El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación
de impacto ambiental y su Reglamento de ejecución aprobado por Real
Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen la obligación de
formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución
administrativa que se adopte para la realización o, en su caso, autorización
de la obra, instalación o actividad de las comprendidas en los anexos
a las citadas disposiciones.
De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 839/1996, de 10 de
mayo, y en el Real Decreto 1894/1996, de 2 de agosto, por los que se
establece la estructura orgánica básica y la atribución de competencias
del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Dirección General
de Calidad y Evaluación Ambiental la realización de las declaraciones
de impacto ambiental de competencia estatal, reguladas por la legislación
vigente.
El proyecto de ampliación de superficie en el muelle de Isla Verde,
Algeciras, no figura entre aquellos que deben someterse obligatoriamente
a un procedimiento reglado de evaluación de impacto ambiental. Este
proyecto pertenece a los comprendidos en el anexo II de la Directiva 97/11/CE
del Consejo, de 3 de marzo de 1997, por la que se modifica la Directiva
85/337/CEE, de 27 de junio de 1985, concretamente a los especificados
en el epígrafe 13 del mismo, cualquier cambio o ampliación de los proyectos
que figuran en el anexo I, para los cuales el sometimiento al procedimiento
reglado será preciso cuando los Estados miembros consideren que sus
características lo exigen.
La Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras remitió, con fecha
13 de noviembre de 1998, a la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental la Memoria-resumen del proyecto para que determinara sobre
la necesidad de someterlo al procedimiento antes citado. Los objetivos
y descripción del proyecto figuran en el anexo.
La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental consultó a
diferentes organismos y asociaciones previsiblemente interesados sobre
los efectos ambientales del proyecto. Un resumen del resultado de la
consulta figura en el anexo.
Tras examinar la documentación recibida, esta Dirección General
considera que no se prevé, como resultado de la ejecución del proyecto, la
potencial existencia de impactos ambientales adversos significativos que
necesiten un procedimiento reglado de evaluación de impacto ambiental
para determinar la posibilidad de definir medidas mitigadoras y, en su
caso, la naturaleza de tales medidas al objeto de conseguir impactos no
significativos.
No obstante, los materiales necesarios para el relleno de la explanada
y los mantos de protección de la misma deberán obtenerse de canteras
debidamente autorizadas; asimismo, el citado relleno se llevará a cabo
una vez que esté finalizado el cierre perimetral de la nueva explanada.
En cuanto a la posible existencia de restos arqueológicos en la zona, la
Autoridad Portuaria solicitará a la Consejería de Cultura de la Junta de
Andalucía que ésta determine las prescripciones que estime convenientes.
En consecuencia, la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental resuelve que es innecesario someter al procedimiento reglado de
evaluación de impacto ambiental el proyecto de ampliación de superficie en
el muelle de Isla Verde, Algeciras.
Madrid, 5 de julio de 1999.-La Directora general, Dolores Carrillo
Dorado.
ANEXO
Objetivos y descripción del proyecto
El puerto de la Bahía de Algeciras está ubicado en una de las bahías
naturales mejor adaptadas del mundo para acoger instalaciones portuarias,
aprovechando además su posición estratégica en el estrecho de Gibraltar.
Esto ha hecho que el puerto de la Bahía de Algeciras haya sido reconocido
en el Plan Director de Infraestructuras como uno de los nodos logísticos
claves del sistema de transportes español.
El puerto de la Bahía de Algeciras ha consolidado su primera posición
entre los puertos españoles en el tráfico total de mercancías y, en concreto,
en el de contenedores, tráfico éste en el que en 1997 alcanzó el primer
puesto entre todos los puertos del Mediterráneo.
A remolque de la demanda de tráficos, el puerto de la Bahía de Algeciras,
y particularmente el muelle del Navío, ha ido creciendo con dos
ampliaciones sucesivas hasta su configuración actual, disponiendo de unas
infraestructuras que han quedado saturadas. Ante la imposibilidad de
promover nuevas ampliaciones del muelle del Navío, que supondrían avanzar
las instalaciones enfrentándolas a las playas de La Concha y El Rinconcillo,
la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras ha optado por otras
alternativas, entre las que, además del proyecto de Isla Verde, se encuentra
el proyecto de infraestructuras portuarias en las instalaciones de
Campamento, San Roque, actualmente en procedimiento de evaluación de
impacto ambiental.
Paralelamente a las necesidades emanadas del tráfico de contenedores,
las superficies portuarias han sido requeridas por otros tráficos, como
el de pasajeros, con sus singularidades por las operaciones de paso del
Estrecho, pesca, graneles líquidos y sólidos, mercancías transportadas en
buques "ro-ro", etc. Además, han aparecido requerimientos de superficie
no relacionados con las operaciones portuarias, como es el caso de la
petición efectuada por el Ayuntamiento de Algeciras para la instalación
de una estación depuradora de aguas residuales urbanas (EDAR) que
satisfaga las necesidades globales de la ciudad de Algeciras.
Para la instalación de la estación depuradora de aguas residuales
urbanas se contemplaron dos ubicaciones: La barriada de El Rinconcillo,
complementada con un emisario submarino y la zona de Isla Verde. Se consideró
más favorable esta última por distancia al núcleo de población y por
proporcionar mayor poder diluyente de los vertidos.
El proyecto consiste en crear una superficie, adosada al muelle de
Isla Verde, de 170.000 metros cuadrados, de los cuales, dado que una
parte de esa superficie va cubierta con escollera para amortiguar el rebase
del oleaje, queda una superficie útil de 134.000 metros cuadrados. El relleno
de esa superficie se realizará con material sobrante de canteras.
La explanada se ha proyectado de forma que el pie del talud de los
mantos de protección quede aproximadamente a la cota -5,00 metros.
La capa exterior de estos mantos será de escollera de 6 toneladas. Para
cerrar el contorno de la explanada, y en las zonas donde la batimetría
está por debajo de la cota -5,00 metros, se ha proyectado un manto de
bloques de hormigón de tipo acrópodo. Estos bloques permiten su
colocación en una sola capa y, por ello, suponen un ahorro importante de
hormigón, y por tanto de áridos, frente a otro tipo de bloques.
Respecto a la caracterización de los ecosistemas presentes en la zona
de actuación, los estudios realizados por la Autoridad Portuaria de la
Bahía de Algeciras para otros proyectos que incluían el muelle de Isla
Verde en su ámbito de análisis (ampliación del muelle del Navío, dársena
del Saladillo) ponen de manifiesto la ausencia de especies de alto valor
ambiental o comercial que puedan verse significativamente afectadas por
el presente proyecto.
Por lo que se refiere a la posible influencia del proyecto sobre la
dinámica litoral y, consecuentemente, sobre las playas de la zona, puede
afirmarse que, dada la geometría de la explanada y habida cuenta que los
oleajes incidentes en el interior de la bahía proceden del segundo cuadrante
(sectores E, SE y S), dicha alteración es nula en lo que se refiere a las
playas de Getares y El Rinconcillo. Por otro lado, dado que los dos diques
que rodean a la nueva explanada son barreras al transporte longitudinal
de sedimentos, puede concluirse que la existencia de la explanada
proyectada no es causa de interrupción de dicho transporte.
Consultas realizadas:
Organismos y asociaciones consultadas: Dirección General de Costas;
Dirección General de Pesca (Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta
de Andalucía); Dirección General de Protección Ambiental (Consejería de
Medio Ambiente de la Junta de Andalucía); Ayuntamiento de Algeciras;
Cofradía de Pescadores de Algeciras; AGADEN; Verdemar; Ecologistas en
Acción.
A continuación se resume el contenido ambiental más significativo
de las respuestas recibidas:
Dirección General de Costas: Indica que es necesario llevar a cabo
un estudio bionómico del área en la que se ubicará el nuevo muelle.
Ayuntamiento de Algeciras: Manifiesta la viabilidad urbanística del
proyecto y señala que la información aportada es insuficiente para valorar
los efectos ambientales. Asimismo, considera que se debe concretar la
procedencia de los materiales necesarios para el relleno de la explanada.
AGADEN: Expone la necesidad de estudiar las comunidades presentes
en los fondos de la zona, señalando que se trata de un área muy deteriorada
por los vertidos de aguas fecales. Señala la posibilidad de que haya restos
arqueológicos en el entorno del proyecto. Indica que debe detallarse la
procedencia de los materiales de relleno y analizar las consecuencias de
su obtención. Dice que debe estudiarse la posible incidencia de las obras
sobre la dinámica litoral y las playas de la zona, así como sobre las
actividades pesqueras. Indica que el relleno puede provocar la turbidez del
agua con los consiguientes efectos sobre el ecosistema marino.
Ecologistas en Acción: Realizan idénticas manifestaciones que AGADEN.
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