De conformidad con lo dispuesto en la Resolución de la
Subsecretaría, de 3 de marzo de 1999 ("Boletín Oficial del Estado"
del 19) por la que se convocan licencias por estudios para el
curso 1999-2000, destinadas a funcionarios docentes que
pertenezcan a los Cuerpos de Maestros, Profesores de Enseñanza
Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional,
Profesores de Enseñanzas Artísticas y de Idiomas, Cuerpos declarados
a extinguir, Inspectores de Educación e Inspectores al servicio
de la Administración Educativa, y según el acuerdo de la Comisión
seleccionadora a que se refiere la base octava de la citada
convocatoria,
Esta Dirección General de Personal y Servicios ha resuelto:
Primero.-Conceder licencia por estudios, para el curso
1999-2000, al personal docente que se relaciona en el anexo
I de la presente Resolución.
Segundo.-No conceder licencia por estudios a los candidatos
relacionados en el anexo II de esta Resolución, por no haber sido
preseleccionados en la fase A o, aun habiéndolo sido, no alcanzar
en la suma de las puntuaciones obtenidas en las fasesAyBla
puntuación mínima establecida en la modalidad correspondiente.
Tercero.-Excluir las solicitudes de los participantes
relacionados en el anexo III de esta Resolución, por no reunir alguno
de los requisitos establecidos en la convocatoria, según se
especifica en el mencionado anexo.
Cuarto.-Aceptar las renuncias de participación en la
convocatoria presentadas por los candidatos relacionados en el anexo IV
de esta Resolución.
Quinto.-El período de duración de la licencia por estudios
y los emolumentos a percibir serán los establecidos en las bases
vigésima quinta y vigésima séptima de la citada Resolución de
la Subsecretaría, de 3 de marzo de 1999.
Sexto.-Los seleccionados, de acuerdo con lo establecido en
la base vigésima sexta de la mencionada convocatoria, quedan
obligados a presentar, en el Servicio de Inspección Técnica de
Educación de la Dirección Provincial u órganos correspondientes
de las Comunidades Autónomas de Madrid y Murcia, en la que
tengan su destino durante el curso 1999-2000, o en la
Subdirección General de Inspección Técnica de Educación, en el caso
de los Profesores con destino en centros de su competencia, la
siguiente documentación:
6.1 Licencias por estudios de un año de duración, modalidad
A o B: Durante el mes de febrero de 2000, un informe del trabajo
realizado hasta la fecha o fotocopia compulsada de la certificación
acreditativa de estar matriculado en el curso para el que solicitó
la licencia y de asistencia al mismo. Al finalizar el período de
licencia por estudios, en el plazo improrrogable de un mes, una
Memoria global del trabajo desarrollado o certificación académica
de los estudios realizados.
6.2 Licencias por estudios de un cuatrimestre de duración,
modalidadAoB:Alfinalizar el período de licencia por estudios,
en el plazo improrrogable de un mes, una Memoria global del
trabajo desarrollado o certificación académica de los estudios
realizados.
Séptimo.-Esta Resolución es definitiva en la vía administrativa
y contra la misma cabe interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid, conforme a lo establecido en el
artículo 10.1.i) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos
meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación
en el "Boletín Oficial del Estado", de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Asimismo, la presente
Resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición,
ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes,
a partir del día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial
del Estado", de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116
y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13
de enero.
Madrid, 20 de julio de 1999.-El Director general, Rafael Catalá
Polo.
Ilmos. Sres. Subdirectora general de Formación del Profesorado,
Subdirectora general de Gestión de Profesorado de Educación
Infantil y Primaria y Subdirector general de Gestión de
Profesorado de Educación Secundaria, Formación Profesional y
Régimen Especial.
ANEXOS (ver imágenes páginas 28974 a 28993).
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid