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Documento BOE-A-1999-17066

Resolución de 26 de julio de 1999, del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, por la que se anuncia convocatoria pública para provisión de siete puestos de trabajo de Titulado Superior de Investigación, mediante contratación laboral temporal, para la ejecución de proyectos determinados.

Publicado en:
«BOE» núm. 188, de 7 de agosto de 1999, páginas 29347 a 29350 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1999-17066

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en la Ley 13/1986, de 14

de abril ("Boletín Oficial del Estado" del 18), de Fomento y

Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, y en

el Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, por el que se

desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en

materia de contratos de duración determinada,

Esta Dirección General, previo informe favorable de los

Ministerios de Economía y Hacienda y de Administraciones Públicas,

acuerda:

Primero.-Convocar pruebas selectivas para cobertura de siete

puestos de trabajo de Titulados Superiores de Investigación,

mediante el procedimiento de concurso de méritos, para su

provisión con personal laboral contratado con carácter temporal, para

la ejecución de proyectos determinados, con destino en Madrid.

Segundo.-La realización del proceso selectivo se ajustará a

lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada

por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en el Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo, en los criterios fijados por el Ministerio de

Administraciones Públicas, y a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Requisitos de los aspirantes

1.1 Los aspirantes a los puestos que se convocan deberán

reunir los siguientes requisitos, cumplidos el día que finalice el

plazo de admisión de instancias:

a) Tener la nacionalidad española, la de cualquier otro Estado

miembro de la Unión Europea o la de aquellos Estados a los que

sea de aplicación la libre circulación de trabajadores definida por

el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, en aplicación

de los tratados internacionales celebrados por ésta y ratificados

por España.

También podrán participar, cualquiera que sea la nacionalidad,

los cónyuges de las personas señaladas en el párrafo anterior,

siempre que no estén separados de derecho, así como los

descendientes de las mismas personas y los de sus cónyuges, cuando

no estén separados de derecho, menores de veintiún años o

mayores que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad.

c) Estar en posesión del título académico exigido indicado

en el anexo o equivalente convalidado. Los estudios realizados

en centros españoles no oficiales o en el extranjero deberán estar

homologados.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española no deberán

estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida

en su Estado el acceso a la función pública.

e) No padecer enfermedad o limitaciones físicas o psíquicas

que impidan el normal desempeño de las correspondientes

funciones. Esta circunstancia deberá ser ratificada por el Servicio

Médico del CIEMAT una vez superado el proceso selectivo.

2. Solicitudes

2.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en el modelo de instancia aprobado por

la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración

Pública de 7 de octubre de 1998 (ejemplar autocopiativo en cuyo

ángulo superior derecho figura modelo 750), que podrá ser

recogido en la Subdirección General de Recursos Humanos del

CIEMAT, avenida Complutense, 22, de Madrid, Centro de Información

Administrativa, calle María de Molina, 50, de Madrid, y en las

Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno.

2.2 Las instrucciones para cumplimentar el modelo de

solicitud serán las que se detallan en este modelo, teniendo en cuenta

las siguientes consideraciones:

Instrucciones para cumplimentar el encabezamiento:

En el recuadro correspondiente al "Ministerio", consigne

"Ministerio de Industria y Energía".

En el recuadro dedicado a "Centro Gestor", consigne "CIEMAT".

En el recuadro relativo a los derechos de examen consigne

"20".

En el recuadro donde figura el año de la convocatoria señale

los dos últimos dígitos del año de publicación de esta convocatoria.

Instrucciones particulares:

15. Categoría: Consigne "Titulado Superior".

17. Forma de acceso: Consigne la letra mayúscula "L" para

el sistema general de libre acceso.

18. Ministerio/organismo/entidad convocante: Se consignará

"Ministerio de Industria y Energía".

20. Provincia de examen: "Madrid".

21. Los aspirantes con minusvalía consignarán en este apartado

el porcentaje del grado de minusvalía según dictamen del órgano

competente.

23. En este apartado, los aspirantes con minusvalías solicitarán

las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización

del ejercicio si éstas fueran necesarias.

25. Datos a consignar según las bases de la convocatoria. En

la casilla A, se hará constar expresamente el número de orden

del puesto solicitado según se recoge en el anexo I de esta

convocatoria.

2.3 La presentación de solicitudes se hará en el Registro

General del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales

y Tecnológicas, avenida Complutense, 22, 28040 Madrid, o en

la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín

Oficial del Estado" del 27), en el plazo de veinte días naturales a

partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria.

2.4 Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse

en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las

representaciones diplomáticas españolas correspondientes, quienes las

remitirán seguidamente al organismo competente.

2.5 Las solicitudes se dirigirán al ilustrísimo señor Director

general del CIEMAT.

2.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

3. Documentación

Junto con la solicitud deberá presentarse la siguiente

documentación:

a) Currículum vitae (*).

b) Expediente académico (*).

c) Copia del documento nacional de identidad o pasaporte.

d) Copia de la titulación académica exigida o resguardo de

haberlo solicitado.

(*) Será acreditado documentalmente por los aspirantes

mediante las pertinentes certificaciones, títulos, justificantes,

etcétera.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo previsto para presentación de

solicitudes, el órgano convocante hará públicas, en el plazo de un

mes, las listas de admitidos y excluidos, con indicación de las

causas de exclusión en los tablones de anuncios del CIEMAT,

en las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno en las

Comunidades Autónomas, en la Dirección General de la Función Pública

y en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de

Administraciones Públicas, calle María de Molina, 50, de Madrid.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación

de la resolución, para subsanar el defecto que haya motivado su

exclusión.

Contra la resolución definitiva podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia en

el plazo de dos meses desde el día siguiente a su notificación

(artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de

la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

5. Comisión de Selección

5.1 Se constituirá una Comisión de Selección, que estará

integrada por siete miembros, pudiendo constituirse y actuar con la

asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de los mismos,

siempre que uno de ellos sea el Presidente. Éstos serán los siguientes:

Presidente: El Subdirector general de Recursos Humanos o

persona en quien delegue.

Vocales:

Un representante por la Dirección General de la Función Pública.

Tres representantes de los trabajadores.

Un vocal en representación del organismo.

Secretario: Un representante de la Subdirección General de

Recursos Humanos.

5.2 La Comisión de Selección que actúe en el proceso

selectivo se incluirá dentro de la categoría que se determine por el

Ministerio de Administraciones Públicas, conforme a lo establecido

en el artículo 33.7 del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo,

sobre indemnizaciones por razón de servicio.

5.3 Los miembros de la Comisión de Selección deberán

abstenerse de intervenir cuando concurran en ellos algunas de las

circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, así como cuando hubieran realizado tareas

de preparación de aspirantes en los cinco años anteriores a la

convocatoria, notificándolo a la Dirección General de este

organismo.

5.4 Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros

de la Comisión de Selección cuando concurran las circunstancias

previstas en esta base.

5.5 El Presidente de la Comisión podrá solicitar de los

miembros de la misma declaración expresa de que no concurren en

ellos ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 28

de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

6. Selección

6.1 El sistema de selección será el concurso de méritos, en

el que se tendrán en cuenta las condiciones personales y

profesionales que requiera el puesto de trabajo a desempeñar.

6.2 Los méritos de los aspirantes se valorarán hasta un

máximo de 10 puntos, mediante la aplicación del siguiente baremo:

a) Por experiencia profesional, tanto en la esfera pública como

en la privada, en actividades propias de las especialidades de las

plazas convocadas, se otorgará hasta un punto por cada año de

experiencia, con un máximo de cinco puntos.

b) Por diplomas o certificaciones obtenidas en cursos de

capacitación o especialización, participación en simposios, congresos

o seminarios presentando trabajos o comunicaciones, e

impartición de cursos en temas relacionados con las materias expresadas

en el apartado a), se concederá hasta un máximo de dos puntos.

c) Por publicaciones sobre temas relacionados con dichas

materias hasta un máximo de dos puntos.

d) Por idiomas exigidos en esta convocatoria, hasta un

máximo de un punto. El conocimiento del idioma exigido deberá

acreditarse documentalmente.

No podrá ser seleccionado ningún aspirante cuya puntuación

en el apartado a) de experiencia profesional sea inferior a dos

puntos.

7. Lista de seleccionados

7.1 Concluido el proceso selectivo, la Comisión elevará al

órgano competente la lista de seleccionados, ordenados de mayor

a menor por las puntuaciones alcanzadas, que hubieran obtenido

las calificaciones mínimas, exigidas para la superación del proceso

selectivo, adjudicándose las plazas atendiendo al citado orden de

prelación. Esta lista podrá contener mayor número de aspirantes

que el de plazas convocadas de tal manera que posibilite que

en el caso de que un aspirante seleccionado no llegara a formalizar

el contrato de trabajo, bien por no cumplir los requisitos exigidos

o por renuncia, la autoridad convocante podrá, por riguroso orden

de puntuación, proponer la formalización al aspirante siguiente

de la mencionada relación. En todo caso, el número de contratos

que se formalice no excederá del número de plazas convocadas.

7.2 Finalizada la selección, el órgano convocante, a

propuesta de la Comisión de Selección, hará pública la lista de

seleccionados, que se expondrá en las dependencias del CIEMAT y

en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de

Administraciones Públicas, calle María de Molina, 50, de Madrid.

8. Presentación de documentos

8.1 Los aspirantes seleccionados deberán presentar en la

Subdirección General de Recursos Humanos del CIEMAT, en el plazo

máximo de veinte días naturales desde que se haga pública la

lista de seleccionados, la documentación que acredite que reúne

los requisitos a que se refiere el punto 1 de las presentes bases.

9. Formalización de contratos

9.1 Los contratos de trabajo se formalizarán por escrito, al

amparo del Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, que

regula la contratación temporal para ejecución de proyectos

determinados.

9.2 Se establecerá un período de prueba de seis meses en

las condiciones que se determinan en el artículo 14 del Real

Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba

el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

9.3 Finalizado el proceso selectivo, se procederá a la

formalización de los correspondientes contratos en el plazo de un mes.

La incorporación al puesto de trabajo deberá realizarse en el plazo

máximo de quince días naturales desde la formalización del

contrato.

9.4 El personal que se contrate como consecuencia de este

concurso queda excluido del ámbito de aplicación del Convenio

Único para el Personal Laboral de la Administración General del

Estado, que no comprende, en este organismo, a los Titulados

Superiores, siéndole de aplicación el Real Decreto Legislativo

1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido

de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

10. Normal final

La convocatoria y sus bases, así como cuantos actos

administrativos se deriven de aquéllas y de la actuación de la Comisión

de Selección podrán ser impugnados en el plazo y forma

establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 26 de julio de 1999.-El Director general, Félix

Ynduráin Muñoz.

ANEXO I

Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas

Perfil y características de los puestos de trabajo convocados el 26 de julio de 1999, para provisión de siete puestos

de Titulado Superior de Investigación, para la ejecución de proyectos determinados

Número de orden

Número de plazas Títulaciones académicas Unidad operativa Nivel Características y exigencias del puesto de trabajo

1 1 Doctor en Ciencias Químicas.

Especialidad en Ciencias de los

Materiales e Ingeniería

Metalúrgica.

Departamento de Fisión Nuclear. E Experiencia en procesos de separación y

recuperación de cationes metálicos y en la aplicación

de procesos de refino electrolítico para la

purificación de cationes. Acreditada experiencia en

laboratorios radiactivos con emisores alfa.

Conocimiento sobre los distintos procesos de

separación de actínidos minoritarios por vía

acuosa y por vía seca. Conocimientos sobre

gestión de residuos radiactivos. Estancia, al

menos, de dos años en una Universidad o centro

de investigación extranjero. Inglés (First

Certificate) y alemán (Grundstufe).

2 1 Ingeniero Superior Industrial.

Especialidad Eléctrica.

Departamento de Fusión y

Partículas Elementales.

D Experiencia en cálculos electromagnéticos y

mecánicos. Amplios conocimientos en

superconductividad aplicada. Experiencia en manejo

de programas de cálculo con elementos finitos.

Amplios conocimientos de instrumentación.

Buenos conocimientos de informática general.

Nivel alto de inglés. Conocimiento de francés.

3 1 Licenciado en Ciencias

Matemáticas.

Departamento de Energías

Renovables.

Proyecto Energía Solar.

E Experiencia en análisis energético de edificios,

tanto en simulación teórica como en

monitorización en condiciones reales. Modelizado y

simulación térmica de edificios. Evaluación y

caracterización energética de componentes y

edificios. Validación de modelos de simulación

térmica de edificios para conocer y predecir su

comportamiento energético. Participación en

proyectos europeos sobre energía solar en la

edificación y uso racional de energía en

edificios. Desarrollo de algorritmos para predecir

el comportamiento de técnicas naturales de

refrigeración en edificios.

4 1 Licenciado en Ciencias Físicas. Departamento de Energías

Renovables.

E Conocimiento de energía eólica. Conocimientos

de tecnología de adquisición de datos y medida

de señales así como de análisis de las mismas.

Conocimientos de programación gráfica,

preferiblemente LabWIEW. Experiencia en

aplicación de documentación técnica IEC y

MEASNET. Buen nivel de inglés.

5 1 Doctor Ingeniero Agrónomo. Secretaría General de Relac. Ext.

e Instit.

E Experiencia en contaminación de suelos por

agroquímicos. Uso de modelos matemáticos de

simulación del comportamiento de

contaminantes en suelos. Experiencia en evaluación de

costes externos medioambientales y

socioeconómicas asociados a la producción y consumo de

energía y al transporte dentro de proyectos de

I+D europeos. Manejo de herramientas de

"software" específicas de cuantíficación de costes

externos. Experiencia en análisis de ciclo de

vida. Seis años de experiencia en centros de

investigación.

6 1 Licenciado en Ciencias

Químicas.

Departamento Impacto

Ambiental de la Energía.

E Experiencia contrastada en investigación y

desarrollo en Inventarios de emisiones de

contaminantes atmosféricos. Modelización del

comportamiento de los contaminantes

atmosféricos, especialmente fotoquímicos.

Modelización de procesos meteorológicos. Desarrollo de

sistemas informáticos para el control y

predicción de la contaminación atmosférica.

Conocimientos de informática, especialmente de

programación Fortran y manejo del sistema

operativo Unix. Idiomas: Inglés y francés.

Número de orden

Número de plazas Títulaciones académicas Unidad operativa Nivel Características y exigencias del puesto de trabajo

7 1 Doctor en Biología, Química o

Bioquímica.

Departamento de Impacto

Ambiental de la Energía.

E Cinco años de experiencia probada (artículos

publicados en revistas internacionales) en

modelos animales de carcinogénesis. En

particular el modelo de carcinogénesis química de

piel de ratón. Biología celular y molecular en

células epidérmicas. Mecanismos moleculares

de la transformación celular en células

epidérmicas. Papel de la angiogénesis en el desarrollo

tumoral de la piel. Estudios empleando ratones

transgénicos. Terapia génica en piel.

Transferencia génica ex vivo por métodos virales y no

virales. Desarrollo y trasplante de equivalentes

dermo-epidérmicos. Cinco años, al menos, de

experiencia postdoctoral. Dos años, al menos,

de estancias en el extranjero. Nivel alto de

inglés hablado y escrito.

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