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Documento BOE-A-1999-15395

Resolución de 15 de junio de 1999, de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, por la que se convocan becas para realizar estudios en el Colegio de Europa (Brujas y Natolín), durante el curso académico 2000-2001.

Publicado en:
«BOE» núm. 166, de 13 de julio de 1999, páginas 26402 a 26409 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1999-15395

TEXTO ORIGINAL

La Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para

Iberoamérica, de conformidad con el Real Decreto 2225/1993, de 17 de

diciembre, con la Orden 16225/1994, de 13 de junio, "Boletín Oficial del Estado"

de 13 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la

concesión de subvenciones y ayudas de la Dirección General de Relaciones

Culturales y Científicas, y con el artículo 81 de la Ley General

Presupuestaria, convoca concurso para la concesión de becas a nacionales

españoles destinadas a realizar estudios en el Colegio de Europa, Brujas

(Bélgica) y Natolín (Polonia), durante el curso académico 2000-2001, con cargo

a la aplicación presupuestaria 12.03.134B. 491, según las bases indicadas

a continuación.

Bases

Primera.Referencia. Es imprescindible citar en el impreso de

solicitud la referencia "Colegio de Europa" (a continuación indicar Brujas

y el departamento solicitado o Natolín, Programa PECO).

Segunda. Objeto yfinalidad. Realización de estudios en el Colegio

de Europa (Brujas o Natolín) en los siguientes campos:

a) Estudios europeos especializados sobre la integración europea en

los campos jurídico, económico, político y administrativo y desarrollo de

recursos humanos en el Colegio de Europa en Brujas (Bélgica).

b) Programa Europa Central y Oriental (PECO) sobre la Comunidad

Europea y sus relaciones con los países de Europa Central y Oriental

(Natolín-Polonia).

Tercera. Número debecas. Hasta un máximo de 20, previsiblemente

18 para Brujas y 2 para Natolín.

Cuarta.Duración. Nueve meses, a partir de mediados de septiembre

del año 2000. La fecha de incorporación será comunicada por el Colegio

de Europa a los becarios.

Quinta.Dotación. Coste de gastos académico, de alojamiento y

manutención en el Colegio de Europa (Brujas o Natolín), seguro de asistencia

médica y Bolsa de viaje de 60.000 pesetas para los becarios de Brujas

y de 70.000 pesetas para los de Natolín. La dotación de las becas y bolsas

de viaje queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente

en los presupuestos de la Dirección General de Relaciones Culturales y

Científicas para los ejercicios presupuestarios 2000 y 2001 y su importe

estará sujeto a las retenciones fiscales que pudiesen corresponderle, según

la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Sexta. Procedimiento depago. El coste de las becas (alojamiento,

manutención y gastos académicos) lo transferirá la Dirección General de

Relaciones Culturales y Científicas al Colegio de Europa, a través de la

Representación Permanente de España ante la UE en Bruselas, en pagos

trimestrales. La bolsa de viaje se abonará directamente al becario, quien

deberá remitir al Servicio de Intercambios y Becas de la Dirección General

de Relaciones Culturales y Científicas, en el plazo de tres meses a partir

de la fecha de su incorporación al Colegio de Europa, la siguiente

documentación:

a) Billete original utilizado o, en caso de ser de ida y vuelta y necesitar

conservarlo para el regreso, fotocopia del mismo y el original de la tarjeta

de embarque del vuelo de ida. En este último caso, el billete original lo

remitirá una vez efectuado el viaje de vuelta.

b) Cuando el viaje haya sido realizado en coche, remitirá una

declaración responsable de haberlo efectuado por este medio, con indicación

de los datos del vehículo, nombre y número del DNI, pasaporte o permiso

de conducir del propietario y del conductor, si no fuese el mismo, fecha

del viaje e itinerario seguido. Asimismo, se adjuntarán justificantes de

pago de autopistas, gasolina y cualquier otro documento que pueda

acreditar la realización del viaje.

c) Certificado de la Agencia Tributaria acreditando que se encuentra

al corriente de sus obligaciones fiscales y, si fuese el caso, documento

acreditativo de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones

frente a la Seguridad Social.

d) Datos completos de una cuenta, a su nombre, en una entidad

bancaria en España a la que pueda serle transferido el importe de dicha

bolsa.

Séptima.Candidatos. Titulados superiores o estudiantes de último

año de carrera, de especialidades afines a los campos de especialización

del Colegio de Europa [apartados a) y b) de la base segunda], con dominio

de inglés y francés, que no hayan cumplido los treinta años de edad en

el momento de incorporarse a sus estudios en el Colegio de Europa, que

tengan capacidad de obrar y que se encuentren al día en sus obligaciones

fiscales y frente a la Seguridad Social. Los estudiantes de último año,

si fuesen seleccionados, deberán haber finalizado los estudios de

licenciatura para poder incorporarse a la beca.

Octava.Documentación. Se presentará en dos expedientes, uno

formado por el impreso del Colegio de Europa y la documentación que en

él se indica y otro con el impreso de la Dirección General de Relaciones

Culturales y Científicas y la documentación indicada a continuación.

Ambos expedientes se remitirán al Registro General del Ministerio de

Asuntos Exteriores (V. base novena).

La documentación a incluir en el expediente para la Dirección General

es la siguiente:

1. o Impreso de solicitud y ficha baremo. Las fotografías deberán llevar

el nombre y apellidos al dorso.

2. o Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad y

del número de identificación Fiscal.

3. o Cartas de presentación de dos profesores del centro de estudios

del candidato. Se presentarán necesariamente en papel con membrete del

centro de trabajo del profesor. (Documentación no preceptiva. Se solicita

a efectos de valoración).

4. o Nota explicando ampliamente las razones por las que solicita esta

beca y la importancia que para la actividad futura del candidato tiene

la realización de los cursos del Colegio de Europa.

5. o Currículum vitae detallado académico y profesional.

6. o Certificado de estudios con calificaciones (original o fotocopia

compulsada).

Los documentos expedidos por Universidades extranjeras se

acompañarán en el expediente para este Ministerio de su traducción al español,

que podrá ser no oficial. En el caso de certificados de estudios cursados

en Universidades extranjeras, se señala la conveniencia de que, a efectos

orientativos, figuren las equivalencias de las calificaciones en relación con

el sistema educativo español o la escala de valores de las puntuaciones

del Centro que expide el certificado. No obstante, éstas serán comprobadas

y si fuese el caso interpretadas por la comisión de evaluación de la Dirección

General de Relaciones Culturales y Científicas.

7. o Certificado acreditativo del nivel de inglés y francés

(preferentemente TOEFL o British Council y Alianza Francesa o diploma superior

de la Escuela Oficial de Idiomas) y de aquellos otros idiomas extranjeros

que el candidato presente como méritos (original o fotocopia).

8. o Declaración responsable de hallarse al corriente de sus

obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

Los cursos e investigaciones y las publicaciones deberán figurar

detalladamente en el currículum vitae. Las referencias a cursos incluirán el

número de horas y las de publicaciones el de páginas. La documentación

acreditativa de todos los méritos alegados en el currículum vitae podrá

ser solicitada posteriormente a los candidatos seleccionados. Por ello,

únicamente deberán figurar en dicho currículum aquellos méritos que puedan

acreditarse documentalmente. En caso de no presentar la documentación

complementaria que sea requerida en el plazo que, en su momento, se

indique la beca podrá ser anulada.

Novena. Presentación decandidaturas. Del 2 al 31 de enero del año

2000 en el Registro General del Ministerio de Asuntos Exteriores, calle

del Salvador, número 1, 28012 Madrid, o en cualquiera de los registros,

oficinas o representaciones previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, y

comprobada la existencia de deficiencias en la documentación aportada, se

conferirá al interesado un plazo de diez días para subsanar la falta o acompañar

los documentos preceptivos. Transcurrido dicho plazo, si así no lo hiciera,

se le tendrá por desistido de su petición. En toda documentación

complementaria, que sea presentada posteriormente para unir al expediente,

se deberá indicar el nombre del solicitante y la referencia de la beca

solicitada.

Décima. Solicitud de impresos einformación. Dirección General de

Relaciones Culturales y Científicas. Servicio de Intercambios y Becas. Calle

Atocha, número 3, 28071 Madrid, teléfonos (91) 379 97 62 y (91) 379 95 56.

Los impresos del Colegio y el cuaderno informativo del mismo pueden

también solicitarse al Bureau d'Admission du Collège d'Europe, Dijver

11, B-8000 Brugge (Bélgica). Teléfono: 32(0)50 44 99 11. Fax: 32(0)50 44

99 00. Internet http://www.coleurop.be.

Undécima.Selección. Los expedientes de los candidatos serán

evaluados por una comisión nombrada al efecto por la Dirección General

de Relaciones Culturales y Científicas. Tras esta primera evaluación, en

aplicación del baremo que figura en la base duodécima y en régimen de

concurrencia competitiva, entre 40 y 50 candidatos serán convocados para

una entrevista personal, que tendrá lugar en la sede de la citada Dirección

General previsiblemente en la segunda mitad de abril del 2000, en la que

estarán representados el Ministerio de Asuntos Exteriores y el Colegio

de Europa. En la entrevista se valorará la formación del candidato en

temas generales relacionados con la Unión Europea y en temas específicos

de su campo de especialización, su nivel de inglés y francés, idiomas en

los que serán efectuadas las entrevistas, su capacidad de respuesta y su

aptitud para integrarse en el colectivo de estudiantes del Colegio de Europa.

La lista de candidatos seleccionados para entrevista se expondrá en el

tablón de anuncios de la Dirección General de Relaciones Culturales y

Científicas a partir del día 15 de marzo del 2000. Se señala la necesidad

de que todos los solicitantes faciliten una dirección, teléfono o fax donde

puedan ser localizados en caso de ser seleccionados para entrevista. No

serán seleccionados para estas becas quienes ya la hayan obtenido en

convocatorias anteriores, sea cual sea el programa de estudios realizado.

Duodécima.Baremo. La Comisión seleccionadora aplicará el

siguiente baremo:

Expediente académico:

Cum Laude o Premio extraordinario en Tesis doctoral o Memoria de

licenciatura: 4 puntos.

Título de doctor: 2 puntos.

Título de licenciado con grado: 1 punto.

A: Asignaturas anuales Puntos

Calificación B: Créditos Puntos

Matrícula de honor........................ 3 0,3

Sobresaliente............................... 2 0,2

Notable...................................... 1 0,1

La columna A corresponde a la puntuación por cada asignatura anual.

Si en el certificado de estudios constan los créditos correspondientes a

las asignaturas anuales, éstos se contabilizarán en la columna B, no en

la A.

La columna B corresponde a la puntuación por cada crédito.

Cuando en el certificado de estudios no figuren los créditos de las

asignaturas cuatrimestrales, éstas equivaldrán a 4,5 créditos.

Currículum vitae:

Cursos e investigaciones relacionados con el campo de especialización

del solicitante. Puntuación máxima: 10 puntos.

Publicaciones. Puntuación máxima: 10 puntos.

Interés de los estudios en el Colegio de Europa para la formación

y actividad futura del candidato. Puntuación máxima: 10 puntos.

Idiomas extranjeros no exigidos en la convocatoria. Puntuación

máxima: 3 puntos.

Otros méritos (cartas de presentación, participación continuada en

actividades universitarias o profesionales relacionadas con el campo de

estudios o dedicación del solicitante, etc.). Puntuación máxima: 10 puntos.

Decimotercera. Adjudicación de lasbecas. Una vez finalizadas las

entrevistas a las que se refiere la base décima, los miembros de la comisión

entrevistadora elevarán una propuesta al Director general de Relaciones

Culturales y Científicas quien, en nombre del Secretario de Estado para

la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, procederá a la

adjudicación de las becas y nombramiento de suplentes. Contra esta

adjudicación se podrá interponer recurso contencioso administrativo en el

plazo de dos mes, a partir del día siguiente a la fecha de publicación

en el "Boletín Oficial del Estado" de la lista de becarios, ante la Audiencia

Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, y

en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de RJAP y PAC. La lista

de becarios y suplentes será expuesta en el tablón de anuncios de la

Dirección General y se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" en un plazo

de tres meses a partir de las fechas de las entrevistas.

Decimocuarta. Justificación de laactividad. En el plazo de tres

meses, a partir de la fecha de finalización de la actividad becada, el becario

deberá remitir al Servicio de Intercambios y Becas de la Dirección General

de Relaciones Culturales y Científicas un informe sobre la actividad

realizada durante el período de la beca y fotocopia compulsada del diploma

o certificado obtenido, estando obligado al reintegro de la cantidad recibida

e intereses en caso de no realización o no justificación de la actividad

subvencionada, sin perjuicio de las demás responsabilidades que procedan,

conforme al Real Decreto 2226/1993, de 17 de diciembre, y al texto

refundido de la Ley General Presupuestaria de 23 de diciembre de 1988,

aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988. Asimismo, queda obligado

a facilitar cuanta información le sea requerida por el Tribunal de Cuentas

y demás Organos competentes del Estado.

Decimoquinta.Incompatibilidades. Durante su período de vigencia,

estas becas son incompatibles con otras becas o ayudas que puedan ser

concedidas para el mismo fin por cualesquiera otras Administraciones

o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales.

Decimosexta. Revisión de laconcesión. Toda alteración de los

requisitos de los solicitantes, finalidad y concesión de la beca, imputable al

beneficiario, y en todo caso la obtención concurrente de subvenciones

otorgadas por otras Administraciones o Entes públicos o privados

nacionales o extranjeros podrá dar lugar a la modificación de la Resolución

de concesión, debiendo el beneficiario proceder al reintegro de las

cantidades percibidas.

Decimoséptima. Normasupletoria. Para todos aquellos extremos no

previstos en la presente Resolución, se aplicará, con carácter supletorio,

lo previsto en el Real Decreto 2225/l993, de l7 de diciembre, y en los

artículos 81 y siguientes del texto refundido de la Ley General

Presupuestaria de 23 de diciembre de l988, aprobada por Real Decreto-legislativo

1091/1988, y en la Orden de 13 de junio de 1994, "Boletín Oficial del

Estado" de 13 de julio.

Madrid, 15 de junio de 1999.-El Secretario de Estado, Fernando María

Villalonga Campos.

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