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Documento BOE-A-1999-15250

Orden de 18 de junio de 1999 por la que se integran en la subescala de Secretaría-Intervención, funcionarios pertenecientes al extinguido Cuerpo Nacional de Secretarios de Tercera Categoría.

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 10 de julio de 1999, páginas 26259 a 26259 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1999-15250

TEXTO ORIGINAL

La disposición transitoria primera, apartado tercero, del Real

Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula

el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local,

con habilitación de carácter nacional, establece que los

funcionarios pertenecientes a los Cuerpos y Escalas extinguidos que

no resulten integrados inicialmente en las subescalas en las que

se estructura la habilitación nacional podrán integrarse en las

mismas, siempre que acrediten haber obtenido los niveles de titulación

exigidos en cada caso.

En virtud de lo expuesto, y una vez acreditadas las titulaciones

exigidas,

Este Ministerio dispone:

Integrar en la subescala de Secretaría-Intervención a los

funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter

nacional, procedentes del extinguido Cuerpo de Secretarios de

Tercera Categoría, que a continuación se relacionan:

Don José María Gómez Ruiz, documento nacional de

identidad 51.630.148.

Don Miguel Sánchez Caballero, documento nacional de

identidad 76.226.247.

Don Antonio L. Serrano Castro, documento nacional de

identidad 30.433.177.

Don José Vila Docasar, documento nacional de

identidad 34.248.055.

Esta Orden es definitiva en la vía administrativa, y contra la

misma cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el

Ministro, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la

publicación en el "Boletín Oficial del Estado", o directamente

recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar

de la misma manera, ante el Juzgado Central de lo

Contencioso-Administrativo que corresponda, todo ello con arreglo a lo

dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción

dada por Ley 4/1999, y en los artículos 9.a) y 46-1 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, así como en las normas concordantes de

la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y de

la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y Planta

Judicial.

Madrid, 18 de junio de 1999.-El Ministro, P. D. (Orden de

19 de noviembre de 1997, "Boletín Oficial del Estado" del 28),

el Secretario de Estado para la Administración Pública, Ignacio

González González.

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