La Orden de 26 de marzo de 1992, reguladora del régimen de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional, en sus apartados tercero.4 y quinto.3, y la Resolución de 13 de enero de 1999, sobre el régimen de ayudas singulares de convocatoria abierta para 1999 en su apartado décimo, establecen la obligación de publicar en el «Boletín Oficial del Estado» las ayudas y subvenciones concedidas.
Asimismo, el Real Decreto 259/1998, de 20 de febrero, por el que se establecen las normas especiales sobre ayudas y subvenciones de Cooperación Internacional que no prevén expresamente los requisitos de concurrencia y publicidad en el ámbito de las relaciones internacionales, dispone, igualmente, la publicación trimestral de los beneficiarios de las mismas.
En ejecución de estos mandatos, la Presidencia de la Agencia, en uso de las facultades que le corresponden, resuelve la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la relación (anexo que se acompaña) de las ayudas y subvenciones abonadas, en los términos previstos en la Resolución de 13 de enero de 1999 y en el Real Decreto 259/1998, de 20 de febrero, entre el 1 de abril y el 30 de junio de 1999, excluidos los programas de becas y ayudas de convocatoria general y específicas, cuyas relaciones de beneficiarios se publican en resolución aparte.
Madrid, 9 de julio de 1999.‒El Presidente, P.D. (Resolución de 21 de noviembre de 1997, «Boletín Oficial del Estado» de 12 de diciembre), el Secretario general, Luis Espinosa Fernández.
Ilmos. Sres. Directores generales del Instituto de Cooperación Iberoamericana, y del Instituto de Cooperación con el Mundo Árabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo, Jefe del Gabinete Técnico y Vicesecretaria general de la Agencia.
Subvención de Estado y convocatoria abierta y permanente
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid