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Documento BOE-A-1999-15101

Orden de 25 de junio de 1999 por la que se designa a las asociaciones de inmigrantes y refugiados y organizaciones no gubernamentales de apoyo a dichos colectivos para formar parte como Vocales del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes.

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 8 de julio de 1999, páginas 25988 a 25989 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1999-15101

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 490/1995, de 7 de abril, por el que se crea el Foro para la Integración Social de los Inmigrantes, modificado parcialmente por el Real Decreto 2816/1998, de 23 de diciembre, dispone en su artículo 6.2, apartados a) y b), que formarán parte como Vocales de dicho Foro ocho representantes de las asociaciones de inmigrantes y refugiados, y nueve en representación de las organizaciones no gubernamentales relacionadas con los inmigrantes y refugiados.

La Orden de 23 de diciembre de 1998 establece que estas entidades serán designadas ‒de acuerdo con la puntuación resultante de la suma de la valoración que sus homólogas hacen sobre su trabajo y representatividad y la valoración de los criterios objetivos establecidos en esta convocatoria pública‒ por el Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales a propuesta del Director general del Instituto para las Migraciones y los Servicios Sociales.

Una vez culminado el proceso selectivo, el citado Director general ha formulado la oportuna propuesta de designaciones.

En atención a lo expuesto, dispongo:

Primero.

Como consecuencia de la puntuación obtenida en el proceso de selección se designan las entidades a las que corresponde nombrar sus representantes para formar parte del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes como Vocales en calidad de titular y suplente.

A) Por las asociaciones de inmigrantes y refugiados:

1. Asociación Juventud Inmigrante (AJI-ATIME).

2. Asociación Española de Solidaridad y Cooperación con Colombia (AESCO).

3. Asociación Voluntariado de Madres Dominicanas (VOMADE).

4. Asociación Iberoamericana para la Cooperación, el Desarrollo y los Derechos Humanos (AICODE).

5. Asociación Socio-Cultural IBN Batuta.

6. Asociación de los Inmigrantes Senegaleses en España (AISE).

7. Asociación de Trabajadores Inmigrantes Marroquíes en España (ATIME).

8. Asociación de Chinos en España.

B) Por las organizaciones no gubernamentales relacionadas con inmigrantes y refugiados:

1. CITE Barcelona.

2. Federación de Andalucía ACOGE.

3. Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR).

4. Federación de Asociaciones de SOS Racismo del Estado Español.

5. Asociación Comisión Católica Española de Migración (ACCEM).

6. Asamblea de Cooperación por la Paz.

7. Asociación de Solidaridad con los Trabajadores Inmigrantes (ASTI).

8. Movimiento por la Paz, el Desarme y la Libertad (MPDL).

9. Federación de Mujeres Progresistas.

Segundo.

En el plazo de diez días desde la publicación de esta Orden, las organizaciones designadas deberán comunicar a la Secretaría del Foro (Pintor Rosales, 44, novena planta, 28008 Madrid, teléfono 91 347 91 59 y fax 91 347 91 60), los nombres de las personas que las representarán en calidad de titular y suplente.

Tercero.

En caso de pérdida de la condición de Vocal del Foro por parte de una asociación u organización no gubernamental, ésta será reemplazada por la entidad que ocupe el lugar siguiente en la relación resultante del proceso de selección efectuado de acuerdo con la base novena de la Orden de 23 de diciembre de 1998.

Madrid, 25 de junio de 1999.

PIMENTEL SILES

Ilmo. Sr. Director general del Instituto para las Migraciones y los Servicios Sociales, Secretario del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes.

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