La Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 27 de enero de 1999
autoriza a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a emitir
Deuda del Estado durante 1999 y enero de 2000, señalando los
instrumentos en que podrá materializarse, entre los que se encuentran los Bonos
y Obligaciones del Estado denominados en euros, y estableciendo las reglas
básicas a las que su emisión ha de ajustarse, que básicamente son una
prórroga de las vigentes en 1998, adaptadas para las emisiones en euros
por Orden de 23 de diciembre de 1998.
En virtud de las citadas normas, la Resolución de esta Dirección General
de 28 de enero de 1999 reguló el desarrollo y resolución de las subastas
de Bonos y Obligaciones del Estado e hizo público el calendario de subastas
ordinarias para 1999. Posteriormente, por Orden de 10 de febrero de 1999
y Resolución de 11 de febrero de 1999 se ha regulado la figura de Creador
de Mercado de Deuda Pública del Reino de España y la participación
de las entidades que tengan esta condición en las subastas de Bonos y
Obligaciones del Estado, modificándose el procedimiento establecido para
la presentación de peticiones y el desarrollo de las segundas vueltas.
Para cumplimiento del calendario de emisiones es necesario fijar las
características de Bonos y Obligaciones del Estado a tres, cinco, diez y
quince años que se pondrán en circulación en el próximo mes de agosto
de 1999 y convocar las correspondientes subastas. En estas subastas, dada
la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras
realizadas con anterioridad, a fin de completar el volumen que requieren
las emisiones en la actualidad para garantizar su liquidez en los mercados
secundarios, se ponen en oferta nuevos tramos de las referencias que
vienen emitiendo, y que tienen la calificación de Bonos segregables, de
acuerdo con lo previsto en la Orden de 19 de junio de 1997.
Por todo ello, en uso de las autorizaciones contenidas en la Orden
de 27 de enero de 1999,
Esta Dirección General ha resuelto:
1. Disponer las emisiones denominadas en euros de Bonos del Estado
a tres y cinco años y de Obligaciones del Estado a diez y quince años
en el mes de agosto de 1999 y convocar las correspondientes subastas,
que habrán de celebrarse de acuerdo con lo previsto en la Orden de 27
de enero de 1999, en las Resoluciones de 28 de enero, 11 de febrero y
15 de abril de 1999 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera
y en la presente Resolución.
2. Características de los Bonos y Obligaciones en euros que se emiten.
a) El tipo de interés nominal anual y las fechas de amortización de
vencimiento de cupones serán los mismos que establecieron la Resolución
de esta Dirección General de 16 de junio de 1999 para las emisiones de
Bonos del Estado a tres años al 3,0 por 100, vencimiento el 31 de enero
de 2003, y de Bonos del Estado a cinco años al 3,25 por 100, vencimiento
el 31 de enero de 2005; la Resolución de 15 de abril de 1999 para la
emisión de Obligaciones del Estado a diez años al 4,0 por 100, vencimiento
el 31 de enero de 2010, y la Resolución de 17 de noviembre de 1998
para la emisión de Obligaciones del Estado a quince años al 4,75 por
100, vencimiento el 30 de julio de 2014. El primer cupón a pagar será,
por su importe completo, el de 30 de julio de 2000 en las Obligaciones
a quince años y el de 31 de enero de 2001 en los Bonos a tres y cinco
años. En las Obligaciones a diez años, el primer cupón a pagar será el
de 31 de enero de 2000 y su importe se determinará, según lo previsto
en la Resolución de 21 de abril de 1999, mediante la siguiente expresión:
0,04 ^ 265 Importe a pagar = ^ saldo nominal
365
b) Los Bonos y Obligaciones en euros cuya emisión se dispone por
la presente Resolución tienen la calificación de Bonos segregables. No
obstante, la autorización para el inicio de las operaciones de segregación
y reconstitución de los Bonos a tres y cinco años y Obligaciones a diez
y quince años que se ponen en oferta deberá aprobarse mediante
Resolución de esta Dirección General.
3. Los titulares de cuentas a nombre propio en la Central de
Anotaciones y las entidades gestoras con capacidad plena o restringida
formularán las peticiones entre las ocho treinta y las diez horas del día fijado
para la resolución de las subastas, a través de la red informática de
comunicaciones del Servicio de Liquidación del Banco de España, o por teléfono
en caso de no disponer de la citada conexión. Los Creadores de Mercado
de Deuda Pública del Reino de España, de acuerdo con lo dispuesto en
la Resolución de 11 de febrero de 1999, dispondrán de un período adicional
de treinta minutos para presentar sus peticiones.
4. Las segundas vueltas de las subastas, a las que tendrán acceso
en exclusiva los Creadores de Mercado de Deuda Pública del Reino de
España, se desarrollarán entre la resolución de las subastas y las doce
horas del segundo día hábil posterior a su celebración, conforme al
procedimiento establecido en la Resolución de 11 de febrero de 1999.
5. Existiendo la posibilidad de formular ofertas no competitivas en
las subastas que se convocan, según se prevé en el apartado 1.b) de la
Resolución de 28 de enero de 1999, con posterioridad a la celebración
de las subastas no existirá período de suscripción pública de la Deuda
que se emite.
6. Según se determina en el punto 1 de la Resolución de 28 de enero
de 1999, los Bonos y Obligaciones que se emitan se pondrán en circulación
losdías9y10deagosto próximo, fechas de desembolso y adeudo en
cuenta fijadas para los titulares de cuentas en la Central de Anotaciones,
y se agregarán, en cada caso, a las emisiones reseñadas en el apartado 2.a)
anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquéllas, con las
que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en
circulación.
7. En el anexo de la presente Resolución, y con carácter informativo
a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de
equivalencia entre precios y rendimientos de los Bonos y Obligaciones del
Estado cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con lo previsto
en el apartado 5.8.3 de la Orden de 27 de enero de 1999 y en la Resolución
de 15 de abril de 1999.
Madrid, 15 de julio de 1999.-La Directora general, Gloria Hernández
García.
ANEXO
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del
Estado a tres años al 3,0 por 100, vencimiento 31 de enero de 2003
(Subasta mes de agosto)
Porcentaje
Precio Rendimiento bruto * Precio Rendimiento bruto *
96,00 3,815 96,26 3,733
96,01 3,812 96,27 3,729
96,02 3,809 96,28 3,726
96,03 3,806 96,29 3,723
96,04 3,803 96,30 3,720
96,05 3,800 96,31 3,717
96,06 3,796 96,32 3,714
96,07 3,793 96,33 3,710
96,08 3,790 96,34 3,707
96,09 3,787 96,35 3,704
96,10 3,784 96,36 3,701
96,11 3,780 96,37 3,698
96,12 3,777 96,38 3,695
96,13 3,774 96,39 3,691
96,14 3,771 96,40 3,688
96,15 3,768 96,41 3,685
96,16 3,764 96,42 3,682
96,17 3,761 96,43 3,679
96,18 3,758 96,44 3,676
96,19 3,755 96,45 3,672
96,20 3,752 96,46 3,669
96,21 3,749 96,47 3,666
96,22 3,745 96,48 3,663
96,23 3,742 96,49 3,660
96,24 3,739 96,50 3,656
96,25 3,736
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del
Estado a cinco años al 3,25 por 100, vencimiento 31 de enero de 2005
(Subasta mes de agosto)
Porcentaje
Precio Rendimiento bruto * Precio Rendimiento bruto *
93,50 4,291 93,76 4,235
93,51 4,289 93,77 4,233
93,52 4,287 93,78 4,231
93,53 4,285 93,79 4,229
93,54 4,283 93,80 4,226
93,55 4,280 93,81 4,224
93,56 4,278 93,82 4,222
93,57 4,276 93,83 4,220
93,58 4,274 93,84 4,218
93,59 4,272 93,85 4,216
93,60 4,270 93,86 4,214
93,61 4,267 93,87 4,211
93,62 4,265 93,88 4,209
93,63 4,263 93,89 4,207
93,64 4,261 93,90 4,205
93,65 4,259 93,91 4,203
93,66 4,257 93,92 4,201
93,67 4,254 93,93 4,199
93,68 4,252 93,94 4,196
93,69 4,250 93,95 4,194
93,70 4,248 93,96 4,192
93,71 4,246 93,97 4,190
93,72 4,244 93,98 4,188
93,73 4,242 93,99 4,186
93,74 4,239 94,00 4,184
93,75 4,237
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones
del Estado a diez años al 4,0 por 100, vencimiento 31 de enero de 2010
(Subasta mes de agosto)
Porcentaje
Precio Rendimiento bruto * Precio Rendimiento bruto *
92,50 5,065 93,80 4,895
92,55 5,059 93,85 4,888
92,60 5,052 93,90 4,882
92,65 5,045 93,95 4,875
92,70 5,039 94,00 4,869
92,75 5,032 94,05 4,862
92,80 5,026 94,10 4,856
92,85 5,019 94,15 4,849
92,90 5,012 94,20 4,843
92,95 5,006 94,25 4,836
93,00 4,999 94,30 4,830
93,05 4,993 94,35 4,823
93,10 4,986 94,40 4,817
93,15 4,980 94,45 4,810
93,20 4,973 94,50 4,804
93,25 4,966 94,55 4,797
93,30 4,960 94,60 4,791
93,35 4,953 94,65 4,785
93,40 4,947 94,70 4,778
93,45 4,940 94,75 4,772
93,50 4,934 94,80 4,765
93,55 4,927 94,85 4,759
93,60 4,921 94,90 4,752
93,65 4,914 94,95 4,746
93,70 4,908 95,00 4,740
93,75 4,901
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones
del Estado a quince años al 4,75 por 100, vencimiento 30 de julio de 2014
(Subasta mes de agosto)
Porcentaje
Precio Rendimiento bruto * Precio Rendimiento bruto *
94,00 5,355 95,30 5,223
94,05 5,350 95,35 5,218
94,10 5,345 95,40 5,213
94,15 5,340 95,45 5,207
94,20 5,335 95,50 5,202
94,25 5,330 95,55 5,197
94,30 5,324 95,60 5,192
94,35 5,319 95,65 5,187
94,40 5,314 95,70 5,182
94,45 5,309 95,75 5,177
94,50 5,304 95,80 5,172
94,55 5,299 95,85 5,167
94,60 5,294 95,90 5,162
94,65 5,289 95,95 5,157
94,70 5,284 96,00 5,152
94,75 5,278 96,05 5,147
94,80 5,273 96,10 5,142
94,85 5,268 96,15 5,137
94,90 5,263 96,20 5,132
94,95 5,258 96,25 5,127
95,00 5,253 96,30 5,122
95,05 5,248 96,35 5,117
95,10 5,243 96,40 5,112
95,15 5,238 96,45 5,107
95,20 5,233 96,50 5,102
95,25 5,228
* Rendimientos redondeados al tercer decimal.
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