De conformidad con lo establecido en la Ley 13/1986, de 14
de abril ("Boletín Oficial del Estado" del 18), de Fomento y
Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica, y en
el Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, por el que se
desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en
materia de contratos de duración determinada,
Esta Dirección General, previo informe favorable de los
Ministerios de Economía y Hacienda y de Administraciones Públicas,
acuerda:
Primero.-Convocar pruebas selectivas para cobertura de siete
puestos de trabajo de Titulados Superiores de Investigación,
mediante el procedimiento de concurso de méritos, para su
provisión con personal laboral contratado con carácter temporal, para
la ejecución de proyectos determinados, con destino en Madrid.
Segundo.-La realización del proceso selectivo se ajustará a
lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada
por la Ley 23/1988, de 28 de julio, en el Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, en los criterios fijados por el Ministerio de
Administraciones Públicas, y a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Requisitos de los aspirantes
1.1 Los aspirantes a los puestos que se convocan deberán
reunir los siguientes requisitos, cumplidos el día que finalice el
plazo de admisión de instancias:
a) Tener la nacionalidad española, la de cualquier otro Estado
miembro de la Unión Europea o la de aquellos Estados a los que
sea de aplicación la libre circulación de trabajadores definida por
el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, en aplicación
de los tratados internacionales celebrados por ésta y ratificados
por España.
También podrán participar, cualquiera que sea la nacionalidad,
los cónyuges de las personas señaladas en el párrafo anterior,
siempre que no estén separados de derecho, así como los
descendientes de las mismas personas y los de sus cónyuges, cuando
no estén separados de derecho, menores de veintiún años o
mayores que vivan a sus expensas.
b) Tener cumplidos dieciocho años de edad.
c) Estar en posesión del título académico exigido indicado
en el anexo o equivalente convalidado. Los estudios realizados
en centros españoles no oficiales o en el extranjero deberán estar
homologados.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni
hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española no deberán
estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida
en su Estado el acceso a la función pública.
e) No padecer enfermedad o limitaciones físicas o psíquicas
que impidan el normal desempeño de las correspondientes
funciones. Esta circunstancia deberá ser ratificada por el Servicio
Médico del CIEMAT una vez superado el proceso selectivo.
2. Solicitudes
2.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en el modelo de instancia aprobado por
la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración
Pública de 7 de octubre de 1998 (ejemplar autocopiativo en cuyo
ángulo superior derecho figura modelo 750), que podrá ser
recogido en la Subdirección General de Recursos Humanos del
CIEMAT, avenida Complutense, 22, de Madrid, Centro de Información
Administrativa, calle María de Molina, 50, de Madrid, y en las
Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno.
2.2 Las instrucciones para cumplimentar el modelo de
solicitud serán las que se detallan en este modelo, teniendo en cuenta
las siguientes consideraciones:
Instrucciones para cumplimentar el encabezamiento:
En el recuadro correspondiente al "Ministerio", consigne
"Ministerio de Industria y Energía".
En el recuadro dedicado a "Centro Gestor", consigne "CIEMAT".
En el recuadro relativo a los derechos de examen consigne
"20".
En el recuadro donde figura el año de la convocatoria señale
los dos últimos dígitos del año de publicación de esta convocatoria.
Instrucciones particulares:
15. Categoría: Consigne "Titulado Superior".
17. Forma de acceso: Consigne la letra mayúscula "L" para
el sistema general de libre acceso.
18. Ministerio/organismo/entidad convocante: Se consignará
"Ministerio de Industria y Energía".
20. Provincia de examen: "Madrid".
21. Los aspirantes con minusvalía consignarán en este apartado
el porcentaje del grado de minusvalía según dictamen del órgano
competente.
23. En este apartado, los aspirantes con minusvalías solicitarán
las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización
del ejercicio si éstas fueran necesarias.
25. Datos a consignar según las bases de la convocatoria. En
la casilla A, se hará constar expresamente el número de orden
del puesto solicitado según se recoge en el anexo I de esta
convocatoria.
2.3 La presentación de solicitudes se hará en el Registro
General del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales
y Tecnológicas, avenida Complutense, 22, 28040 Madrid, o en
la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín
Oficial del Estado" del 27), en el plazo de veinte días naturales a
partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria.
2.4 Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse
en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las
representaciones diplomáticas españolas correspondientes, quienes las
remitirán seguidamente al organismo competente.
2.5 Las solicitudes se dirigirán al ilustrísimo señor Director
general del CIEMAT.
2.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
3. Documentación
Junto con la solicitud deberá presentarse la siguiente
documentación:
a) Currículum vitae (*).
b) Expediente académico (*).
c) Copia del documento nacional de identidad o pasaporte.
d) Copia de la titulación académica exigida o resguardo de
haberlo solicitado.
(*) Será acreditado documentalmente por los aspirantes
mediante las pertinentes certificaciones, títulos, justificantes,
etcétera.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Finalizado el plazo previsto para presentación de
solicitudes, el órgano convocante hará públicas, en el plazo de un
mes, las listas de admitidos y excluidos, con indicación de las
causas de exclusión en los tablones de anuncios del CIEMAT,
en las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno en las
Comunidades Autónomas, en la Dirección General de la Función Pública
y en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de
Administraciones Públicas, calle María de Molina, 50, de Madrid.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la resolución, para subsanar el defecto que haya motivado su
exclusión.
Contra la resolución definitiva podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia en
el plazo de dos meses desde el día siguiente a su notificación
(artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
5. Comisión de Selección
5.1 Se constituirá una Comisión de Selección, que estará
integrada por siete miembros, pudiendo constituirse y actuar con la
asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de los mismos,
siempre que uno de ellos sea el Presidente. Éstos serán los siguientes:
Presidente: El Subdirector general de Recursos Humanos o
persona en quien delegue.
Vocales:
Un representante por la Dirección General de la Función Pública.
Tres representantes de los trabajadores.
Un vocal en representación del organismo.
Secretario: Un representante de la Subdirección General de
Recursos Humanos.
5.2 La Comisión de Selección que actúe en el proceso
selectivo se incluirá dentro de la categoría que se determine por el
Ministerio de Administraciones Públicas, conforme a lo establecido
en el artículo 33.7 del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo,
sobre indemnizaciones por razón de servicio.
5.3 Los miembros de la Comisión de Selección deberán
abstenerse de intervenir cuando concurran en ellos algunas de las
circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, así como cuando hubieran realizado tareas
de preparación de aspirantes en los cinco años anteriores a la
convocatoria, notificándolo a la Dirección General de este
organismo.
5.4 Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros
de la Comisión de Selección cuando concurran las circunstancias
previstas en esta base.
5.5 El Presidente de la Comisión podrá solicitar de los
miembros de la misma declaración expresa de que no concurren en
ellos ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 28
de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
6. Selección
6.1 El sistema de selección será el concurso de méritos, en
el que se tendrán en cuenta las condiciones personales y
profesionales que requiera el puesto de trabajo a desempeñar.
6.2 Los méritos de los aspirantes se valorarán hasta un
máximo de 10 puntos, mediante la aplicación del siguiente baremo:
a) Por experiencia profesional, tanto en la esfera pública como
en la privada, en actividades propias de las especialidades de las
plazas convocadas, se otorgará hasta un punto por cada año de
experiencia, con un máximo de cinco puntos.
b) Por diplomas o certificaciones obtenidas en cursos de
capacitación o especialización, participación en simposios, congresos
o seminarios presentando trabajos o comunicaciones, e
impartición de cursos en temas relacionados con las materias expresadas
en el apartado a), se concederá hasta un máximo de dos puntos.
c) Por publicaciones sobre temas relacionados con dichas
materias hasta un máximo de dos puntos.
d) Por idiomas exigidos en esta convocatoria, hasta un
máximo de un punto. El conocimiento del idioma exigido deberá
acreditarse documentalmente.
No podrá ser seleccionado ningún aspirante cuya puntuación
en el apartado a) de experiencia profesional sea inferior a dos
puntos.
7. Lista de seleccionados
7.1 Concluido el proceso selectivo, la Comisión elevará al
órgano competente la lista de seleccionados, ordenados de mayor
a menor por las puntuaciones alcanzadas, que hubieran obtenido
las calificaciones mínimas, exigidas para la superación del proceso
selectivo, adjudicándose las plazas atendiendo al citado orden de
prelación. Esta lista podrá contener mayor número de aspirantes
que el de plazas convocadas de tal manera que posibilite que
en el caso de que un aspirante seleccionado no llegara a formalizar
el contrato de trabajo, bien por no cumplir los requisitos exigidos
o por renuncia, la autoridad convocante podrá, por riguroso orden
de puntuación, proponer la formalización al aspirante siguiente
de la mencionada relación. En todo caso, el número de contratos
que se formalice no excederá del número de plazas convocadas.
7.2 Finalizada la selección, el órgano convocante, a
propuesta de la Comisión de Selección, hará pública la lista de
seleccionados, que se expondrá en las dependencias del CIEMAT y
en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de
Administraciones Públicas, calle María de Molina, 50, de Madrid.
8. Presentación de documentos
8.1 Los aspirantes seleccionados deberán presentar en la
Subdirección General de Recursos Humanos del CIEMAT, en el plazo
máximo de veinte días naturales desde que se haga pública la
lista de seleccionados, la documentación que acredite que reúne
los requisitos a que se refiere el punto 1 de las presentes bases.
9. Formalización de contratos
9.1 Los contratos de trabajo se formalizarán por escrito, al
amparo del Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, que
regula la contratación temporal para ejecución de proyectos
determinados.
9.2 Se establecerá un período de prueba de seis meses en
las condiciones que se determinan en el artículo 14 del Real
Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
9.3 Finalizado el proceso selectivo, se procederá a la
formalización de los correspondientes contratos en el plazo de un mes.
La incorporación al puesto de trabajo deberá realizarse en el plazo
máximo de quince días naturales desde la formalización del
contrato.
9.4 El personal que se contrate como consecuencia de este
concurso queda excluido del ámbito de aplicación del Convenio
Único para el Personal Laboral de la Administración General del
Estado, que no comprende, en este organismo, a los Titulados
Superiores, siéndole de aplicación el Real Decreto Legislativo
1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
10. Normal final
La convocatoria y sus bases, así como cuantos actos
administrativos se deriven de aquéllas y de la actuación de la Comisión
de Selección podrán ser impugnados en el plazo y forma
establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 26 de julio de 1999.-El Director general, Félix
Ynduráin Muñoz.
ANEXO I
Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas
Perfil y características de los puestos de trabajo convocados el 26 de julio de 1999, para provisión de siete puestos
de Titulado Superior de Investigación, para la ejecución de proyectos determinados
Número de orden
Número de plazas Títulaciones académicas Unidad operativa Nivel Características y exigencias del puesto de trabajo
1 1 Doctor en Ciencias Químicas.
Especialidad en Ciencias de los
Materiales e Ingeniería
Metalúrgica.
Departamento de Fisión Nuclear. E Experiencia en procesos de separación y
recuperación de cationes metálicos y en la aplicación
de procesos de refino electrolítico para la
purificación de cationes. Acreditada experiencia en
laboratorios radiactivos con emisores alfa.
Conocimiento sobre los distintos procesos de
separación de actínidos minoritarios por vía
acuosa y por vía seca. Conocimientos sobre
gestión de residuos radiactivos. Estancia, al
menos, de dos años en una Universidad o centro
de investigación extranjero. Inglés (First
Certificate) y alemán (Grundstufe).
2 1 Ingeniero Superior Industrial.
Especialidad Eléctrica.
Departamento de Fusión y
Partículas Elementales.
D Experiencia en cálculos electromagnéticos y
mecánicos. Amplios conocimientos en
superconductividad aplicada. Experiencia en manejo
de programas de cálculo con elementos finitos.
Amplios conocimientos de instrumentación.
Buenos conocimientos de informática general.
Nivel alto de inglés. Conocimiento de francés.
3 1 Licenciado en Ciencias
Matemáticas.
Departamento de Energías
Renovables.
Proyecto Energía Solar.
E Experiencia en análisis energético de edificios,
tanto en simulación teórica como en
monitorización en condiciones reales. Modelizado y
simulación térmica de edificios. Evaluación y
caracterización energética de componentes y
edificios. Validación de modelos de simulación
térmica de edificios para conocer y predecir su
comportamiento energético. Participación en
proyectos europeos sobre energía solar en la
edificación y uso racional de energía en
edificios. Desarrollo de algorritmos para predecir
el comportamiento de técnicas naturales de
refrigeración en edificios.
4 1 Licenciado en Ciencias Físicas. Departamento de Energías
Renovables.
E Conocimiento de energía eólica. Conocimientos
de tecnología de adquisición de datos y medida
de señales así como de análisis de las mismas.
Conocimientos de programación gráfica,
preferiblemente LabWIEW. Experiencia en
aplicación de documentación técnica IEC y
MEASNET. Buen nivel de inglés.
5 1 Doctor Ingeniero Agrónomo. Secretaría General de Relac. Ext.
e Instit.
E Experiencia en contaminación de suelos por
agroquímicos. Uso de modelos matemáticos de
simulación del comportamiento de
contaminantes en suelos. Experiencia en evaluación de
costes externos medioambientales y
socioeconómicas asociados a la producción y consumo de
energía y al transporte dentro de proyectos de
I+D europeos. Manejo de herramientas de
"software" específicas de cuantíficación de costes
externos. Experiencia en análisis de ciclo de
vida. Seis años de experiencia en centros de
investigación.
6 1 Licenciado en Ciencias
Químicas.
Departamento Impacto
Ambiental de la Energía.
E Experiencia contrastada en investigación y
desarrollo en Inventarios de emisiones de
contaminantes atmosféricos. Modelización del
comportamiento de los contaminantes
atmosféricos, especialmente fotoquímicos.
Modelización de procesos meteorológicos. Desarrollo de
sistemas informáticos para el control y
predicción de la contaminación atmosférica.
Conocimientos de informática, especialmente de
programación Fortran y manejo del sistema
operativo Unix. Idiomas: Inglés y francés.
Número de orden
Número de plazas Títulaciones académicas Unidad operativa Nivel Características y exigencias del puesto de trabajo
7 1 Doctor en Biología, Química o
Bioquímica.
Departamento de Impacto
Ambiental de la Energía.
E Cinco años de experiencia probada (artículos
publicados en revistas internacionales) en
modelos animales de carcinogénesis. En
particular el modelo de carcinogénesis química de
piel de ratón. Biología celular y molecular en
células epidérmicas. Mecanismos moleculares
de la transformación celular en células
epidérmicas. Papel de la angiogénesis en el desarrollo
tumoral de la piel. Estudios empleando ratones
transgénicos. Terapia génica en piel.
Transferencia génica ex vivo por métodos virales y no
virales. Desarrollo y trasplante de equivalentes
dermo-epidérmicos. Cinco años, al menos, de
experiencia postdoctoral. Dos años, al menos,
de estancias en el extranjero. Nivel alto de
inglés hablado y escrito.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid