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Documento BOE-A-1999-14758

Resolución de 26 de mayo de 1999, de la Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se acuerda tener por incoado expediente de delimitación del entorno de protección del bien de interés cultural, declarado con categoría de monumento, a favor de la iglesia de Santo Tomé (hoy iglesia de Santo Domingo), en Soria.

Publicado en:
«BOE» núm. 157, de 2 de julio de 1999, páginas 25444 a 25444 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-1999-14758

TEXTO ORIGINAL

La iglesia de Santo Tomé (hoy iglesia de Santo Domingo), en Soria,

fue declarada monumento por Decreto de 3 de junio de 1931.

En aplicación de la disposición adicional primera de la Ley 16/1985,

de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, pasa a tener la

consideración y a denominarse bien de interés cultural.

Procede, por tanto, adecuar la citada declaración a las prescripciones

impuestas en el artículo 11.2 de la citada Ley, delimitando el entorno

afectado por la declaración;

Vista la propuesta del Servicio de Protección,

Esta Dirección General, en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica

4/1983, de 25 de febrero; Real Decreto 3019/1983, de 21 de septiembre;

Decreto 122/1983, de 15 de diciembre, y de conformidad con lo establecido

en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y

el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que desarrolla parcialmente la

Ley del Patrimonio Histórico Español, acuerda:

Primero.-Tener por incoado expediente de delimitación del entorno

de protección del bien de interés cultural, declarado con categoría de

monumento, a favor de la iglesia de Santo Tomé (hoy iglesia de Santo Domingo),

en Soria, según la delimitación que se publica como anexo a la presente

Resolución, y que figura en el plano unido al expediente.

Segundo.-Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la

legislación vigente.

Tercero.-Hacer saber al Ayuntamiento de Soria que, según lo dispuesto

en el artículo 16 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico

Español, no podrá llevarse a cabo ningún tipo de obra en el entorno

delimitado sin la aprobación previa del proyecto correspondiente por la

Comisión Territorial de Patrimonio Cultural, o, si es el caso, por la Dirección

General.

Cuarto.-Que la presente Resolución se publique en el "Boletín Oficial

de Castilla y León" y en el "Boletín Oficial del Estado", y se notifique

al Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación

preventiva.

Valladolid, 26 de mayo de 1999.-El Director general, Javier Toquero

Mateo.

ANEXO

Delimitación del entorno de protección

Las fachadas a calle Santo Tomé desde intersección de línea

perpendicular entre parcelas 01 y 43 de la manzana catastral número 43.405,

hasta la línea perpendicular entre parcelas 04 y 06 de la manzana 45.420.

Las parcelas 01, 02, 03, 04, 10 y 11 de la manzana catastral

número 45.420, en que se ubica la iglesia.

Las parcelas frente a la portada de la iglesia de Santo Domingo en

la plaza de los Condes de Lérida, correspondientes a los números de

parcela 01 y 02 y espacio libre hasta fachada de la parcela 03 de la manzana

catastral número 43.405.

Las parcelas 01, 04, 05 y 06 de la manzana catastral número 44.419.

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