De conformidad con lo establecido en los artículos 454, 455
y 494.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, así como en el
artículo 23 del Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales,
Auxiliares y Agentes, aprobado por Real Decreto 249/1996, de
16 de febrero,
Este Departamento de Justicia ha resuelto adjudicar destinos
en los órganos judiciales que se relacionan en anexo I a los
funcionarios del Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia
nombrados por Resolución de 5 de abril de 1999 ("Boletín Oficial
del Estado" de 5 de mayo):
Primero.-Los Oficiales de la Administración de Justicia a los
que se otorga destino deberán tomar posesión de su cargo dentro
de los veinte días naturales siguientes al de la fecha de publicación
de esta Orden en el "Boletín Oficial del Estado".
Segundo.-Los funcionarios interinos que actualmente ocupen
plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados
cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del
titular.
Tercero.-En cumplimiento de la legislación sobre
incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública
(Ley 53/1974, de 2 de diciembre), aplicable al personal al servicio
de la Administración de Justicia, en virtud del artículo 489 de
la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio; artículo
único de la Ley Orgánica 1/1985, de 18 de enero, y
artículos 79 y concordantes del vigente Reglamento Orgánico (Real
Decreto 249/1996, de 16 de febrero), aquellos aspirantes que
ostenten ya la condición de funcionarios públicos deberán
manifestar opción en el acta de toma de posesión.
En el caso de que un funcionario el Cuerpo de Auxiliares o
Agentes de la Administración de Justicia acceda al Cuerpo de
Oficiales de la Administración de Justicia por el turno libre, deberá
tener en cuenta las siguientes observaciones:
1. Si desea permanecer en activo en el Cuerpo de origen y
en situación de excedencia en aquel al que accede deberá
manifestar esta opción en el acta de toma de posesión, regresando
a continuación a su destino y Cuerpo de origen.
Copia del acta de toma de posesión, opción y cese será remitida
por el Secretario del órgano judicial correspondiente a la Dirección
de Ordenación de Recursos Humanos, siéndole concedida la
excedencia de oficio en el nuevo Cuerpo.
2. En caso de no manifestar la opción citada se entenderá
que opta por el nuevo puesto y la Dirección de Ordenación de
Recursos Humanos le concederá la excedencia de oficio en el
Cuerpo de Auxiliares o de Agentes de la Administración de Justicia,
en cuyo destino se les tendrá por cesados de forma automática
con la misma fecha en que se produzca la toma de posesión en
el Cuerpo de Oficiales, al objeto de evitar interrupción en la
percepción de sus haberes.
Copia de dicha acta de posesión y opción será remitida por
el Secretario del órgano judicial correspondiente a la Dirección
de Ordenación de Recursos Humanos y al órgano judicial de
origen.
Cuarto.-Los Oficiales de la Administración de Justicia a los
que se otorga destino en virtud de esta Orden, no obstante haber
sido destinados con carácter forzoso por el orden de calificación
según sus preferencias (artículo 23 del Reglamento Orgánico),
no podrán participar en concurso de traslado hasta que transcurra
un año desde de la toma de posesión de su cargo, de acuerdo
con lo establecido en el artículo 495.2 de la Ley Orgánica 6/1985,
de 1 de julio, del Poder Judicial.
Contra la presente Orden podrán los interesados formular
recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el Consejero
de Justicia, Trabajo y Seguridad Social o recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
su domicilio o de Vitoria-Gasteiz en el plazo de dos meses
siguientes, contados a partir de la publicación de esta Orden en el "Boletín
Oficial del Estado".
Vitoria-Gasteiz, 27 de mayo de 1999.-El Consejero, Sabin
Intxaurraga Mendíbil.
ANEXO
Oficiales de la Administración de Justicia (turno lire)
Documento nacional de identidad Número Apellidos y nombre Destino Provincia
1 30.639.595 Ruiz Moreno, Isabel........................ Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
número 3 de Gernika-Lumo...........Vizcaya.
2 12.379.242 Ledesma Hernández, María Aránzazu....... Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
número 1 de Eibar....................Guipúzcoa.
3 30.566.851 Velasco Trucíos, María Concepción......... Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
número 2 de Eibar....................Guipúzcoa.
4 16.052.689 Abiega Gil, María Fernanda................. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
número 4 de Bergara..................Guipúzcoa.
5 30.605.965 Jiménez Aurrechoechea, Miren Josune...... Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
número 2 de Azpeitia.................Guipúzcoa.
Documento nacional de identidad Número Apellidos y nombre Destino Provincia
6 13.931.320 Quintana Calleja, Consolación.............. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
número 2 de Azpeitia.................Guipúzcoa.
7 11.922.981 Azpiazu Tobalina, Miren Josune............ Juzgado de Paz (Agrupación Municipal) de
Deba.................................Guipúzcoa.
8 14.255.331 Izquierdo Ibeas, María Teresa............... Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
número 1 de Azpeitia.................Guipúzcoa.
9 13.295.349 Fernández de Olano Puelles, Ana Isabel..... Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
número 1 de Azpeitia.................Guipúzcoa.
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