Está Vd. en

Documento BOE-A-1999-15857

Orden de 25 de mayo de 1999 por la que se renueva la adscripción a la función inspectora educativa y se integra en el Cuerpo de Inspectores de Educación a don Adolfo Navarro Muñoz.

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 21 de julio de 1999, páginas 27254 a 27254 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-15857

TEXTO ORIGINAL

La disposición derogatoria del Real Decreto 2193/1995, de

28 de diciembre, por el que se establecen las normas básicas

para el acceso y la provisión de puestos de trabajo en el Cuerpo

de Inspectores de Educación y la integración en el mismo de los

actuales Inspectores, mantiene la vigencia del artículo 17 del Real

Decreto 1524/1989, de 15 de diciembre, respecto de los

funcionarios que se refieren las disposiciones transitorias segunda

y tercera del citado Real Decreto.

Por Orden de 30 de septiembre de 1986, tras su selección

por concurso de méritos, se adscribió a don Adolfo Navarro Muñoz

a la función inspectora educativa. Transcurridos los tres años de

adscripción en el ejercicio de la función inspectora, el citado

funcionario solicitó su continuidad, para la cual se ha llevado a cabo

la valoración de su trabajo por la Comisión de Valoración

nombrada por Resolución de la Dirección General de Coordinación

y de la Alta Inspección, de fecha 19 de julio de 1996 ("Boletín

Oficial del Ministerio de Educación y Cultura" de 5 de agosto);

Vista la propuesta elevada por la Dirección General de

Coordinación y de la Alta Inspección,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.-Proceder a renovar la adscripción a la función

inspectora educativa de don Adolfo Navarro Muñoz.

Segundo.-De acuerdo con la disposición transitoria segunda

del Real Decreto 2193/1995, de 28 de diciembre, procede, por

tanto, integrar a don Adolfo Navarro Muñoz, con documento

nacional de identidad número 51.963.746, y número de Registro de

Personal 5196374624 A0510, en el Cuerpo de Inspectores de

Educación con efectos de 1 de mayo de 1999.

Tercero.-A los solos efectos de determinar su antigüedad en

el cuerpo de Inspectores de Educación, se le reconoce la fecha

de acceso como docente a la función inspectora, de conformidad

con las disposiciones de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio.

Cuarto.-Esta Orden es definitiva en la vía administrativa y

contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo

ante los Juzgados centrales de lo Contencioso-Administrativo,

conforme a lo establecido en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998,

de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, y artículo 90.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 3 de

julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica

6/1998, del 13 de julio, en el plazo de dos meses, a contar desde

el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo

dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Asimismo,

la presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en

reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la

ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y

117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13

de enero.

Madrid, 25 de mayo de 1999.-P. D. (Orden de 1 de marzo

de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 2), el Director general

de Personal y Servicios, Rafael Catalá Polo.

Ilmo. Sr. Director general de Personal y Servicios.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid