A efectos de calificar tributariamente como de rendimiento explícito
a los activos financieros con rendimiento mixto, conforme a lo previsto
en el artículo 18 del Real Decreto 2717/1998, de 18 de diciembre, y en
el artículo 59 del Real Decreto 537/1997, de 14 de abril, modificado por
el artículo 40 del citado Real Decreto 2717/1998, esta Dirección General
del Tesoro y Política Financiera hace público:
1. Los tipos efectivos equivalentes a los precios medios ponderados
redondeados registrados en las últimas subastas del segundo trimestre
de 1999 en que se han adjudicado Bonos y Obligaciones del Estado son
los siguientes:
Tipo de interés efectivo equivalente al precio medio ponderado redondeado Porcentaje
Fecha de subasta Emisión
Bonos del Estado a tres años al 4,25 por
100, vto. 30-7-2002.....................3-6-99 3,281
Bonos del Estado a cinco años al 4,50
por 100, vto. 30-7-2004................2-6-99 3,687
Obligaciones del Estado a diez años al
4,0 por 100, vto. 31-1-2010............3-6-99 4,582
Obligaciones del Estado a quince años
al 4,75 por 100, vto. 30-7-2014........2-6-99 4,984
Obligaciones del Estado a treinta años
al 6,0 por 100, vto. 31-1-2029.........6-5-99 5,073
2. En consecuencia, a efectos de lo previsto en los artículos 59 y
18 de los Reales Decretos 537/1997 y 2717/1998, respectivamente, los tipos
de referencia que resultan para el tercer trimestre natural de 1999 son
el 2,625 por 100 para activos financieros con plazo igual o inferior a cuatro
años, el 2,950 por 100 para aquellos con plazo superior a cuatro años
pero igual o inferior a siete y, si se tratara de activos con plazo superior,
el 3,666 por 100 para el plazo de diez años, el 3,987 por 100 para el
de quince años y el 4,058 por 100 para el de treinta años, siendo de
aplicación, en cada caso, el tipo de referencia correspondiente al plazo
más próximo al de la emisión que se efectúe.
Madrid, 30 de junio de 1999.-La Directora general, Gloria Hernández
García.
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