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Vista la propuesta del ilustrísimo señor Secretario general de Pesca Marítima en el expediente de condonación de deudas pecuniarias al Capitán de pesca don Joaquín Gómez Blanco, sancionado con una multa de 5.000.000 de pesetas, como consecuencia de infracciones en materia de pesca marítima objeto del expediente 65/90 (liquidación número 00036 1999 00000731), cantidad de la que queda pendiente, incluidos intereses de demora, según certificación de la Administración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Pontevedra, la suma de 4.000.000 de pesetas; y considerando la modificación que introduce el artículo 2.º de la Ley 14/1998, sobre responsabilidad pesquera, en relación con el régimen anterior, regulado por la Ley 53/1982, al amparo de lo dispuesto en la disposición transitoria única, número 2, en relación con la disposición adicional cuarta, número 2, ambas de la Ley 14/1998, de 1 de junio, por la que se establece el régimen de control para la protección de los recursos pesqueros, en uso de la potestad que me confiere la propia Ley,
Dispongo la condonación parcial, de forma graciable, a don Joaquín Gómez Blanco, de la multa impuesta en la cuantía total de 4.000.000 de pesetas.
La presente Orden será efectiva después de la publicación de la misma en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 25 de junio de 1999.
POSADA MORENO
Ilmos. Sres. Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación y Secretario general de Pesca Marítima.
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