Contingut no disponible en valencià
Visto el expediente de indulto de don Eduardo Ramírez Leiva, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Málaga, en sentencia de fecha 19 de mayo de 1998, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de un año y seis meses de prisión y multa de 300.000 pesetas, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1997; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de junio de 1999,
Vengo en conmutar a don Eduardo Ramírez Leiva la pena privativa de libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 18 de junio de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid