Visto el expediente de indulto de don José María Cuevas Carretero,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador,
condenado por el Tribunal Supremo, Sala Segunda, en sentencia de
fecha 30 de septiembre de 1998, resolutoria de recurso de casación
interpuesto contra otra de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de
Bilbao, de fecha 7 de noviembre de 1997, como autor de un delito de
torturas, a la pena de un año de prisión menor y seis años y un día
de inhabilitación especial para las funciones propias de las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad del Estado y otras análogas, a las accesorias de
suspensión de todo cargo público, suspensión para las funciones propias
de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y análogas y del derecho
de sufragio, durante el tiempo de la pena privativa de libertad, por hechos
cometidos en el año 1992; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de julio
de 1999,
Vengo en indultar a don José María Cuevas Carretero la pena privativa
de libertad impuesta y conmutar la pena de inhabilitación especial por
la de suspensión de todo cargo público de un mes y un día, a condición
de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo normal
cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 16 de julio de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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