Vistos los acuerdos contenidos en el acta de la sesión de
fecha 29 de junio de 1999, de la Comisión de Valoración de las
pruebas selectivas de acceso a la Escala de Gestión de la
Universidad de Alcalá, convocadas por Resolución del Rectorado de
fecha 11 de enero de 1999;
Resultando que, conforme expresamente se recoge en la
mencionada acta, la circunstancia de que las pruebas correspondientes
al segundo ejercicio de la oposición convocada hayan
necesariamente de celebrarse durante el corriente mes de julio, dificulta
extraordinariamente -por coincidir con el período
vacacionalque dicho ejercicio pueda ser objeto de corrección con anterioridad
al mes de agosto, declarado inhábil a todos los efectos en la
Universidad de Alcalá por acuerdo de la Secretaría General de fecha 27
de octubre de 1993, en ejecución de lo acordado en la Junta
de Gobierno en su sesión de fecha 14 de octubre de 1993,
valorándose positivamente el hecho de que las labores de corrección
de dicho segundo ejercicio, por sus características, no han de
efectuarse con precipitación ni bajo presiones de carácter
temporal;
Resultando, que, por tanto, las tareas de corrección del segundo
ejercicio de la oposición habrían de llevarse a cabo en el mes
de septiembre, esto es, prácticamente, dos meses después de que
su realización, en tal caso, hubiera tenido lugar, con el
consiguiente perjuicio para los opositores y perturbación del normal
curso de los procedimientos en esta Administración;
Considerando que el artículo 16.j) del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, establece que "desde la total conclusión de un
ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá
transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de
cuarenta y cinco días naturales";
Considerando que el artículo 49.1 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, establece que "la Administración, salvo precepto
en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los
interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda
de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y
con ello no se perjudican derechos de terceros. El acuerdo de
ampliación deberá ser notificado a los interesados";
Vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente
aplicación,
Este Rectorado resuelve acordar la ampliación del plazo para
la realización del segundo ejercicio de las pruebas selectivas
convocadas por Resolución del Rectorado de fecha 11 de enero de
1999 hasta el máximo legalmente establecido, acordándose
igualmente que la celebración del segundo ejercicio de las mencionadas
pruebas tendrá lugar el 10 de septiembre de 1999, a las dieciséis
horas, en la sala de grados de la Facultad de Derecho.
Notifíquese a los interesados y publíquese en el "Boletín Oficial
del Estado" y tablones de anuncios correspondientes, haciéndose
saber que la presente Resolución es firme y contra la misma no
podrá interponerse recurso alguno (artículo 50.3 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre).
Alcalá de Henares, 7 de julio de 1999.-El Rector, Manuel
Gala Muñoz.
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