Administración General del Estado), cabe recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, con
arreglo a lo dispuesto en los artículos 9.a) y 14.2 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente al de su publicación (artículo 46.1 de la precitada
Ley), o, potestativamente y con carácter previo, recurso
administrativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en
el plazo de un mes (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción
dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero).
Madrid, 8 de junio de 1999.-P. D. (Orden de 30 de mayo
de 1996, "Boletín Oficial del Estado" de 1 de junio), el
Subsecretario, Víctor Calvo-Sotelo Ibáñez-Martín.
Subsecretaría del Departamento.
ANEXO (VER IMÁGENES PÁGINAS 23562 A 23564)
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