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Documento BOE-A-1999-15836

Orden de 1 de julio de 1999 sobre cesión de participación en las concesiones de explotación de hidrocarburos «Marismas B-1», «Marismas C-1», «Marismas C-2», «Rebujena», «El Romeral 1», «El Romeral 2» y «El Romeral 3».

Publicado en:
«BOE» núm. 172, de 20 de julio de 1999, páginas 27234 a 27235 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1999-15836

TEXTO ORIGINAL

Vistos los contratos de cesión por los que «Locs Oil Company of Spain, Sociedad Anónima», cede a «Nueva Electricidad del Gas, Sociedad Anónima», una participación indivisa en la titularidad de las concesiones de explotación de hidrocarburos «Marismas B-1», «Marismas C-1», «Marismas C-2» y «Rebujena», del 15 por 100, y a las concesiones «El Romeral 1», «El Romeral 2» y «El Romeral 3», del 25 por 100.

Como consecuencia de la aprobación de los contratos de cesión, la titularidad de las concesiones de explotación de hidrocarburos «Marismas B-1», «Marismas C-1», «Marismas C-2» y «Rebujena», pasará a ser:

«Locs Oil Company of Spain, Sociedad Anónima»: 85 por 100. «Nueva Electricidad del Gas, Sociedad Anónima»: 15 por 100.

Y las concesiones «El Romeral 1», «El Romeral 2» y «El Romeral 3»:

«Locs Oil Company of Spain, Sociedad Anónima»: 75 por 100. «Nueva Electricidad del Gas, Sociedad Anónima»: 25 por 100.

Informado favorablemente el expediente por la Dirección General de la Energía y tramitado con arreglo a lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y el artículo 10 del Reglamento aprobado por Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio, sobre Investigación y Explotación de Hidrocarburos, dispongo:

Primero.

Se autorizan los contratos de cesión de participación en las concesiones de explotación de hidrocarburos anteriormente citadas, por las que «Locs Oil Company of Spain, Sociedad Anónima» cede a «Nueva Electricidad del Gas, Sociedad Anónima» una participación indivisa en la titularidad de las concesiones de explotación de hidrocarburos «Marismas B-1», «Marismas C-1», «Marismas C-2» y «Rebujena» del 15 por 100, y en las concesiones «El Romeral 1», «El Romeral 2» y «El Romeral 3», del 25 por 100.

Segundo.

Como consecuencia de la autorización otorgada en la condición primera anterior, la titularidad de las concesiones de explotación de hidrocarburos «Marismas B-1», «Marismas C-1», «Marismas C-2» y «Rebujena», pasará a ser:

«Locs Oil Company of Spain, Sociedad Anónima»: 85 por 100.

«Nueva Electricidad del Gas, Sociedad Anónima»: 15 por 100.

Y en las concesiones «El Romeral 1», «El Romeral 2» y «El Romeral 3»:

«Locs Oil Company of Spain, Sociedad Anónima»: 75 por 100.

«Nueva Electricidad del Gas, Sociedad Anónima»: 25 por 100.

La compañía operadora de las concesiones continuará siendo «Locs Oil Company of Spain, Sociedad Anónima».

Tercero.

También se aprueba la adhesión a los respectivos Convenios de Colaboración vigentes, que regulan las relaciones entre las compañías para el correcto desarrollo de las actividades en las concesiones.

Cuarto.

Dentro del plazo de treinta días a partir de la fecha de entrada en vigor de esta Orden, las compañías titulares «Locs Oil Company of Spain, Sociedad Anónima» y «Nueva Electricidad del Gas, Sociedad Anónima», deberán presentar en el Servicio de Hidrocarburos de la Dirección General de la Energía, resguardos acreditativos de haber ingresado en la Caja General de Depósitos las garantías ajustadas a su nueva participación en la titularidad de las mencionadas concesiones de explotación.

Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y efectos. Madrid, 1 de julio de 1999.

PIQUÉ I CAMPS

Ilmo. Sr. Director general de la Energía.

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