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Documento BOE-A-1999-16086

Real Decreto 1258/1999, de 16 de julio, por el que se suprime la comisión liquidadora de la extinta Generalidad de la II República, creada por Orden de la Presidencia del Gobierno de 6 de noviembre de 1942.

Publicado en:
«BOE» núm. 176, de 24 de julio de 1999, páginas 27658 a 27658 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-1999-16086
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1999/07/16/1258

TEXTO ORIGINAL

La Orden de la Presidencia del Gobierno de 6 de noviembre de 1942 creó una Comisión Mixta Liquidadora de la extinguida Generalidad de Cataluña, encargada de estudiar y proponer al Gobierno las medidas oportunas para dar solución a los problemas económicos que dejó pendientes la supresión de esta institución. La Comisión estaba compuesta por representantes de los Ministerios de Hacienda y de la Gobernación, así como por los Presidentes de las Diputaciones de las cuatro provincias catalanas. Por Orden de Presidencia del Gobierno de 5 de abril de 1950 se integró en la Comisión un representante del Ministerio de Justicia, que lo designaría entre los Registradores de la Propiedad de Barcelona.

Con el restablecimiento de la Generalidad de Cataluña, operado provisionalmente mediante el Real Decreto-ley 41/1977, de 29 de septiembre, y de forma definitiva mediante Ley Orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, que aprobó el Estatuto de Autonomía de Cataluña, la citada Comisión resulta ya completamente obsoleta, por lo que procede su supresión.

En su virtud, a propuesta del Vicepresidente Primero del Gobierno y Ministro de la Presidencia, del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, y de los Ministros de Justicia y de Administraciones Públicas, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de julio de 1999,

DISPONGO:

Artículo 1.

Queda suprimida la Comisión Mixta Liquidadora de la extinguida Generalidad de Cataluña, creada por Orden de la Presidencia del Gobierno de 6 de noviembre de 1942.

Artículo 2.

Los bienes y derechos hasta ahora gestionados por la citada Comisión se integran a todos los efectos en el Patrimonio del Estado.

Disposición derogatoria única.

Quedan derogadas las Órdenes de la Presidencia del Gobierno de 6 de noviembre de 1942 y de 5 de abril de 1950.

Disposición final única.

La presente disposición entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a 16 de julio de 1999.

JUAN CARLOS R.

El Vicepresidente Primero del Gobierno

y Ministro de la Presidencia,

FRANCISCO ÁLVAREZ-CASCOS FERNÁNDEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 16/07/1999
  • Fecha de publicación: 24/07/1999
  • Fecha de entrada en vigor: 25/07/1999
Referencias anteriores
  • DEROGA:
    • Orden de 6 de noviembre de 1942.
    • Orden de 5 de abril de 1950 (GAZETA) (Ref. BOE-A-1950-4215).
Materias
  • Cataluña
  • Organización de la Administración del Estado

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