En el expediente administrativo incoado con fecha 27 de abril de 1999
por el Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria (en adelante AEAT), a la entidad Caja General de
Ahorros de Granada en relación con su actuación como colaboradora en
la gestión recaudatoria de la Hacienda Pública, y en virtud de lo dispuesto
en el artículo 78.6 del Reglamento General de Recaudación (Real
Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, modificado por el Real Decreto 448/1995,
de 24 de marzo), se ha adoptado la resolución que a continuación se publica:
Primero.-Suspender temporalmente de la prestación del servicio de
colaboración a la oficina número 0165 de la entidad Caja General de
Ahorros de Granada, sita en la calle Vázquez López, 2, de Huelva, desde
la segunda quincena de agosto de 1999 hasta la primera quincena de
septiembre de 1999, es decir, por el período comprendido entre los días 6
de agostoy6deseptiembre de 1999, ambos inclusive.
Segundo.-La referida suspensión se extenderá a la totalidad de
operaciones que, como colaboradora en la gestión recaudatoria, efectúe la
oficina afectada, salvo aquellas que deban realizarse durante el período
de vigencia de la suspensión, relacionadas con domiciliaciones llevadas
a cabo con anterioridad al inicio de dicha suspensión.
Cualquier otra operación que, durante el plazo de suspensión acordado,
pudiera admitir la oficina afectada carecerá de efectos liberatorios frente
a la Hacienda Pública.
Tercero.-Este Departamento de Recaudación podrá realizar las
actuaciones de comprobación que estime oportunas a los efectos de constatar
la efectividad de la suspensión acordada.
Cuarto.-Transcurrido el plazo de suspensión acordado la oficina
afectada podrá reiniciar su actuación como colaboradora en la gestión
recaudatoria sin limitación alguna.
Contra la presente Resolución podrá interponerse, a tenor de lo
establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, recurso ordinario ante el Director general de la
AEAT en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al recibo de
la presente notificación.
Madrid, 1 de julio de 1999.-El Director del Departamento, Juan Beceiro
Mosquera.
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