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Documento BOE-A-1999-16401

Orden de 19 de julio de 1999 por la que se declara inhábil el próximo mes de agosto, a efectos del cómputo de plazos previsto para el inicio del curso de prácticas de los aspirantes que han superado la fase de oposición de las pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del MAPA, convocadas por Orden de 2 de julio de 1998.

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 28 de julio de 1999, páginas 28170 a 28170 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1999-16401

TEXTO ORIGINAL

Finalizada la fase de oposición de las pruebas selectivas,

convocadas por Orden de 2 de julio de 1998, para ingreso en la

Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de

Organismo Autónomos del MAPA, este Departamento, en uso de las

atribuciones conferidas por la legislación vigente, acuerda declarar

inhábil el próximo mes de agosto, a efectos del cómputo de plazos

previsto en el apartado B) del anexo I de la citada Orden, para

el inicio del curso de prácticas de los aspirantes que han superado

la fase de oposición de las referidas pruebas selectivas.

Contra la presente Orden, podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, desde el día

siguiente a su publicación, ante el Juzgado Central de lo

Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter postestativo, recurso

de reposición ante el excelentísimo señor Ministro de Agricultura,

Pesca y Alimentación en el plazo de un mes, a contar desde el

día siguiente a su publicación, significándose que, en este caso,

no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta

que sea resuelto expresamente o se haya producido la

desestimación presunta del mismo.

Madrid, 19 de julio de 1999.-El Ministro, P. D. (Orden de 1

de julio de 1999, "Boletín Oficial del Estado" del 6), el

Subsecretario, Manuel Lamela Fernández.

Ilmo. Sr. Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca y

Alimentación.

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