Visto el expediente de indulto de don José Cárdenas Pardo, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Arenys de Mar, en sentencia de 27 de enero de 1998, como autor de un delito continuado de falsificación, a la pena de dos años de prisión menor y multa de 200.000 pesetas y un delito continuado de estafa, a la pena de dos meses de arresto mayor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1986, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de junio de 1999,
Vengo en indultar a don José Cárdenas Pardo las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 25 de junio de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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