En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10 del Real
Decreto 825/1990, de 22 de junio, sobre derecho de
representación, consulta y participación de los consumidores y usuarios
a través de sus asociaciones, en la redacción dada al mismo por
el Real Decreto 2211/1995, de 28 de diciembre, y previos los
trámites previstos en la Orden del Departamento de 20 de febrero
de 1996, por la que se establece el procedimiento de designación
de los miembros del Consejo de Consumidores y Usuarios, a
propuesta del Presidente del Instituto Nacional del Consumo, se cesa
a doña Paloma Cruz López y a don Rubén Gutiérrez del Castillo,
como Vocales suplentes del Segundo Consejo de Consumidores
y Usuarios, designados por la Confederación de Consumidores
y Vecinos, según el nombramiento efectuado, en ambos casos,
por Orden de 16 de abril de 1997 ("Boletín Oficial del Estado"
del 27).
Madrid, 24 de junio de 1999.
ROMAY BECCARÍA
Ilmo. Sr. Presidente del Instituto Nacional del Consumo.
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