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Documento BOE-A-1999-16769

Resolución de 21 de julio de 1999, de la Dirección General de Personal y Servicios, por la que se anuncia, de conformidad con la Orden de convocatoria de 30 de noviembre de 1998, la fecha de exposición por las Comisiones de selección de las listas de aspirantes seleccionados, así como el baremo definitivo de puntuaciones de la fase de concurso y de las listas de aspirantes a cubrir puestos en régimen de interinidad para el curso 1999/2000.

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 3 de agosto de 1999, páginas 28814 a 28814 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1999-16769

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 30 de noviembre de 1998 ("Boletín Oficial del

Estado" de 24 de diciembre), por la que se convocan

procedimientos selectivos de ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores

Técnicos de Formación Profesional y procedimiento para la

adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del

mencionado cuerpo, establece en sus apartados 8.3.6 y 20.2 que por

las Comisiones de selección, se expondrán en los tablones de

anuncios de las Direcciones Provinciales y Subdirecciones

Territoriales, en el caso de Madrid, en cuyas sedes hayan actuado,

las listas de los aspirantes seleccionados confeccionados en la

forma prevista en el apartado 8.3.5, así como las de los aspirantes

declarados aptos en el procedimiento de adquisición de nuevas

especialidades.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 8.3.6 de la

Orden de convocatoria, esta Dirección General ha resuelto:

Primero.-Ordenar la exposición, a partir del 30 de julio

de 1999, en los tablones de las Direcciones Provinciales del

Ministerio de Educación y Cultura que hayan sido sede de actuaciones

de las Comisiones de selección o, en su caso, en los de los órganos

correspondientes de las Comunidades Autónomas de Madrid y

Murcia, de las listas de los aspirantes seleccionados con indicación

de la puntuación total que han obtenido y de la provincia asignada

para la realización de la fase de prácticas.

Segundo.-Contra las listas a las que alude el apartado anterior,

los interesados podrán interponer recurso de alzada, en el plazo

de un mes ante la Dirección General de Personal y Servicios, de

conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Tercero.-Los aspirantes que hayan superado los

procedimientos selectivos de ingreso al Cuerpo de Profesores Técnicos de

Formación Profesional deberán presentar ante la Dirección

Provincial de la provincia, a la que hayan sido destinados para la

realización de la fase de prácticas o, en su caso, en los órganos

correspondientes de las Comunidades Autónomas de Madrid y

Murcia, la documentación que les corresponda a las aludidas en

la base 9 de la Orden de convocatoria, dentro de los plazos

establecidos en la citada base.

La Dirección Provincial o, en su caso, los órganos

correspondientes de las Comunidades Autónomas de Madrid y Murcia,

asignará el centro concreto, en el que, con carácter provisional,

deberán realizar la fase de prácticas. Para ello se tendrá en cuenta

la solicitud de petición de centros que según lo indicado en el

apartado 9.2.1 de la Orden de convocatoria deberán presentar

los aspirantes seleccionados, quedando obligados a obtener

destino a través de los sucesivos concursos de traslados a los que

vienen obligados a participar de acuerdo con el apartado 10.3

de la citada Orden de convocatoria.

Cuarto.-De conformidad con lo previsto en el apartado 9.2.3

de la Orden de convocatoria, los aspirantes seleccionados que,

en el plazo de veinte días naturales desde la exposición de las

Comisiones de selección de las listas de seleccionados, no hayan

presentado los documentos enumerados en la base 9 de la referida

Orden de convovcatoria o del examen de la misma se dedujera

que carece de alguno de los requisitos señalados en la base 2

de la misma, decaerán de todos los derechos a ser nombrados

funcionarios de carrera.

Asimismo, la calificación de "apto" de los aspirantes que han

participado en el procedimiento de adquisición de nuevas

especialidades queda condicionada a la comprobación de que reúnen

los requisitos exigidos en la base 15 de la precitada Orden de

convocatoria.

Quinto.-Ordenar la exposición, a partir del día 30 de julio,

en los mismos lugares enumerados en el apartado primero de

esta Resolución, de las listas con las puntuaciones definitivas

alcanzadas en la fase de concurso una vez vistas y atendidas las

reclamaciones presentadas contra las puntuaciones provisionales

que se hicieron públicas por Resolución de 12 de mayo de 1999

("Boletín Oficial del Estado" del 22).

Declarar desestimadas las reclamaciones no recogidas en las

listas a que se refiere el párrafo anterior.

Contra las puntuaciones indicadas en las precitadas listas, los

interesados podrán interponer recurso de alzada, en el plazo de

un mes, ante la Dirección General de Personal y Servicios, de

conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Sexto.-Disponer, de conformidad con la base 13 de la citada

Orden de 30 de noviembre, la publicación, a partir del día 1 de

septiembre de 1999, en los tablones de anuncios de las Direcciones

Provinciales o, en su caso, en los órganos correspondientes de

las Comunidades Autónomas de Madrid y Murcia, de las listas

de aspirantes para cubrir en régimen de interinidad las necesidades

que puedan producirse en el curso 1999/2000 ordenadas según

la puntuación total obtenida y atendiendo a la petición de provincia

solicitada.

Séptimo.-Por la Dirección General de Personal y Servicios o,

en su caso, por los órganos correspondientes de las Comunidades

Autónomas de Madrid y Murcia se adoptarán cuantas medidas

e instrucciones se hagan necesarias para el desarrollo de esta

Resolución.

Madrid, 21 de julio de 1999.-El Director general, Rafael Catalá

Polo.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Gestión de Profesorado de

Enseñanza Secundaria, de Formación Profesional y de Régimen

Especial.

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