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Documento BOE-A-1999-15788

Resolución de 7 de julio de 1999, de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para un lector de español en la Universidad de Al-Azhar, de Gaza (Territorios Palestinos), del ámbito del Instituto de Cooperación con el Mundo Árabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo (ICMAMPD), curso académico 1999-2000.

Publicado en:
«BOE» núm. 171, de 19 de julio de 1999, páginas 27141 a 27142 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1999-15788

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de los programas de formación y difusión del español y la cultura hispánica que desarrolla este organismo en el marco de la cooperación educativa y científica con los países árabes, africanos y asiáticos en vías de desarrollo, se convocan ayudas para el lector de español en la Universidad de Al-Azhar, de Gaza (Territorios Palestinos), por un período comprendido entre septiembre de 1999 y agosto de 2000, mediante la necesaria publicidad, concurrencia y objetividad.

Con tal fin, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 26 de marzo de 1992 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), según redacción dada por Orden de 21 de enero de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de febrero), por la que se establecen las bases para la concesión de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional, y el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, que aprueba el Reglamento de procedimiento para la concesión de subvenciones públicas,

Esta Presidencia ha resuelto:

Primero.

Ordenar la publicación de la convocatoria del concurso de ayudas para un lector de español en la Universidad indicada, curso académico 1999–2000, conforme a las condiciones y especificaciones que se recogen en los anexos de la presente Resolución.

Madrid, 7 de julio de 1999.–El Presidente, P.D. (Resolución 21 de noviembre de 1997, «Boletín Oficial del Estado» de 10 de diciembre), el Secretario general, Luis Espinosa Fernández.

Ilmos. Sres. Director general del Instituto de Cooperación con el Mundo Árabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo y Secretario general de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

ANEXO I
Convocatoria del concurso de ayudas para lector de español en la Universidad de Al-Azhar, de Gaza (Territorios Palestinos), del ámbito del Instituto de Cooperación con el Mundo Árabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo (ICMAMPD), curso 1999–2000

CONDICIONES GENERALES

Primera.

En el marco de lo previsto en la Orden de 26 de marzo de 1992, el concurso del ICMAMPD tiene por objeto la concesión de ayudas económicas complementarias a licenciados españoles, en Filología Árabe o equivalente, para ocupar el puesto de lector en el departamento de Español de la Universidad mencionada, con cargo a la aplicación presupuestaria 12.103.134-A.480 para 1999. La concesión se realiza con la doble finalidad de incentivar las relaciones culturales y contribuir a la difusión de lengua y cultura españolas de conformidad con los acuerdos de cooperación cultural firmados por España con otros países.

Segunda. Requisitos de los beneficiarios.

1.º Nacionalidad española.

2.º Ser licenciado en Filología Árabe o equivalente.

3.º Acreditación de conocimientos de árabe y de inglés.

4.º Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, debiendo, en otro caso, si no estuvieran sujetos al cumplimiento de dichas obligaciones, acreditar esta circunstancia mediante declaración responsable.

5.º No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desarrollo de la actividad objeto de la ayuda.

Tercera. Documentación requerida.

1.º Instancia en la que consten los datos personales y documentación presentada (según anexo II).

2.º Documento nacional de identidad/número de identificación fiscal.

3.º Título de licenciado.

4.º Certificación académica de asignaturas.

5.º Currículum vitae con traducción al árabe o inglés.

6.º Acreditación del idioma árabe e inglés mediante los correspondientes títulos o certificados oficiales homologados u homologables, o certificados de superación de pruebas oficiales (acreditativas de los conocimientos).

7.º Acreditación de la capacidad docente y experiencia profesional, si la hubiere, para la enseñanza del español.

8.º Acreditación, en la forma reglamentariamente establecida, de hallarse los interesados al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social. Cuando el interesado no esté sujeto a obligaciones tributarias o de la Seguridad Social, deberá acreditar que está exento mediante declaración responsable.

9.º Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desarrollo de la actividad objeto de la ayuda.

La documentación se aportará mediante fotocopia debidamente compulsada, ya que no se devolverán documentos originales o irrepetibles.

Cuarta. Plazo y lugar de presentación de las solicitudes.

Las solicitudes y documentación requerida deberán presentarse en el plazo de veinte días naturales, a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», en:

Registro General AECI, avenida Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid, teléfono 583 81 00.

Embajadas, Consulados u Oficinas Técnicas de Cooperación de España.

Registros de los organismos administrativos relacionados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública en el tablón de anuncios de la AECI una lista de expedientes completos e incompletos, para que en el plazo de diez días naturales se subsanen los defectos o se aporten los documentos preceptivos.

Quinta.

La información, tramitación de expedientes y demás gestiones a cargo del ICMAMPD se realizará en la Unidad de Cooperación Cultural, ubicada en la Agencia Española de Cooperación Internacional (avenida Reyes Católicos, 4, edificio B, segunda planta, 28040 Madrid, teléfono 583 84 36).

Sexta.

La evaluación de las solicitudes se efectuará por una Comisión formada por el Director general del ICMAMPD y cuatro vocales a designar por el Secretario general de la Agencia, conforme a lo dispuesto en el apartado 4.o de la Orden de referencia, la cual actuará según los siguientes baremos:

a) Expediente académico del solicitante, hasta 2,50 puntos.

b) Cursos de lengua árabe no incluidos en el expediente académico, hasta 2,50 puntos.

c) Capacidad docente y experiencia en la enseñanza del español, hasta 1 punto.

d) Títulos y cursos de otras lenguas de uso común en el país de destino (inglés o francés), hasta 1 punto.

e) Haber obtenido el título de Licenciado en los últimos tres años, 3 puntos.

La Comisión evaluadora procederá a la preselección y propuesta de expedientes, condicionada a la aceptación o nombramiento de los candidatos por las Universidades, en el período de veinte días a partir del término del plazo de presentación de solicitudes. La relación de candidatos preseleccionados, que será expuesta en el tablón de anuncios de la AECI, será trasladada a las Universidades extranjeras junto a la documentación de los candidatos para la selección definitiva del lector y suplentes.

Recibida la aceptación de la Universidad, el Secretario general de la AECI, por delegación del Presidente de la misma, dictará Resolución de concesión de las ayudas, que se notificará directamente a los interesados, mediante notificación escrita, en un plazo no superior a los seis meses contados a partir de la fecha de la publicación de esta convocatoria.

Contra la Resolución de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, que pone fin a la vía administrativa, conforme a lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso–Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.

Séptima. Sustituciones.

Los preseleccionados para ocupar el puesto de lector serán suplentes para optar a la plaza vacante ocasionada por la eventual renuncia del lector titular en el mismo destino. El orden de los suplentes corresponderá al establecido por la Universidad.

Octava. Dotación.

El lector percibirá la anualidad de la ayuda por trimestres vencidos, en pesetas, situándose en dólares. Tendrá derecho a un mes de vacaciones. La cuantía mensual de la ayuda es de 200.000 pesetas, que será complementaria a las facilidades ofrecidas por la Universidad.

El importe de la ayuda tendrá las retenciones fiscales correspondientes.

La ayuda incluye: Viaje de ida y vuelta al año (desde el lugar de residencia hasta la ciudad de destino), y un seguro de asistencia médica y de accidentes en viaje durante el período de vigencia de la ayuda, de acuerdo con las condiciones incluidas en el contrato suscrito por la AECI con la compañía correspondiente.

La AECI se hará cargo de la tramitación y obtención del visado correspondiente.

Novena.

La concesión de esta ayuda estará condicionada a la existencia de crédito en el presupuesto del año 2000, para las mensualidades correspondientes a este año.

Décima.

El beneficiario de la ayuda estará obligado a:

a) Cumplir con las tareas previamente establecidas por la Universidad.

b) Presentar una memoria en el plazo de un mes desde que acabe el curso, e informes trimestrales de las actividades desarrolladas en el plazo de quince días desde que se efectúe cada fracción del pago.

c) Facilitar justificante del cobro de la ayuda personal.

d) Facilitar, en relación con el destino de los fondos, cuanta información sea requerida por la AECI, Intervención General o Tribunal de Cuentas.

e) Comunicar a la AECI la obtención, en su caso, de otras ayudas

para la misma finalidad, bien sean públicas o privadas.

Undécima.

La percepción de la ayuda no implica relación laboral alguna con la AECI.

Duodécima.

Procederá al reintegro de la ayuda percibida en los siguientes casos:

a) El abandono de las funciones propias de su cargo.

b) La expulsión o interrupción de las funciones de lector por parte

de la Universidad.

c) La comprobación de que se obtuvo la ayuda sin reunir las condiciones requeridas para ello.

d) El incumplimiento de la justificación de la ayuda.

e) La percepción de cualquier otra ayuda para la misma finalidad,

bien sea pública o privada.

f) El incumplimiento de la finalidad de la concesión, o de las obligaciones impuestas al beneficiario de la concesión.

En el supuesto de reintegro de la ayuda, el beneficiario tendrá la obligación de reintegrar las cantidades percibidas y de satisfacer el interés

de demora desde el momento del pago de la ayuda en la cuantía fijada en el artículo 36 de la Ley General Presupuestaria.

Decimotercera.

Los concursantes, por el hecho de serlo, se entiende que aceptan en todos sus términos las presentes bases, así como la propuesta de la Comisión evaluadora y la Resolución del Presidente de la AECI, sin perjuicio de los recursos que procedan.

Decimocuarta.

Trimestralmente, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» la relación de ayudas concedidas.

Decimoquinta.

Para todos aquellos extremos no previstos en la presente Resolución, se aplicará con carácter supletorio lo dispuesto en los artículos 81 y 82 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, en el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, y en la Orden de 26 de marzo de 1992, parcialmente modificada por la Orden de 21 de enero de 1997.

ANEXO II
Ayudas para lectores de español en universidades extranjeras

I. Datos personales:

Apellidos: ......................................................................

Nombre: .......................................................................

Lugar y fecha de nacimiento: ...........................................

Número de identificación fiscal: ........................................

Calle: ....................................................... Número: ......

Provincia .......................... C.P.: ............ Tfno.: ..............

II. Universidades solicitadas por orden de preferencia:

...................................................................................

...................................................................................

...................................................................................

...................................................................................

...................................................................................

...................................................................................

...................................................................................

...................................................................................

III. Documentación que presenta:

...................................................................................

...................................................................................

...................................................................................

...................................................................................

................ a ...... de ................ de 19....

Ilmo. Sr. Secretario general de la AECI.

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