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Documento BOE-A-1999-15063

Resolución de 25 de junio de 1999, del Departamento de Justicia, por la que se convoca concurso de traslados para la provisión de plazas vacantes de forensías y agrupaciones de forensías para el Cuerpo de Médicos Forenses en Cataluña.

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 8 de julio de 1999, páginas 25963 a 25965 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1999-15063

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo que establecen los artículos 455 y 500.1

de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial,

y el Reglamento orgánico del Cuerpo de Médicos Forenses,

aprobado por Real Decreto 296/1996, de 23 de febrero, modificado

por Real Decreto 1619/1997, de 24 de octubre, se convoca

concurso de traslados para la provisión, entre todos los funcionarios

del Cuerpo de Médicos Forenses, de las forensías o agrupaciones

de forensías vacantes de los Juzgados que se detallan en el anexo,

de acuerdo con las siguientes bases:

1. Puestos de trabajo que se pueden solicitar y plazos de

presentación de solicitudes.

1.1 Los funcionarios que deseen participar podrán solicitar,

mediante una única instancia, cualquiera de las plazas vacantes

de Cataluña, que se publican en el anexo de esta Resolución de

convocatoria, así como las que constan en los anexos de las otras

convocatorias que se publican simultáneamente a ésta en el

"Boletín Oficial del Estado" correspondientes al Ministerio de Justicia

y al resto de Comunidades Autónomas con competencias en

materia de personal al servicio de la Administración de Justicia. En

la solicitud expresarán los destinos a los que aspiran, numerados

por orden de preferencia, con indicación de la fecha de posesión

del último destino.

1.2 Los funcionarios destinados definitivamente en forensías

y agrupaciones de forensías radicadas en Cataluña y los que estén

en situación de servicios especiales o excedentes por cuidado de

un hijo durante el primer año de excedencia que tienen reservado

su puesto de trabajo en Cataluña, han de presentar solicitud en

el plazo de diez días naturales a partir del 1 de septiembre de

1999, o sea, del 1 al 10 de septiembre, dirigida al Director general

de Relaciones con la Administración de Justicia del Departamento

de Justicia de la Generalidad de Cataluña, calle Pau Claris, 81,

08010 Barcelona.

El resto de excedentes voluntarios por agrupación familiar o

por interés particular, o los excedentes por cuidado de un hijo

a partir del primer año que han perdido la reserva del puesto

de trabajo; los funcionarios de otros Cuerpos o de otras

Administraciones que estén en excedencia por esta causa en el Cuerpo

de Médicos Forenses; los excedentes forzosos aunque tengan un

destino provisional; los suspensos definitivos que hayan perdido

su puesto de trabajo y los participantes con destino provisional

porque han reingresado al servicio activo que hagan constar como

primer destino cualquiera de los publicados en esta convocatoria,

tienen que presentar la solicitud en el plazo mencionado

anteriormente, dirigida al Director general de Relaciones con la

Administración de Justicia del Departamento de Justicia de la

Generalidad de Cataluña, calle Pau Claris, 81, 08010 Barcelona.

1.3 Las solicitudes se podrán enviar también en la forma que

prevé el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las que se presenten en las oficinas de correos se han de enviar

en cualquiera de las dos modalidades siguientes:

a) Por correo ordinario. En este caso deberán tener entrada

en el Registro General del Departamento de Justicia de la

Generalidad de Cataluña, calle Pau Claris, 81, 08010 Barcelona, o,

en su caso, en el Registro General del Ministerio de Justicia, calle

San Bernardo, 21, 28071 Madrid, antes de la fecha de finalización

del plazo de presentación de instancias.

b) Por correo certificado. En este supuesto se presentarán

en las oficinas de correos en sobre abierto para que el funcionario

de correos ponga la fecha y las selle antes de enviarlas. Los

participantes en el concurso deberán enviar la instancia que contenga

el sello de la oficina de correos, y no podrá ser admitida pasado

el plazo de presentación de instancias la que no cumpla este

requisito.

1.4 Los excedentes voluntarios por interés particular

adjuntarán a su solicitud la declaración de no haber sido separados

de ninguna de las Administraciones Públicas.

1.5 La solicitud para tomar parte en este concurso será única

para cada funcionario participante, aunque se soliciten plazas

radicadas fuera de Cataluña, que por tanto consten en las

convocatorias que simultáneamente a ésta efectúan el Ministerio de

Justicia y otras Comunidades Autónomas con competencias en

materia de personal al servicio de la Administración de Justicia y que

se publican en los diarios oficiales respectivos y en el "Boletín

Oficial del Estado".

1.6 La solicitud formulada será vinculante para el solicitante

una vez transcurrido el período de presentación de instancias.

2. Requisitos y condiciones de participación .

2.1 Los funcionarios del Cuerpo de Médicos Forenses sólo

podrán participar si en la fecha de finalización del plazo de

presentación de instancias han transcurrido dos años desde la toma

de posesión en su destino actual.

2.2 Los funcionarios que estén en las situaciones de

excedencia voluntaria que establecen los artículos 61 y 62 del Real

Decreto 296/1996 (excedencias por interés particular y por

agrupación familiar) sólo podrán participar en el concurso si en la

fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes han

transcurrido más de dos años desde que fueron declarados en

esta situación.

2.3 Los funcionarios en situación de excedencia por cuidado

de hijos, al amparo de lo que dispone el artículo 59 del Real

Decreto 296/1996, sólo podrán concursar si han transcurrido más

de dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo.

2.4 Los suspensos en firme no podrán participar mientras

dure la suspensión.

2.5 Los sancionados con traslado forzoso no podrán

concursar en el plazo de uno a tres años, según se determine en la

resolución que pone fin al procedimiento.

3. Criterios para la adjudicación de plazas. Valoración del

conocimiento de la lengua oficial en Cataluña.

3.1 El nombramiento de los médicos forenses para las plazas

vacantes recaerá en el solicitante con más antigüedad en el

escalafón.

3.2 Para la provisión de los puestos de trabajo vacantes

radicados en Cataluña, incluidos en el anexo de esta convocatoria,

se valorará el conocimiento oral y escrito de la lengua catalana.

La acreditación de conocimientos se hará mediante la

presentación, junto con la instancia, de los certificados expedidos por la

Junta Permanente de Catalán o de los diplomas o certificados

equivalentes de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo de la

Comisión para la Normalización Lingüística de 19 de junio de

1991. La valoración se hará de acuerdo con los criterios siguientes:

1.º Certificado de nivel B, dos puntos.

2.º Certificado de nivel C, cuatro puntos.

3.º Certificado de nivel D, seis puntos.

Cada punto equivaldrá a un año de antigüedad.

4. Peticiones condicionadas .-En el supuesto que dos

funcionarios que reúnan los requisitos exigidos estén interesados en

las vacantes que se anuncian para municipios de una misma

Comunidad Autónoma, podrán condicionar sus peticiones al hecho de

que ambos obtengan destino en este concurso en municipios de

la misma Comunidad Autónoma; en caso contrario, se entenderá

anulada la petición efectuada por ambos. Los funcionarios que

se acojan a esta petición condicionada deberán concretarlo en

su instancia y adjuntar una fotocopia de la petición del otro

funcionario.

5. Tramitación .-La Dirección General de Relaciones con la

Administración de Justicia del Departamento de Justicia de la

Generalidad de Cataluña valorará, de acuerdo con los criterios

establecidos en la base tercera, las instancias recibidas de los

funcionarios a que hace referencia la base 1.2, párrafo primero.

6. Carácter de los destinos adjudicados.

6.1 Los traslados que se deriven de la resolución de este

concurso tendrán la consideración de voluntarios a los efectos

previstos en el Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre

indemnizaciones por razón de servicio.

6.2 Los destinos adjudicados serán irrenunciables.

7. Resolución y plazo de toma de posesión.

7.1 Esta convocatoria se resolverá por Resolución de la

Consejera de Justicia de la Generalidad de Cataluña, de forma

coordinada con el Ministerio de Justicia y con los órganos competentes

del resto de Comunidades Autónomas de manera que se publiquen

simultáneamente en el "Boletín Oficial del Estado" y en los

boletines oficiales de las Comunidades Autónomas. Esta Resolución

se deberá dictar en el plazo de seis meses, a contar desde el día

siguiente al último de presentación de solicitudes para participar

en esta convocatoria. Transcurrido este plazo sin que se haya

dictado la Resolución, se entenderá desestimada la solicitud de

participación en la convocatoria. No obstante, la falta de

Resolución expresa en el plazo citado no exime de la obligación de

dictar Resolución expresa en los términos previstos en el artículo

42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

En el supuesto de que la simultaneidad de publicación en el

"Boletín Oficial del Estado" y en el "Diario Oficial de la Generalidad

de Cataluña" de la Resolución definitiva del concurso no fuese

posible, los plazos para la interposición de recursos se computarán

a partir del día siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial

del Estado".

7.2 La Resolución expresará el puesto de trabajo de origen

de los interesados a quienes se adjudique destino y su localidad

y también su situación administrativa, si es diferente de la de

activo, así como el puesto de trabajo adjudicado a cada

funcionario.

7.3 El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido

será de un mes, de acuerdo con lo que establece el artículo 28

del Reglamento orgánico aprobado por el Real Decreto 296/1996,

de 23 de febrero, pero cuando no implique cambio de residencia

deberá efectuarse en los tres días hábiles siguientes al cese.

7.4 El plazo para la toma de posesión se contará a partir

del día siguiente al cese, que deberá hacerse efectivo dentro de

los tres días hábiles siguientes a la publicación de la Resolución

en el "Boletín Oficial del Estado" o en el "Diario Oficial de la

Generalidad de Cataluña", y en caso de que la publicación no

pudiera ser simultánea, los plazos se computan a partir de la

publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

7.5 Si la Resolución comporta reingresar al servicio activo,

el plazo de toma de posesión deberá computarse desde la

mencionada publicación.

7.6 El cómputo de los plazos por la toma de posesión se

iniciará cuando finalicen las licencias de que disfruten los

funcionarios, excepto que por circunstancias excepcionales

debidamente motivadas se suspenda o se revoque el disfrute.

8. Recursos. Contra la presente Resolución, que agota la vía

administrativa, los interesados pueden interponer con carácter

potestativo recurso de reposición ante este órgano en el plazo

de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el último

diario oficial ("Boletín Oficial del Estado" o "Diario Oficial de la

Generalidad de Cataluña") en que esta Resolución se haya

publicado; o bien podrán impugnar esta Resolución directamente

mediante recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado

Contencioso-Administrativo competente de Barcelona en el plazo de

dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación

en el último diario oficial ("Boletín Oficial del Estado" o "Diario

Oficial de la Generalidad de Cataluña") en que esta Resolución

se haya publicado, de conformidad con lo establecido en el artículo

14.2 y 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o cualquier otro recurso

que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

De acuerdo con los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo

49 de la Ley reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, la interposición de los recursos contenciosos

administrativos que se deban notificar a los interesados se notificarán

mediante su publicación en el "Diario Oficial de la Generalidad de

Cataluña" y mediante su exposición en los tablones de anuncios de

los siguientes órganos: Servicios Centrales del Departamento de

Justicia (calle Pau Claris, 81, 08010 Barcelona), Gerencia de

Apoyo Judicial de Barcelona ciudad (calle Pau Claris, 158, ático,

08009 Barcelona), en la Gerencia de Apoyo Judicial de Barcelona

comarcas (avenida Josep Tarradellas, 179, 08901 L'Hospitalet

de Llobregat) y en las Delegaciones Territoriales del Departamento

de Justicia de Girona (Güell, 89, 17005 Girona), Lleida (calle

Sant Martí, 1, 25004 Lleida) y Tarragona (calle Sant Antoni Maria

Claret, 17, 43002 Tarragona), en el Tribunal Superior de Justicia

de Cataluña (paseo Lluís Companys, sin número, 08018

Barcelona), en las Audiencias Provinciales de Barcelona (paseo Lluís

Companys, sin número, 08018 Barcelona), Girona (plaza de la

Catedral, sin número, 17004 Girona), Lleida (rambla de Ferran,

sin número, 25001 Lleida) y Tarragona (avenida Lluís Companys,

10, 43005 Tarragona), en los Decanatos de Barcelona (paseo

Lluís Companys, 1-5, 08003 Barcelona), Girona (avenida Ramón

Folch, 4-6, 17001 Girona), Lleida (edificio Canyeret, calle La

Parra, 21, 25007 Lleida) y Tarragona (avenida Lluís Companys,

10, 43005 Tarragona), en la Clínica Medicoforense (ronda Sant

Pere, 35, 08010 Barcelona), en el Instituto Anatomicoforense

(calle Enric Casanovas, 143, 08006 Barcelona) y en las Fiscalías

de Barcelona (calle Paus Claris, 160, 08009 Barcelona), Girona

(plaza de la Catedral, sin número, 17004 Girona), Lleida (edificio

Canyeret, calle La Parra, 21, 25007 Lleida) y Tarragona (avenida

Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona).

Barcelona, 25 de junio de 1999.-La Consejera, Núria de

Gispert y Català.

ANEXO

NO.: Número de orden. NV.: Número de vacantes.

RPT: 26 Justicia Generalidad.

Cuerpo: Médicos forenses.

Comunidad: Cataluña.

Provincia Centro de destino Denominación NO. NV.

Barcelona..... 9232300408018 Primera Instancia e Instrucción números 4,5 y 6 de Arenys de Mar..................... 3 1

Barcelona..... 9232300108063 Primera Instancia e Instrucción números1 y 2 de Berga................................. 3 1

Barcelona..... 9232300108199 Primera Instancia e Instrucción números 1, 2 y 5 de Cerdanyola del Vallès............. 3 1

Barcelona..... 9232300108228 Primera Instancia e Instrucción números1 y 2 de Espluges de Llobregat............... 3 1

Barcelona..... 9232300108264 Primera Instancia e Instrucción números1 y 2 de Gavà.................................. 3 1

Barcelona..... 9232300108336 Primera Instancia e Instrucción números1y2deManresa.............................. 3 1

Barcelona..... 9232300308360 Primera Instancia e Instrucción números 3, 6 y 8 de Mataró............................. 3 1

Barcelona..... 9232300308549 Primera Instancia e Instrucción números 3 y 4 de Rubí.................................. 3 1

Barcelona..... 9232300208558 Primera Instancia e Instrucción números 2 y 6 de Sabadell.............................. 3 1

Barcelona..... 9232300508744 Primera Instancia e Instrucción números 5 y 7 de Santa Coloma de Gramenet......... 3 1

Barcelona..... 9232300608834 Primera Instancia e Instrucción números 6 y 8 de Terrassa.............................. 3 1

Barcelona..... 9232300208891 Primera Instancia e Instrucción números 2 y 4 de Vic.................................... 3 1

Girona......... 9232300217084 Primera Instancia e Instrucción números 2 y 4 de La Bisbal d'Empordà................. 3 1

Girona......... 9232300117428 Primera Instancia e Instrucción números 1 y 2 de Olot................................... 3 1

Lleida.......... 9232300125152 Primera Instancia e Instrucción números 1 y 2 de Balaguer.............................. 3 1

Tarragona.... 9232300143610 Primera Instancia e Instrucción números 1 y 4 de Reus.................................. 3 1

Tarragona.... 9232300343765 Primera Instancia e Instrucción números 3 y 4 de Tortosa............................... 3 1

Tarragona.... 9232300143795 Primera Instancia e Instrucción números 1 y 2 de Valls.................................. 3 1

Tarragona.... 9232300243805 Primera Instancia e Instrucción números 2 y 4 de El Vendrell........................... 3 1

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