La necesidad de atender más eficazmente a la colonia española residente en la ciudad de Constanza, perteneciente a la provincia de La Vega y distante unas tres horas en vehículo de Santo Domingo y de Santiago de los Caballeros, donde se encuentra la Oficina Consular Honoraria más cercana, aconseja la creación de una Oficina Consular Honoraria en Constanza.
Por ello, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por el Consulado General de España en Santo Domingo y previo informe favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Consulares, he tenido a bien disponer:
Primero.-Se crea una Oficina Consular Honoraria en Constanza, con jurisdicción en la zona sur de la provincia de La Vega (ciudades de Constanza y Jarabacoa), con categoría de Consulado Honorario y dependiente del Consulado General de España en Santo Domingo.
Segundo.-El Jefe de la Oficina Consular en Constanza tendrá, de conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares de 24 de abril de 1963, categoría de Cónsul Honorario.
Lo que comunico a VV. EE. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 22 de julio de 1999.
MATUTES JUAN
Excmos. Sres. Subsecretario, Secretario general de Política Exterior y para la Unión Europea y Embajada de España en Santo Domingo.
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