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Documento BOE-A-1999-13681

Resolución de 3 de junio de 1999, de la Universidad de Jaén, por la que se anuncia convocatoria para la provisión de puestos de trabajo de personal funcionario de Bibliotecas, de los grupos A y B, vacantes en esta Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 148, de 22 de junio de 1999, páginas 23783 a 23788 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1999-13681

TEXTO ORIGINAL

Vacantes puestos de trabajo en esta Universidad, dotados

presupuestariamente, y cuya provisión corresponde llevar a efecto

por el procedimiento fijado para cada uno de ellos en la relación

de puestos de trabajo (RPT) aprobada por la Comisión Gestora

el 15 de diciembre de 1997 ("Boletín Oficial del Estado"

número 12, de 14 de enero de 1998),

Este Rectorado, en virtud de las atribuciones que tiene

conferidas por Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma

Universitaria, y por Decreto 277/1998, de 22 de diciembre, de

la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía,

por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Jaén

("Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" de 19 de enero

de 1999), ha dispuesto anunciar la convocatoria para la provisión

de los puestos de trabajo relacionados en el anexo I como vacantes,

así como los que se produzcan con motivo de la adjudicación

de las primeras.

Este concurso, que tiene carácter interno, además de por las

bases de esta convocatoria se regirá por el Reglamento de

Provisión de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y

Servicios funcionario de la Universidad de Jaén, aprobado por

la Comisión Gestora el 10 de febrero de 1998, y con carácter

supletorio, en cuanto le sea de aplicación, por el artículo 20.1

de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, modificado por Ley 23/1988, de 28 de

julio, y Ley 22/1993, de 29 de diciembre, y el Reglamento General

de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General

del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción

Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración

General del Estado, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Bases de la convocatoria

I. Requisitos y condiciones de participación

1.1 Podrán tomar parte en la presente convocatoria:

a) Funcionarios de carrera al servicio de la Administración

de la Universidad de Jaén, pertenecientes a los Cuerpos o Escalas

clasificados en los gruposAyBdelosestablecidos en el

artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, con funciones de

Bibliotecas, que se encuentren en situación de servicio activo, siempre

que reúnan las condiciones generales y requisitos determinados

en la convocatoria para cada puesto en la fecha de terminación

del plazo de presentación de instancias.

b) Los funcionarios de Escalas propias de la Universidad de

Jaén en situación de excedencia voluntaria, de acuerdo con la

legislación vigente.

1.2 Los funcionarios de carrera, no comprendidos en el

apartado anterior, en servicio activo y con destino provisional o en

situación de expectativa de destino en la Universidad de Jaén

están obligados a participar en este concurso, solicitando todas

las vacantes a las que pudieran acceder por reunir los requisitos

establecidos en estas bases. Los funcionarios con destino

provisional a que se refiere el párrafo anterior que no obtengan alguna

de las plazas solicitadas serán destinados a las vacantes que

queden después de atender las solicitudes de los demás concursantes.

1.3 Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que

los interesados obtengan otro destino mediante convocatoria

pública, quedando obligado el interesado, en este caso, a

comunicar, por escrito, a la autoridad convocante tal opción.

1.4 Los funcionarios de cada Cuerpo o Escala solo podrán

concursar para la provisión de puestos de trabajo correspondientes

a su especialidad: Bibliotecas.

II. Puestos

2.1 Los puestos de trabajo que pueden ser objeto de solicitud

son los que aparecen relacionados en el anexo I de esta

convocatoria como vacantes, así como las que se produzcan por

obtener otra plaza los titulares actuales en el presente concurso, que

se incorporarán en concepto de resultas a las plazas ofertadas.

2.2 Los puestos de trabajo se proveerán mediante concurso

de méritos específico.

III. Solicitudes

3.1 Los interesados, dentro del plazo de quince días hábiles,

contados a partir del siguiente al de la publicación de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", dirigirán sus solicitudes

al excelentísimo y magnífico señor Rector de la Universidad de

Jaén, debiendo ajustarse al modelo (anexo II) que se facilitará

en el Servicio de Personal y en el Negociado de Información.

Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la

Universidad de Jaén (paraje Las Lagunillas, sin número,

edificio B-1, Jaén), o en las oficinas a que se refiere el artículo 38.4

de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, aunque en este caso

el aspirante, mediante telegrama o telefax dirigido al Servicio de

Personal de la Universidad, número 953 21 22 78, de Jaén,

anunciará de forma simultánea su presentación dentro del plazo

establecido.

Las solicitudes que no sigan el procedimiento indicado

anteriormente quedarán excluidas del concurso.

Los participantes que soliciten varias plazas deberán indicar

el orden de preferencia de las mismas y de no hacerlo se entenderá

establecido en el mismo orden en que aparezcan en la solicitud

de participación.

3.2 Finalizado el plazo de presentación de instancias no se

admitirán renuncias ni modificaciones sobre el contenido de las

solicitudes.

3.3 Las solicitudes deberán ir acompañadas de los

documentos originales o de las fotocopias compulsadas que el solicitante

considere necesario para acreditar los méritos alegados.

IV. Comisión de Valoración

Las Comisiones de Valoración estarán integradas por los

siguientes miembros:

Presidente: Excelentísimo y magnífico señor Rector, o persona

en quien delegue.

Vocales: Cuatro miembros pertenecientes al P.A.S. funcionario

de la Universidad de Jaén; dos a propuesta de la Universidad,

siendo uno el Secretario de la Comisión, y dos a propuesta de

la Junta de Personal de Administración y Servicios.

Los miembros de las Comisiones de valoración serán

nombrados por el Rector, mediante Resolución que se hará pública en

el tablón de anuncios del edificio B-1 (Rectorado), en la fecha

de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

V. Valoración

La valoración de los méritos para la adjudicación de los puestos

de trabajo se realizará de acuerdo con el siguiente baremo y con

referencia a la fecha de finalización del plazo de solicitudes.

A) Fase primera. Méritos de carácter general. Máximo 66

puntos.

1. Grado personal consolidado: Máximo 10 puntos.

Se entenderá por grado personal consolidado el que se posea

el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Por tener un grado personal consolidado de superior nivel al

del puesto que se solicita: 10 puntos.

Por tener un grado personal consolidado del mismo nivel al

del puesto que se solicita: 8 puntos.

Por tener un grado personal consolidado de inferior nivel al

del puesto que se solicita: 6 puntos.

2. Cuerpo o Escala: Máximo 5 puntos.

Grupo de clasificación del Cuerpo o Escala de pertenencia en

situación de activo el día de finalización de presentación de

solicitudes.

A: 5 puntos.

B: 4 puntos.

C: 3 puntos.

D: 2 puntos.

E: 1 punto.

3. Antigüedad: Máximo 12 puntos.

A estos efectos, se computarán los servicios prestados con

carácter previo, expresamente reconocidos al amparo de la

Ley 70/1978. No se computarán servicios que hayan sido

prestados simultáneamente a otros igualmente alegados.

Se valorará a razón de:

1,2 puntos por cada año de servicios prestados en centros

o unidades integradas actualmente en la Universidad de Jaén.

0,8 puntos por cada año de servicios prestados en otras

Administraciones públicas.

Se aplicará la parte proporcional por cada fracción mensual

completa.

4. Titulación: Máximo 5 puntos.

Se valorará una sola titulación académica oficial, la de más

alto grado, conforme al siguiente baremo:

a) Graduado Escolar o equivalente: 1 punto.

b) Bachiller Superior o equivalente: 2 puntos.

c) Diplomatura o equivalente: 3 puntos.

d) Licenciatura o equivalente: 4 puntos.

e) Doctorado: 5 puntos.

Tener aprobados los tres primeros cursos, o el primer ciclo,

de una Licenciatura se considera equivalente a Diplomatura.

5. Valoración del trabajo desarrollado: Máximo 25 puntos.

Se valorará el tiempo desempeñado, en régimen funcionarial

en centros o unidades integradas actualmente en la Universidad

de Jaén, en un determinado puesto en relación a la área funcional

en la que esté integrado actualmente y que se adecuan a la RPT

publicada en el "Boletín Oficial del Estado" número 12, de 14

de enero de 1998.

Cód. Área: 5.1. Área funcional: Área de Gestión y Planificación

Académica.

Cód. Área: 5.2. Área funcional: Área de Gestión y Planificación

de los Recursos Humanos.

Cód. Área: 5.3. Área funcional: Área de Gestión y Planificación

Económica y Patrimonial.

Cód. Área: 5.4. Área funcional: Área de Apoyo a la Comunidad

Universitaria. Ésta contendrá las unidades no incluidas en las áreas

anteriores.

a) Por desempeñar o haber desempeñado un puesto de idén

tico o superior nivel al que se solicita y de la misma área

funcional: 2,5 puntos por año de servicios prestados.

b) Por desempeñar o haber desempeñado un puesto de

inferior nivel al que se solicita y de la misma área funcional: 2 puntos

por año de servicios prestados.

c) Por desempeñar o haber desempeñado un puesto de

idéntico o superior nivel al que se solicita y de distinta área funcional: 1

punto por año de servicios prestados.

d) Por desempeñar o haber desempeñado un puesto de

inferior nivel al que se solicita y de distinta área funcional: 0,5 puntos

por año de servicios prestados.

Se aplicará la parte proporcional por cada fracción mensual

completa.

6. Cursos de formación: Máximo 8 puntos.

Se valorarán los cursos de formación expedidos por centros

oficiales u homologados por el INAP o por el MAP, o institución

autonómica correspondiente, que habrán de versar

necesariamente sobre materias directamente relacionadas con las funciones

propias de la Administración universitaria.

Los cursos se valorarán de acuerdo con la siguiente escala:

Duración Relacionados con el puesto al que se aspira No relacionados con el puesto al que se aspira

Hasta veinticinco horas.... 0,25 0,10

De veintiséis a cincuenta

horas.................... 0,40 0,20

Más de cincuenta horas.... 0,60 0,30

En concordancia con lo anterior, se considerarán no

relacionados con el puesto al que se aspira, todos aquellos cursos cuya

materia verse sobre temas informáticos, salvo en los puestos

ofertados en el Servicio Central de Informática para funcionarios

pertenecientes a Escalas Informáticas.

En el supuesto de existir varios cursos que versen sobre idéntica

materia, excepto los que sean continuación, sólo se valorará el

de mayor duración y en el supuesto de tener la misma, sólo se

valorará uno de ellos.

7. Otros méritos: Máximo 1 punto.

Por actividad académica no valorada en el artículo 8.A.4

hasta 0,5 puntos. Por actividad profesional no valorada en el

artículo 8.A.5 hasta 0,5 puntos.

Para superar esta fase se deberá obtener un mínimo de 10

puntos.

B) Fase segunda. Méritos de carácter específico. Máximo 25

puntos.

1. Memoria.-Consistirá en un análisis de las tareas del puesto

y de los requisitos, condiciones y medios necesarios para su

desempeño, debiendo contener propuesta organizativa del mismo, a

juicio del candidato, con base en la descripción contenida en la

convocatoria. La Memoria será defendida personalmente por el

interesado ante la Comisión de Valoración correspondiente.

La Comisión de Valoración podrá preguntar sobre la Memoria

pudien extenderse a la comprobación de los méritos alegados.

La puntuación de la Memoria y defensa se hará de la siguiente

forma:

a) Redacción y contenido de0a10puntos.

b) Exposición y defensa de0a15puntos.

Para superar esta segunda fase se deberá obtener un mínimo

de 15 puntos.

V. Resolución

5.l El concurso será resuelto en el plazo de dos meses, a

partir de la fecha en que finalizó el de presentación de instancias.

5.2 La puntuación mínima exigida para la adjudicación de

los puestos convocados será de 10 puntos en cuanto se refiere

a los méritos de carácter general -fase primera del baremo-.

En el concurso a puestos de trabajo que deban cubrirse con mérito

específicos -fase segunda del baremo-, sólo se valorarán aquéllos

a los concursantes que habiendo obtenido al menos 10 puntos

por aplicación de la fase primera, y para la adjudicación del puesto

será preciso obtener un mínimo de 15 puntos en la valoración

de los méritos específicos.

5.3 El orden de prioridad para la adjudicación de vacantes

vendrá determinada por la puntuación obtenida en el concurso

general. En caso de igualdad entre varios candidatos, será de

aplicación lo establecido en el artículo 44.4 del Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

La valoración de los méritos específicos se efectuará mediante

puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por

cada uno de los miembros de la Comisión de Valoración, debiendo

desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas.

La propuesta de resolución deberá recaer sobre el candidato que

haya obtenido mayor puntuación sumados los resultados finales

en las dos fases.

En el caso de que varios aspirantes tuviesen igual puntuación

se dará preferencia al/la funcionario/a que hubiese obtenido

mayor puntuación en el apartado de méritos específicos del baremo

-si los hubiese habido-, y de persistir el empate se atenderá

a la mayor puntuación otorgada en la valoración de los puestos

desempeñados.

5.4 Constituida la Comisión de Valoración, tras examinar las

solicitudes y documentación presentada, aprobará la lista

provisional de adjudicaciones de los puestos de trabajo, que durante

cinco días hábiles será expuesta al público en los tablones de

anuncios del edificio B-1 del campus universitario de "Las

Lagunillas", en cuyo plazo podrán los interesados formular

reclamaciones.

Transcurrido el referido plazo, y resueltas las reclamaciones

presentadas, la Comisión de Valoración aprobará la lista definitiva

de adjudicación de puestos de trabajo. Contra la misma podrá

interponerse recurso ordinario ante el Rector con los requisitos

y plazo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

5.5 La Comisión de Valoración dirigirá propuesta de

adjudicación de puestos al Rector, quien, si así lo estima, procederá

a la aprobación y adjudicación definitiva de los puestos de trabajo,

mediante Resolución que se publicará en el "Boletín Oficial del

Estado" y en el tablón de anuncios del edificio B-1 del campus

"Las Lagunillas".

5.6 La toma de posesión del destino obtenido tendrá lugar

en la fecha que señale la Gerencia, en el plazo de un mes desde

la fecha de publicación de la lista definitiva, pudiendo prorrogarse

excepcionalmente por circunstancias organizativas y del servicio

hasta un plazo máximo de tres meses.

El cómputo de los plazos posesorios se considerará de servicio

activo a todos los efectos y se iniciará cuando finalicen los permisos

o licencias que hayan sido concedidas a los interesados, salvo

que por causas justificadas se acuerde la suspensión del disfrute

de los mismos.

La presente convocatoria y los actos derivados de la misma

podrán ser impugnados de acuerdo con lo previsto en la Ley de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

Jaén, 3 de junio de 1999.-El Rector, Luis Parras Guijosa.

ANEXO I

Complemento específico Pesetas

Nivel Cod. Denominación del puesto Grupo TJ Localidad Cobert. Observaciones

Servicio de Bibliotecas.

209 Subdirector de Biblioteca y Admón. del Sistema Informático. A/B 24 1.247.740 DH Jaén. O Concurso específico.

210 Jefe Sección Normalización y Proceso Técnico. A/B 24 1.143.324 M Jaén. O Concurso específico.

211 Responsable Área de Humanidades. B 22 957.528 M Jaén. O Concurso específico.

212 Responsable Área de Ciencias Sociales. B 22 957.528 M Jaén. O Concurso específico.

213 Responsable Área de Ciencias Experimentales y de la Salud. B 22 957.528 M Jaén. O Concurso específico.

215 Responsable de Publicaciones Periódicas. B 22 957.528 M Jaén. V Concurso específico.

Complemento específico Pesetas

Nivel Cod. Denominación del puesto Grupo TJ Localidad Cobert. Observaciones

216 Jefe Sección de Acceso al Documento. A/B 24 1.143.324 M Jaén. O Concurso específico.

217 Responsable Préstamo Interbibliotecario. B 22 957.528 M Jaén. O Concurso específico.

219 Responsable Adquisiciones Bibliográficas. A/B 24 1.143.324 M Jaén. O Concurso específico.

220 Jefe de la Sección del Archivo General. A/B 24 1.247.256 DH Jaén. O Concurso específico.

221 Jefe Sección Biblioteca E.P.S. A/B 24 1.143.324 M Jaén. O Concurso específico.

222 Jefe Sección Biblioteca E.U.P. A/B 24 1.143.324 M Linares. O Concurso específico.

227 Puesto base de apoyo a Bibliotecas. B 20 779.544 M/T Jaén. O Concurso específico.

228 Puesto base de apoyo a Bibliotecas. B 20 779.544 M/T Jaén. O Concurso específico.

229 Puesto base de apoyo a Bibliotecas E.P.S. B 20 779.544 T Jaén. O Concurso específico.

230 Puesto base de apoyo a Bibliotecas E.U.P. B 20 779.544 M/T Linares. O Concurso específico.

Claves utilizadas:

TU: Tipo de jornada: M, mañana; T, tarde; M/T, mañana o

tarde; DH, horario mañana/disponibilidad horaria.

O: Puestos ya ocupados en concursos celebrados con

anterioridad que se integran en éste sólo si su actual titular solicita

acceder y accede a cualquier otro puesto de los ofertados como

vacantes.

Cuando en aplicación del párrafo anterior alguno de estos

puestos entrara en concurso específico, el Servicio de Personal,

mediante escrito publicado en el tablón de anuncios del edificio B-1,

lo comunicará a los interesados que lo hubieran solicitado y éstos

dispondrán de quince días naturales para aportar los méritos

específicos que consideren oportunos en relación a la plaza solicitada.

V: Puestos de trabajo vacantes.

ANEXO II (Ver imágenes páginas 23787 y 23 788).

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