De conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y con el artículo 10.2 del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, y sus posteriores modificaciones, según acuerdo de la Comisión Académica del Consejo de Universidades del pasado 24 de marzo de 1999,
Este Rectorado, en virtud de las competencias que tiene atribuidas, ha resuelto ordenar la publicación de la modificación del apartado 10, Incompatibilidades Académicas, página 28029, del «Boletín Oficial del Estado» número 214, de 7 de septiembre de 1994, con la supresión de las asignaturas «Técnicas de expresión oral y escrita en Francés» y «Fonética correctiva del Francés», del plan de estudios conducente a la obtención del título oficial de Licenciado en Filología Francesa, quedando estructurado dicho apartado conforme figura en anexo adjunto.
La Laguna, 26 de mayo de 1999.−El Rector, José S. Gómez Soliño.
10. Incompatibilidades académicas:
En todas las «Lenguas Francesas» secuenciadas se requerirá haber aprobado el nivel previo.
Además, se requerirá haber aprobado la/s asignatura/s de la columna izquierda para poder cursar la de la derecha:
Lengua Francesa IV. | Historia de la Lengua Francesa I. |
Lengua Francesa IV. | Teoría y Práctica de la Traducción Francesa I. |
Historia de la Lengua Francesa I. | Historia de la Lengua Francesa II. |
Lengua Francesa IV + Teoría y Práctica de la Traducción Francesa I. | Teoría y Práctica de la Traducción Francesa II. |
Lingüística General I + Lengua Francesa VI. | Lingüística Francesa I. |
Historia de la Lengua Francesa II. | Francés Medieval. |
Lengua Francesa VI. | Lengua Francesa: Lenguajes específicos. |
Lingüística Francesa I. | Lingüística Francesa II. |
Lengua Francesa VI. | Modalidades del Francés. |
Francés Medieval. | Comentario de Textos Franceses Medievales. |
Lingüística General I. | Lingüística Francesa Aplicada. |
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