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Documento BOE-A-1999-17153

Orden de 29 de julio de 1999 por la que se hace pública la relación de aprobados en la fase de oposición de las pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Enfermeros Subinspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 10 de agosto de 1999, páginas 29502 a 29502 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1999-17153

TEXTO ORIGINAL

Finalizada la fase de oposición de las pruebas selectivas para

ingreso en la Escala de Enfermeros Subinspectores del Cuerpo

de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad

Social, convocadas por Orden de 7 de diciembre de 1998 ("Boletín

Oficial del Estado" del 14), vista la propuesta del Tribunal

calificador y cumplidas las normas reglamentarias de aplicación y

las bases de la convocatoria,

Este Ministerio, en uso de las atribuciones que le están

conferidas, dispone:

Primero.-Hacer pública en el anexo I de la presente Orden

la relación de aspirantes aprobados, por orden de puntuación final,

con especificación de los puntos obtenidos en cada uno de los

ejercicios de la fase de oposición e indicación del documento

nacional de identidad de cada opositor aprobado.

En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día

siguiente al de la publicación de la presente Orden en el "Boletín

Oficial del Estado", los opositores aprobados deberán presentar

en el Registro General del Instituto Nacional de la Salud los

siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título de ATS o DUE o de la

certificación académica personal en la que figure la fecha de fin

de carrera y la de abono de los derechos de expedición del

correspondiente título.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,

mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura como anexo II de la presente

Orden.

Quienes tengan la condición de funcionarios de carrera estarán

exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás

requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento,

debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal

o del Ministerio u organismo del que dependan para acreditar

tal condición, con expresión del número e importe de trienios,

así como la fecha de su cumplimiento.

Asimismo, deberán formular opción por la percepción de la

remuneración que desean percibir durante su condición de

funcionarios en prácticas. Igualmente, los funcionarios interinos y

el personal laboral deberán efectuar tal opción, de conformidad

con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero

("Boletín Oficial del Estado" de 6 de marzo).

Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza

mayor, no presenten la documentación, o del examen de la misma

se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados

en la base 2 de la convocatoria, no podrán ser nombrados

funcionarios en prácticas y quedarán anuladas sus actuaciones, sin

perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por

falsedad en la solicitud inicial.

Segundo.-Una vez cumplimentados los trámites señalados en

el apartado anterior, se procederá al nombramiento de

funcionarios en prácticas, determinándose la fecha en que empezará

a surtir efecto dicho nombramiento.

Tercero.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,

en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su

publicación ante los Juzgados Centrales de lo

Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, o, potestativamente y con carácter previo,

recurso administrativo de reposición, en el plazo de un mes, ante

este Ministerio, de conformidad con el artículo 116 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 29 de julio de 1999.-P. D. (Orden de 1 de julio

de 1998, "Boletín Oficial del Estado" del 11), el Subsecretario,

Enrique Castellón Leal.

Ilmos. Sres. Presidente ejecutivo del Instituto Nacional de la Salud

y Secretario general técnico del Departamento.

ANEXO I

Aspirantes aprobados

Puntuaciones

Número de orden DNI Apellidos y nombre Fase oposición

1. o 2. o 3. o

Total

1 10.067.444 González López, Esther.................................... 8,200 8,500 8,700 25,400

2 11.801.847 Arrazola Alemany, Carolina................................ 6,417 8,700 9,000 24,117

3 16.002.762 Lizarbe Alonso, Vicenta María.............................. 7,150 8,500 7,300 22,950

4 29.102.954 Arauzo Pelet, María Soledad............................... 7,167 8,500 7,100 22,767

5 3.838.562 Pedroche Arévalo, Purificación............................. 5,500 7,800 7,800 21,100

6 7.869.787 Sánchez Alonso, Montserrat............................... 6,767 7,000 7,300 21,067

7 11.829.015 Rivera Moreno-Chocano, Pilar............................. 6,083 7,500 7,000 20,583

8 51.688.475 Risco Rubio, María Francisca.............................. 6,300 5,700 6,500 18,500

9 6.251.978 Ruiz Ruiz, Encarnación.................................... 6,400 6,500 5,400 18,300

10 76.005.619 Barbado Jiménez, María Fátima............................ 6,000 6,500 5,200 17,700

11 6.239.956 Reinoso López, Sonia...................................... 6,333 5,300 5,500 17,133

12 2.207.377 Fernández López, María Jesús.............................. 5,517 5,200 5,000 15,717

ANEXO II

Don/doña........................................................,

con domicilio en.....................................................,

y documento nacional de identidad número........................,

Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario en prácticas de la Escala de Enfermeros Subinspectores

del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la

Seguridad Social, que no ha sido separado del servicio en ninguna

de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado

para el ejercicio de funciones públicas.

En................. a ..... de................. de1999.

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