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Documento BOE-A-1999-17197

Resolución de 1 de julio de 1999, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se homologan cursos de especialidad marítima al centro de formación «Ensino Profesional Galego».

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 10 de agosto de 1999, páginas 29522 a 29522 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1999-17197

TEXTO ORIGINAL

Examinada la documentación presentada por doña María Dolores Santos Millet, Consejera Delegada del centro de formación «Ensino Profesional Galego», en solicitud de homologación de cursos de especialidad marítima de Especialidad en Buques Tanque para el transporte de productos químicos y los informes obrantes y de conformidad con lo dispuesto en las

Órdenes de 16 de octubre de 1990, Esta Dirección General resuelve:

Primero.

Homologar al centro de formación solicitante para impartir los cursos de especialidad en Buques Tanque para el transporte de productos químicos.

Segundo.

Quince días antes de la celebración de cada curso remitirá a la Subdirección General de Inspección Marítima relación nominal del profesorado, acompañada del currículum profesional de cada uno de ellos, así como Memoria desarrollada del programa y medios materiales a utilizar durante el curso, a efectos de la oportuna inspección por parte de los Servicios de esta Dirección General.

Tercero.

En el plazo de quince días de la finalización del curso, el centro de formación remitirá a la Subdirección General de Inspección Marítima las actas del curso y las pruebas realizadas.

Cuarto.

Al personal de la Marina Mercante que haya finalizado con aprovechamiento el curso impartido se le expedirá por la Dirección General de la Marina Mercante el oportuno certificado oficial a la vista de las actas remitidas por el centro de formación o certificación de dicho centro, en la que conste que han superado las pruebas establecidas.

Quinto.

Esta homologación tendrá una duración de dos años desde la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», pudiéndose prorrogar a la vista de la Memoria, los planes de estudios, prácticas y demás documentación que presente el centro de formación sobre los cursos realizados en base a esta homologación.

Sexto.

Al objeto de comprobar que el desarrollo de los cursos se adecua a los niveles de calidad y profesionalidad necesarios, la Subdirección General de Inspección Marítima efectuará inspecciones periódicas de los mismos.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 1 de julio de 1999.‒El Director general, Fernando Casas Blanco.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Inspección Marítima.

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