Por Resolución de 14 de mayo de 1998 ("Boletín Oficial del Estado"
de 29) se convocaron ayudas para la prolongación de Contratos de
Incorporación de Doctores a Grupos de Investigación en España que fueron
resueltas por Resolución de 18 de diciembre de 1998 ("Boletín Oficial del
Estado" de 8 de enero de 1999), de la Dirección General de Enseñanza
Superior e Investigación Científica, cuyo anexo III incluía la relación de
solicitudes pendientes por no haber sido aún definitivamente aprobados
los proyectos de investigación a los que solicitaban adscribirse. Una vez
solventada esta circunstancia en uno de los casos, se ha considerado
conveniente resolver acerca del mismo.
Por otra parte, la citada Resolución de 18 de diciembre de 1998 concedía
una subvención al Consejo Superior de Investigaciones Científicas para
contratar a la Doctora doña Alicia Bravo García por un período de seis
meses. Teniendo en cuenta que la mencionada Doctora no ha agotado
el período máximo de veinticuatro meses previsto en la convocatoria,
procede prolongar la adscripción hasta completar el período máximo.
En consecuencia, examinada la propuesta de la Comisión de selección
basada en la evaluación científica de las solicitudes de los candidatos,
así como en los informes de interés de los organismos avalantes, he
acordado:
Primero.-Conceder subvenciones al organismo que se cita destinadas
a financiar la contratación de los Doctores que se relaciona, en el proyecto
que se indica, por el número de meses y dentro del período señalado.
Organismo: Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Candidata
a contratar: Doña María del Carmen Mayoral Gastón. Referencia proyecto:
7220-PR-048. Investigador principal: Don José Manuel Andrés Gimeno.
Número máximo de meses a contratar: Veinticuatro. Intervalo de
contratación: De 1 de julio de 1999 a 31 de octubre del 2002.
Candidata a contratar: Doña Alicia Bravo García. Referencia proyecto:
BIO4-CT98-0250. Investigadora principal: Doña Margarita Salas Falgueras.
Número máximo de meses a contratar: Quince. Intervalo de contratación:
De 1 de julio de 1999 a 30 de septiembre del 2000.
Segundo.-La cuantía total de las subvenciones se calcula en función
del número de mensualidades concedidas, hasta un máximo de doce por
año, sobre la base de un coste total anual financiado para cada contrato
de 4.543.450 pesetas, incluyendo la cuota patronal de las prestaciones
sociales.
La contratación deberá formalizarse en el plazo máximo de tres meses,
a partir de la fecha de inicio señalada para cada subvención concedida.
Tercero.-Las entidades receptoras de estas subvenciones están
obligadas a establecer con la Dirección General de Enseñanza Superior e
Investigación Científica el Convenio previsto en el punto 7.1 de la Resolución
de convocatoria. Si este Convenio ya existiera previamente, las entidades
deberán actualizarlo en el anexo pendiente.
Cuarto.-Las entidades colaboradoras deberán notificar a la Dirección
General de Enseñanza Superior e Investigación Científica la formalización
de los contratos que se suscriban al amparo de la presente Resolución,
en las setenta y dos horas siguientes a que ésta se produzca.
Quinto.-El gasto del programa será imputado al crédito 18.07.781 del
programa 541A, Investigación Científica.
El compromiso de gasto sobre ejercicios futuros queda condicionado
a la aprobación de los créditos correspondientes en los Presupuestos
Generales del Estado.
Sexto.-Los organismos perceptores de subvenciones presentarán
certificación que acredite que sus importes se han incorporado a su
contabilidad en el plazo de tres meses a contar desde su percibo.
Las subvenciones quedarán afectas a los fines para los que se otorgan.
De su correcta utilización responderán los organismos perceptores, dentro
de los tres meses siguientes a la terminación de sus acciones, de la siguiente
forma:
Con certificación que la acredite, los organismos sujetos a fiscalización
por el Tribunal de Cuentas.
Con justificantes originales, los no sujetos a esa fiscalización.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa,
cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo
establecido en el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
fecha de su notificación que establece el artículo 46.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 30 de junio de 1999.-El Director general, Tomás García-Cuenca
Ariati.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Formación, Perfeccionamiento y
Movilidad de Investigadores.
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