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Accediendo a lo solicitado por doña Pilar Lidueña Gómez,
Registradora de la Propiedad de Granada número 2, y con arreglo
a lo dispuesto en los artículos 287 de la Ley Hipotecaria, 539
de su Reglamento y artículo 3.1.e) del Real Decreto 1882/1996,
de 2 de agosto,
Esta Dirección General ha acordado declarar a doña Pilar
Lidueña Gómez, en situación de excedencia voluntaria en el Cuerpo
de Registradores de la Propiedad y Mercantiles, por un tiempo
no inferior a un año, pasado el cual podrá volver al servicio activo,
si lo solicitare, de conformidad con lo establecido en las
disposiciones vigentes.
Lo que digo a V. E. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 25 de junio de 1999.-El Director general, Luis María
Cabello de los Cobos y Mancha.
Excmo. Sr. Presidente del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía.
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