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Documento BOE-A-1999-16661

Resolución de 12 de julio de 1999, de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, por la que se hace público el listado de aprobados definitivos, por orden de puntuación, en la fase de oposición del Cuerpo Técnico de Instituciones Penitenciarias, especialidades de Juristas y Psicólogos.

Publicado en:
«BOE» núm. 182, de 31 de julio de 1999, páginas 28689 a 28689 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1999-16661

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 27 de noviembre de 1998, del Ministerio del

Interior se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo

Técnico de Instituciones Penitenciarias, especialidades de Juristas

y Psicólogos ("Boletín Oficial del Estado" de 11 de diciembre).

Una vez finalizada la fase de oposición del proceso selectivo,

y entregada por el Presidente del Tribunal, copia certificada de

las listas de aprobados,

Esta Dirección General, en virtud de lo previsto en el artículo

22 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se

aprueba el Reglamento General de Ingreso y en la base 8.1 de

la convocatoria, resuelve:

Primero.-Hacer pública la relación de aprobados por orden

de puntuación en las pruebas selectivas de acceso al Cuerpo

Técnico de Instituciones Penitenciarias, especialidades de Juristas y

Psicólogos, en la fase de oposición, que se encontrará expuesta

en los tablones de anuncios de los centros penitenciarios y en

la Dirección General de Instituciones Penitenciarias.

Segundo.-En el plazo de veinte días naturales, a contar desde

el siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial del Estado",

los opositores aprobados deberán presentar en la Subdirección

General de Personal de Instituciones Penitenciarias, los

documentos que se señalan en la base octava de la convocatoria

(apartado 9.1 y 9.2).

Tercero.-Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de

fuerza mayor, no presentasen la documentación o, del examen

de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos

señalados en la base 2 de la convocatoria, no podrán ser

nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin

perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad

en la solicitud inicial (apartado 3, de la base novena de la

convocatoria).

Cuarto.-Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, de conformidad con el artículo 116 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

podrá ser recurrida potestativamente ante este Ministerio mediante

la interposición de recurso de reposición, en el plazo de un mes,

contado a partir del día siguiente a su publicación o ser impugnada

directamente ante la Audiencia Nacional, pudiendo interponerse

en este caso recurso contencioso-administrativo en el plazo de

dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación.

Madrid, 12 de julio de 1999.-El Director general, Ángel Yuste

Castillejo.

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